ESTE ES EL PROBLEMA EN TODA SU CRUDEZA.¡¡¡

De todo un poco

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Ubeda83
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Re: SIMPLEMENTE, Y POR ALUSIONES, QUE CONSTE.¡¡¡¡¡¡

Mensaje por Ubeda83 »

FERNAN37 escribió:No me considero concernido en tan sesuda exposición y no solo eso, ademas quiero hacer constar que no es precisamente usted el que me puede dar a mi lecciones ni de democracia ni de muchas cosas.
Ya, y usted nos las da a los demás constantemente de cultura, pero sobre todo de educación, diplomacia y saber estar.
FERNAN37 escribió:_________________
Paso de amenazantes pelagatos por muy apoyados que estén.¡¡¡
Un saludo a todos
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PENCHO
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HAY CAMINOS PARA ANDAR.

Mensaje por PENCHO »

Podiais dejaros de comentarios tan poco interesantes, el que este aburrido que se vaya a pasear por algun camino de esos que solemos patrullar, ya que cada vez es lo que mas tenemos ya que nos van a ir largando de las ciudades pequeñas en las que aun estamos.

No le funcionan los acentos a este teclado.

Por favor Depeche date una paseo anda!
ALGUIEN DIJO QUE UN PESIMISTA ES UN OPTIMISTA CON EXPERIENCIA.

FERNAN37
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PELAGATOS ES UN APELATIVO LIGHT.¡¡¡

Mensaje por FERNAN37 »

Porque el que amenaza a otra persona con causarle un mal cierto y conocido "romperle la cara" es un delincuente, lo miremos por donde lo miremos.
Pelagatos es un apelativo light que no tiene otro fin que decir publicamente que "No me siento amenazado gravemente", toda vez que de ser lo contrário me habría visto oblgado a transitar otros caminos que no deseo hacer.
Lamento profundamente que le moleste a V., lo de pelagatos ¿Hubiera preferido delincuente?, como verídico lo es mas, pero...¿Hay que llegar a eso?.
Por otra parte, sigo sin desear polémicas, bastante duro es ya para mi el saber (Y eso es inamovible), que actitudes como la del Pelagatos y otras similares han provocado que la fisura existente entre las Asociaciones sea cada vez mayor, y sin remedio.¡¡¡
Yo ya se con que ¿Asociaciones? no voy a ir nunca mas a ningún lado, ni yó, ni aquellos que confñien en mi.
Pero nunca criticaré que usted vaya de la mano de quien quiera.¡¡¡
FALTARÍA MAS.¡¡¡
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Tango
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Mensaje por Tango »

Entonces FERNAN, por qué tanta insistencia?

Por cierto, amenazar con romper la cara no es delito.

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Mensaje por Tango »

Si así lo consideras ... ya sabes, la correspondiente denuncia.

FERNAN37
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NO ES NECESARIO.....

Mensaje por FERNAN37 »

Con no ir con ese indivíduo (ni con sus cómpices y exégetas, por supuesto), a ningún sitio, solucionado el problema.¡¡¡
CON ESE Y LOS SUYOS? A NINGÚN SITIO OIGA.¡¡¡
Por mucho que ahora aboguen por "La Unión de Asociaciones".
hay que tener cara.¡¡¡¡
BANEADO Y EXPULSADO DEL FARO VERDE (Vaya con los Demócratas),

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Mensaje por Tango »

Con qué indivíduo?

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Ubeda83
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Mensaje por Ubeda83 »

Tango escribió:Entonces FERNAN, por qué tanta insistencia?

Por cierto, amenazar con romper la cara no es delito.
Depende Tango, aunque es una expresión demasiado cotidiana como para ponerse trágico-cómicos
Artículo 169 CP

El que AMENAZARE a otro con causarle a ÉL, a su familia o a otras personas con las que esté intimamente vinculado, un mal que constituya delitos de homicidio, LESIONES, aborto, contra la Libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, será castigado:
...........
Además, debemos tener en cuenta que:

Los caracteres generales esenciales del delito de amenazas, reconocidos por la jurisprudencia, son:

a) Aunque no lo mencione el Código, el anuncio ha de hacerse de un mal futuro (SS. 18-9-1986, Díaz Palos, 23-11-1989, Delgado), más o menos remoto. Y no es esta nota la que distingue las amenazas condicionales con exigencia de dinero del robo con intimidación, sino, según la doctrina mayoritaria, que en éste se exige la entrega inmediata de la cosa y en aquéllas la entrega aplazada.
b) Posibilidad del concreto mal anunciado.
c) La ejecución del mal ha de depender de la voluntad del sujeto activo, lo que no supone que éste anuncie que lo va a ejecutar personalmente, sino que tenga el dominio de su realización.
d) Ha de ser susceptible de producir intimidación en el sujeto pasivo, al revestir carácter de seriedad (S. 11-6-1986, Gil Sáez), debiendo la idoneidad valorarse en relación con las características del sujeto pasivo, que, en todo caso, ha de tener la aptitud mental suficiente para captar la amenaza.
e) En cuanto a las personas a las que afecta el mal, en el texto anterior limitadas al sujeto pasivo o a su familia, lo que había sido censurado por la doctrina por su vaguedad y restricción, se ha ampliado a otras con las que esté íntimamente vinculado y esta idea de íntima vinculación podrá servir para trazar el círculo familiar, que vendrá a coincidir con el de las personas comprendidas en el artículo 23.
f) Respecto al sujeto pasivo, si la acción se realiza en un mismo momento contra dos personas, se cometerá un solo delito (S. 604/1993, de 12-3, De Vega Ruiz).
g) Desde el lado activo, ha de concurrir el deseo de atemorizar al sujeto pasivo, existiendo el delito aunque, en el fuero interno, no tenga propósito de llevar a cabo el mal anunciado, siempre que ello no pueda ser captado por el amenazado (S. 9-10-1984, De Vega Ruiz).

Finalmente, hemos de destacar que las amenazas, conforme al principio de consunción, quedan absorbidas por el delito amenazado, si llegara a realizarse.
Falta que el impulsor del tema nos aclare si cree que entra en el "tipo", y si la amenaza fue de tal entidad como para levantar la presente "polvareda"...
Un poco de "culturilla", que nunca viene mal.

Saludos al foro
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Tango
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Mensaje por Tango »

No sé si ciberpartir la cara es delito, a todo caso cuando alguien levanta que se lancen dichas frases... debe ser por algo.

Un saludo.

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Ubeda83
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Mensaje por Ubeda83 »

Tango escribió:No sé si ciberpartir la cara es delito, a todo caso cuando alguien levanta que se lancen dichas frases... debe ser por algo.

Un saludo.
Tampoco es eso, Tango, las amenazas y faltas de respeto no se pueden justificar, ni siquiera en los foros (TODAS las faltas de respeto), y ni siquiera para DEFENDERSE o contestar otras.

Aunque efectivamente, creo recordar que todavía sigue en vigor aquello de la "FALTA DE PROVOCACION SUFICIENTE POR PARTE DEL QUE SE DEFIENDE"... (en este caso del que se queja que lo han amenazado)

Saludos al foro
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