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En base a las exigencias del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas (RGPD), así como de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE o LSSI).

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- Asistencia en expediente disciplinario

Bella Villanueva Abogados
Calle Cea Bermúdez 56, 1º derecha.
Semiesquina Guzmán el Bueno
C.P. 28003.- MADRID
Letrada Directora: Dª María Bella García Villanueva
E-Mail: bella@bvillanuevaabogados.com

- Confección de instancias o recursos no judiciales

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- Contencioso administrativo

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- Asistencia Penal

Alauda Abogados, Bufete Multidisciplinar
Calle Hermanos Pinzón, 3, Bajo Izquierda
C.P. 28036- MADRID
Página Web: www.alaudaabogados.com
Letrado: D. Jesús Martín Vázquez
E-mail consultas: consultas@unionoficiales.org

- Queja Sobre Asistencia Jurídica
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NOTICIA
 
18-11-2009 - Dirección - Comunicacion

Contencioso CES Facultativos
LA RETRIBUCIÓN DE LOS OFICIALES DE LA GUARDIA CIVIL SERÁ REVISADA POR LOS TRIBUNALES

LA UNIÓN DE OFICIALES SE SUMA EN LOS TRIBUNALES AL CONTENCIOSO INICIADO
Contencioso CES Facultativos
LA RETRIBUCIÓN DE LOS OFICIALES DE LA GUARDIA CIVIL SERÁ REVISADA POR LOS TRIBUNALES

LA UNIÓN DE OFICIALES SE SUMA EN LOS TRIBUNALES AL CONTENCIOSO INICIADO EN EL SERVICIO DE CRIMINALÍSTICA DE LA GUARDIA CIVIL.

Se trata de un conflicto que afecta a todos los Oficiales Facultativos y que la Unión de Oficiales (UO) ha llevado ante los Tribunales, por considerar injusto el trato que la Administración está dando a este colectivo de Oficiales.

Las escalas facultativas fueron creadas por la aún vigente Ley de Personal de 1999, para cubrir aquellos puestos que requerían para su desempeño profesional, de una titulación universitaria, como biólogos, informáticos, enfermeros, psicólogos…etc. Estos oficiales se encuentran encuadrados en dos escalas (facultativa superior y facultativa técnica), en función de si el título de acceso a la misma es de licenciado o diplomado respectivamente.


Estos Oficiales facultativos, que en la actualidad ostentan empleos de alférez, teniente y capitán, perciben una retribución menor que sus homólogos no facultativos, a pesar de que fueron incorporados al Cuerpo para desempeñar funciones para las que se requiere una alta cualificación.

El objeto de esta reivindicación, que dura ya más de cinco años, es, simplemente, percibir el mismo salario que el resto de compañeros oficiales destinados en las mismas Unidades. En el caso del Servicio de Criminalística, como en el resto de Unidades, el inventario de vacantes, (ya que en la Guardia Civil ni existe ni se espera una Relación de Puestos de Trabajo) arroja diferencias de hasta 2000 euros anuales entre compañeros del mismo empleo, a pesar de que, como decimos, no están definidas ni las responsabilidades ni los puestos de trabajo.

Resulta curioso, y paradójico, que estas discriminaciones no se den cuando estos Oficiales facultativos son destinados a otros órganos de la Administración, como en la Secretaría de Estado de Seguridad, donde los oficiales, facultativos o no, cobran exactamente lo mismo en función de su empleo.

Así, con el enemigo en casa, ya que es la propia Guardia Civil la encargada de fomentar la desigualdad entre sus miembros, no es de extrañar que los facultativos pidan, con toda justicia, su integración con el resto de Oficiales y esperen como agua de mayo la aprobación de la nueva Ley de Personal que se demora en exceso ante la intolerable desidia de la Dirección General.

En consecuencia, nuestro compromiso por la justicia, la igualdad y por evitar cualquier tipo de discriminación entre Oficiales, exige que prestemos nuestro total apoyo jurídico y moral a esta causa.



Madrid 17 de Noviembre de 2009

LA JUNTA DIRECTIVA DE UNIÓN DE OFICIALES GUARDIA CIVIL PROFESIONAL
 
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