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NOTICIA
 
15-02-2017 - Dirección - Union de Oficiales

LA CONDENA EN COSTAS A LOS GUARDIAS CIVILES SE CONVIERTE EN OBSTÁCULO PARA DEFENDER SUS DERECHOS

ASES Y UO SOLICITAN AUDIENCIA AL MINISTRO DE JUSTICIA PARA PLANTEARLE EL PROBLEMA E INTENTAR BUSCAR SOLUCIÓN

LA CONDENA EN COSTAS A LOS GUARDIAS CIVILES SE CONVIERTE EN OBSTÁCULO PARA DEFENDER SUS  DERECHOS
La Asociación de la Escala de Suboficiales  de la Guardia Civil (ASESGC) y Unión de Oficiales Guardia Civil (UO), ambas asociaciones profesionales de la Guardia Civil que representan a la mayoría de mandos del Cuerpo, han solicitado audiencia al Ministro para trasladarle la problemática que genera la condena en costas judiciales a la parte que es vencida en el pleito.
 
Hasta 2010, solo se condenaba al pago de costas si se apreciaba manifiesta mala fe o temeridad en el ejercicio de la acción judicial. Sin embargo, tras la reforma judicial llevada a cabo por la Ley 37/2011 de medidas de agilización procesal, se condena en costas a la parte que pierde salvo casos excepcionales y justificados.
 
Ello genera un problema, no sólo en perder y ser condenado, sino en que se ha apreciado una preocupante y dispar diversidad de criterios en todo el territorio nacional, encontrando Tribunales que limitan las costas (oscilando entre 300-400€) y otros que no ponen límite alguno. Este último caso, implica que el abogado del Estado, pese a ser un funcionario más a costa de la Administración, minuta las costas conforme a los criterios del Colegio de Abogados, llegando a minutar cantidades que parten desde los 2100 euros.
 
Aunque esta situación afecta a todos los funcionarios tiene una mayor incidencia en los Guardias Civiles que, al encuadrarse en un régimen más estricto, carecen de mecanismos flexibles que permitan solventar los problemas, por lo que, con frecuencia, se ven obligados a recurrir a los Tribunales para defender cualquier posible vulneración de sus derechos.
 
Ahora bien, teniendo en cuenta que el exiguo sueldo de un guardia civil ronda los 1400 euros, la posibilidad de una condena en costas como la indicada anteriormente se traduce en que pocos guardias civiles se atreverán a defender sus derechos ante un Tribunal una vez agotada la vía administrativa, provocando, de facto, una situación de indefensión a un colectivo ya de por sí muy limitado en derechos.
 
Por si fuera poco, se generan además importantes diferencias entre los guardias civiles de diferentes comunidades autónomas, ya que, en virtud del domicilio del guardia civil afectado, pueden ser presentados ante los tribunales de otras comunidades autónomas y éstos pueden limitar o no las costas.  Así nos encontraríamos con que dos guardias civiles que perdieran un caso similar, uno podría ser condenado a pagar 300 euros de costas y otro 2.500, agravando aún más lo discriminatorio de esta situación, máxime cuando el resto de  trabajadores pueden acudir a la jurisdicción social en la que no se les condena en costas.
 
Desgraciadamente, estamos ante una situación que, de facto, coacciona a los guardias civiles, forzándolos a una perjudicial dicotomía en la que elegir entre su exiguo sueldo o la legítima defensa de sus derechos. Por ese motivo los presidentes de UO y ASESGC han solicitado audiencia al Ministro del Interior, con el fin de trasladarle el problema, sensibilizar de la situación e intentar buscar vías de solución para que un guardia civil, como cualquier ciudadano, pueda acudir a los tribunales a defender los que considera sus derechos.
 

 

MADRID, 13 de febrero de 2017

 

 
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