Comentarios sobre la Ley de Personal

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depeche
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Re: Comentarios sobre la Ley de Personal

Mensaje por depeche »

magnifico el aporte de jam, lo malo es que en esta empresa en vez de aprender de los veteranos legionarios o pretrorianos, muchos se dedican a tocarles los hue vos, mirandoles si el casco lo tienen puesto, la espada esta limpia y el pelo esta recortado,ignorando totalmente si son buenos o malos en el campo de batalla :lol:

saludos.
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Jayma
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Re: Comentarios sobre la Ley de Personal

Mensaje por Jayma »

depeche escribió:magnifico el aporte de jam, lo malo es que en esta empresa en vez de aprender de los veteranos legionarios o pretrorianos, muchos se dedican a tocarles los hue vos, mirandoles si el casco lo tienen puesto, la espada esta limpia y el pelo esta recortado,ignorando totalmente si son buenos o malos en el campo de batalla :lol:

saludos.
Todo es importante, hasta el más mínimo detalle. Posiblemente, si fallan esas cosas que puedes considerar menores, falle el conjunto. :roll:

MERSUO
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Re: Comentarios sobre la Ley de Personal

Mensaje por MERSUO »

Domingo, 20 de julio de 2014

La Audiencia Nacional ordena el cese de un alto cargo de Interior por no tener título universitario

Redacción

La sentencia ha sentado como un rayo en el Ministerio del Interior. Y no es para menos, pues de ser declarada firme pondrá patas arriba el sistema de ascensos y nombramientos en el seno del departamento dirigido por Jorge Fernández Díaz. El Juzgado número 1 de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional anuló el pasado 16 de julio el nombramiento del subdirector general de la Inspección de Personal del Ministerio del Interior, José María Rodríguez Calderón, designado el 21 de octubre de 2013 por el secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez.
La resolución critica que el nombramiento se llevara a cabo sin convocar públicamente la plaza y que se eligiera para el puesto a alguien que carece de la titulación universitaria requerida en el artículo 17 de la Ley 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Recuerda que, además, el artículo 76 del RD 364/95 establece que “para participar en pruebas de promoción interna los funcionarios deberán tener una antigüedad de al menos dos años en la escala a la que pertenezcan (…) y poseer la titulación y el resto de requisitos establecidos”.
“Si la titulación es exigible a los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, no se llega a comprender que no sea exigible cuando se trate de funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía”, subraya la sentencia de la Audiencia Nacional, que responde así al argumento de la Abogacía del Estado que defendía que los policías son funcionarios especiales y que para ellos no cuenta tanto la titulación como los méritos profesionales.
De hecho, el artículo 19.2 de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (Lofage), añade el fallo judicial, “exige para desempeñar puestos con rango de subdirector general la pertenencia a cuerpos en los que para ingresar sea requisito ser doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente”. No concurren por lo tanto en Rodríguez Calderón, continúa la Audiencia, “los requisitos exigidos para optar a dicho puesto”.

Consecuencias imprevisibles
El subdirector general tendrá que abandonar el cargo una vez que la sentencia sea declarada firme. En ese momento, además, las consecuencias de la resolución no se limitarán a la anulación puntual del citado nombramiento, sino que previsiblemente afectarán a otros cargos que han sido designados sin tener en cuenta el requisito de la titulación, que durante años ha sido despreciado por la Dirección General de la Policía.
De hecho, la mayoría de los jefes de la Policía carece de estudios universitarios. Entre ellos, una decena de los miembros que conforman el máximo rango de poder dentro del cuerpo (los jefes superiores y los miembros de la junta de Gobierno), como el subdirector general de Logística, Pedro Polo, considerado el número 3 de la corporación; el afectado por la citada sentencia, Rodríguez Calderón; o el jefe superior de Madrid, Alfonso Fernández Díez.
Tras la publicación de estos datos por Seguridad y Tribunales, algunos de los mandos afectados han obtenido la titulación requerida gracias a un convenio establecido entre la Dirección General de la Policía y la Universidad Rey Juan Carlos, que les convalida cursos realizados durante su vida profesional y que únicamente les imparte una serie de sesiones on line durante un año. La primera promoción acabó el pasado junio y costó casi 3.000 euros a cada uno de los asistentes. Otros mandos han podido conseguir el grado también por otras vías.
Actualmente, la ley establece que los funcionarios del grupo A1 de la Administración –donde se encuadran las escalas superior y ejecutiva de la Policía (comisarios, inspectores jefe e inspectores)– deben ser licenciados; los del grupo A2 –subinspectores–, diplomados; y los del grupo C1 –oficiales y policías de la escala básica–, deben contar con la educación secundaria obligatoria. La nueva Ley de Personal que está a punto de comenzar su tramitación parlamentaria, decreta que los funcionarios A1 y A2 deben disponer de un grado y los del C1, del bachillerato.

Legitimación
El inspector que recurrió el nombramiento de Rodríguez Calderón y al que la Audiencia Nacional acaba de dar la razón, Jesús Andrés de Dios, demandó hace algo más de un año la designación del jefe superior del País Vasco, Fernando Amo García, también por carecer de “la titulación necesaria para el puesto”. El recurso, aunque provocó el cese temporal del demandado, fue rechazado sin embargo por el tribunal, aunque sin entrar en la cuestión de fondo. El Juzgado Central de lo Contencioso número 9 de la Audiencia Nacional (19 de febrero de 2013) argumentó entonces que el inspector no tenía legitimidad para demandar, ya que él no podía optar al puesto que recurría. Apeló el tribunal a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que establece que “es preciso que la resolución impugnada repercuta de manera clara y suficiente en la esfera jurídica de quien recurre”. No consideró válido, por lo tanto, “el mero interés por la legalidad” que tenía el demandante.
El argumento de la falta de legitimidad, de hecho, ha sido el mismo que ha utilizado la Abogacía del Estado en el proceso contra el nombramiento de Rodríguez Calderón. Sin embargo, en este caso, el Juzgado número 1 ha entendido que el inspector recurrente sí podía optar al puesto, ya que la ley establece que la plaza de Subdirector General de Inspección de Personal puede ocuparla cualquier funcionario de la Administración General del Estado. “No se llega a comprender que se le haya negado la legitimación al recurrente –por no ser comisario– cuando ni siquiera es necesario pertenecer a dicho cuerpo [la Policía] para optar a la plaza”, critica la sentencia en alusión al argumento de la Abogacía que decía que el puesto debía ocuparlo un mando de alto rango.
Según las fuentes policiales consultadas, la sentencia ha generado una enorme preocupación en el seno del Ministerio del Interior como consecuencia de los citados casos que existen de altos cargos que no cuentan con titulación. Además, el departamento de Jorge Fernández Díez promueve actualmente las leyes de personal de la Policía y de la Guardia Civil, que abordan estas cuestiones.



---Lo que demuestra que la legitimación de las normas no es aplicable en el ámbito del Ministerio del Interior, Ulises.

LUIGAR
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Re: Comentarios sobre la Ley de Personal

Mensaje por LUIGAR »

Ahora vas y lo cascas!!

PENCHO
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Re: Comentarios sobre la Ley de Personal

Mensaje por PENCHO »

¿Habrá alguno en la Guardia Civil en las mismas condiciones?
ALGUIEN DIJO QUE UN PESIMISTA ES UN OPTIMISTA CON EXPERIENCIA.

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judio100
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Re: Comentarios sobre la Ley de Personal

Mensaje por judio100 »

Finalmente cuando me incapacitan? ?

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