Union Oficiales Union Oficiales Guardia Civil
Regístrarse | Acceso Usuarios
Nombre de Usuario (Nick):
Contraseña:
Identificarme automáticamente en cada visita
Cerrar
POLÍTICA DE PRIVACIDAD

En base a las exigencias del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas (RGPD), así como de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE o LSSI).

UNION DE OFICIALES GUARDIA CIVIL - PROFESIONAL -utilizará la información facilitada en este formulario para proporcionar al socio la asistencia jurídica solicitada.

El tratamiento de los datos se basa en el consentimiento del interesado. El encargado de protección de datos en Unión Oficiales, será el Administrador de la Página Web debidamente nombrado por la Asociación, con el cual se podrá contactar a través del correo electrónico: administrador@unionoficiales.org

Se realizará la cesión de sus datos para la prestación de este servicio (dependiendo de los casos, se pondrán los datos del despacho legal que hará u ofrecerá el asesoramiento):

- Asistencia en expediente disciplinario

Bella Villanueva Abogados
Calle Cea Bermúdez 56, 1º derecha.
Semiesquina Guzmán el Bueno
C.P. 28003.- MADRID
Letrada Directora: Dª María Bella García Villanueva
E-Mail: bella@bvillanuevaabogados.com

- Confección de instancias o recursos no judiciales

Bella Villanueva Abogados
Calle Cea Bermúdez 56, 1º derecha.
Semiesquina Guzmán el Bueno
C.P. 28003.- MADRID
Letrada Directora: Dª María Bella García Villanueva
E-Mail: bella@bvillanuevaabogados.com

- Contencioso administrativo

Bella Villanueva Abogados
Calle Cea Bermúdez 56, 1º derecha.
Semiesquina Guzmán el Bueno
C.P. 28003.- MADRID
Letrada Directora: Dª María Bella García Villanueva
E-Mail: bella@bvillanuevaabogados.com

- Reclamación de haberes
El formulario lo recibe únicamente la Asociación, y lo gestiona internamente. NO se le facilitan datos a ningún bufete ni Aseguradora.

- Asistencia Penal

Alauda Abogados, Bufete Multidisciplinar
Calle Hermanos Pinzón, 3, Bajo Izquierda
C.P. 28036- MADRID
Página Web: www.alaudaabogados.com
Letrado: D. Jesús Martín Vázquez
E-mail consultas: consultas@unionoficiales.org

- Queja Sobre Asistencia Jurídica
El formulario lo recibe únicamente la Asociación, que luego se lo comunica a uno u otro despacho de los anteriormente referidos, según les toque entender del caso.-
Usted tiene derecho al acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad de los datos tratados. Puede ejercer estos derechos haciendo clic en los enlaces en el pie de página de cualquier correo electrónico que reciba de nosotros, o comunicándose con nosotros a la siguiente dirección: info@unionoficiales.org .
Para obtener más información visite nuestra Política de Privacidad (aquí enlazamos a la política de privacidad de la web):
https://www.unionoficiales.org/foro/index.php?mod=privacidad


Cerrar
POLÍTICA DE PRIVACIDAD

En base a las exigencias del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas (RGPD), así como de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE o LSSI).

UNION DE OFICIALES GUARDIA CIVIL - PROFESIONAL -utilizará la información facilitada en este formulario para proporcionar al socio la asistencia jurídica solicitada.

El tratamiento de los datos se basa en el consentimiento del interesado. El encargado de protección de datos en Unión Oficiales, será el Administrador de la Página Web debidamente nombrado por la Asociación, con el cual se podrá contactar a través del correo electrónico: administrador@unionoficiales.org

Se realizará la cesión de sus datos para la prestación de este servicio (dependiendo de los casos, se pondrán los datos del despacho legal que hará u ofrecerá el asesoramiento):

- Asistencia en expediente disciplinario

Bella Villanueva Abogados
Calle Cea Bermúdez 56, 1º derecha.
Semiesquina Guzmán el Bueno
C.P. 28003.- MADRID
Letrada Directora: Dª María Bella García Villanueva
E-Mail: bella@bvillanuevaabogados.com

- Confección de instancias o recursos no judiciales

Bella Villanueva Abogados
Calle Cea Bermúdez 56, 1º derecha.
Semiesquina Guzmán el Bueno
C.P. 28003.- MADRID
Letrada Directora: Dª María Bella García Villanueva
E-Mail: bella@bvillanuevaabogados.com

- Contencioso administrativo

Bella Villanueva Abogados
Calle Cea Bermúdez 56, 1º derecha.
Semiesquina Guzmán el Bueno
C.P. 28003.- MADRID
Letrada Directora: Dª María Bella García Villanueva
E-Mail: bella@bvillanuevaabogados.com

- Reclamación de haberes
El formulario lo recibe únicamente la Asociación, y lo gestiona internamente. NO se le facilitan datos a ningún bufete ni Aseguradora.

- Asistencia Penal

Alauda Abogados, Bufete Multidisciplinar
Calle Hermanos Pinzón, 3, Bajo Izquierda
C.P. 28036- MADRID
Página Web: www.alaudaabogados.com
Letrado: D. Jesús Martín Vázquez
E-mail consultas: consultas@unionoficiales.org

- Queja Sobre Asistencia Jurídica
El formulario lo recibe únicamente la Asociación, que luego se lo comunica a uno u otro despacho de los anteriormente referidos, según les toque entender del caso.-
Usted tiene derecho al acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad de los datos tratados. Puede ejercer estos derechos haciendo clic en los enlaces en el pie de página de cualquier correo electrónico que reciba de nosotros, o comunicándose con nosotros a la siguiente dirección: info@unionoficiales.org .
Para obtener más información visite nuestra Política de Privacidad (aquí enlazamos a la política de privacidad de la web):
https://www.unionoficiales.org/foro/index.php?mod=privacidad


Cerrar
Asociate
NOTICIA
 
02-11-2018 - Dirección - Union de Oficiales

LA GUARDIA CIVIL NO COBRA MAS POR MULTAR
LA GUARDIA CIVIL NO COBRA MAS POR MULTAR

En referencia a un artículo de prensa reciente en el cual se esgrimía como titular “La Guardia Civil de Tráfico cobra más por multar más: así son sus primas”, desde Unión de Oficiales (UO) queremos afirmar rotundamente, que no es cierto que los guardias civiles de la Agrupación de Tráfico cobran más por multar más.

Es común, observar como casi siempre la misma asociación profesional, cuestiona reiteradamente que se pueda valorar objetivamente la contribución de los guardias civiles a los objetivos de seguridad vial.

Esta asociación retorciendo la verdad, mantiene la existencia de primas de hasta 111 €, cupos de denuncias y raking no públicos, entre otras afirmaciones que son del todo insostenibles. Los incentivos al rendimiento en la Guardia Civil están regulados a través de una Orden General del 2014 y en un anexo específico de la misma determina la productividad por objetivos para el personal de la Agrupación de Tráfico, estableciendo la obligación de comunicar antes del comienzo del año natural, los objetivos de seguridad vial a sus Unidades y al personal que componen las mismas los índices medios de actividad esperados de cada uno de sus componentes. De igual manera, deben comunicarse los casos en los que han de considerarse por debajo de lo esperado o superados de forma significativa, notificación que ha de hacerse de forma expresa a todos los componentes de las diferentes unidades.

Así la referida asociación tilda de método de valoración espurio al Rai, desde el 2015 denominado medición del rendimiento individual (MRI), documento cuya finalidad es determinar los citados índices medio de actividad, de cada uno de los componentes operativos de las diferentes unidades a través de las correspondientes valoraciones, a los diferentes parámetros cuyos valores son conocidos por todo el personal de las Unidades.

En este documento se valoran diferentes parámetros, en cuatro bloques, entre ellos la actividad denunciatoria, pero también la protección y el auxilio, la regulación del tráfico o la policía judicial e investigación técnica, omitiendo torticeramente que se evalúan multitud de conceptos como los kilómetros realizados en motocicleta o vehículo, horas de regulación o verificaciones de alcohol o drogas, actividad derivada de los dispositivos operativos conjuntos, actas, y otras diligencias o propuestas de mejora de la señalización, entre otras muchas. Resulta absolutamente falso que lo que más se valore sea la actividad denunciadora, así por ejemplo el realizar 200 kilometros en moto en un servicio de 8 horas puntuará lo mismo que formular 10 denuncias por infracciones comunes, no vinculadas a los principales factores de riesgo. Otro ejemplo sería que 2 horas de regulación o de estacionamiento en puntos de verificación, se valora 2 puntos por encima de una denuncia de alcohol o drogas y el doble que una denuncia por no hacer uso del cinturón de seguridad. Es de destacar que precisamente la elaboración de informes técnico/periciales por accidente de circulación, resulta lo valorado con la puntuación más elevada de todos los posibles conceptos.

En su razón, el MRI objetiviza una puntuación final individual, y que solo las desviaciones negativas superiores al 50% de los índice medio de actividad fijados y por todos conocidos, darán lugar la primera a la información motivada de tal desviación. Sucesivamente dará lugar a la retirada parcial y total del complemento de seguridad vial en el tercer periodo mensual consecutivo que mantenga tal desviación negativa, circunstancia esta última que es excepcional.

En definitiva, siendo mejorable esta metodología, no es cierto que la valoración individual del personal de la Agrupación de Tráfico y la asignación de su productividad sea caprichosa o subjetiva, como se quiere hacerse ver; sino que se entiende como un proceso en el que fijado los objetivos, se mide el interés e iniciativa del personal y el control de la gestión de los resultados, pudiendo entenderse o parecerse a un sistema o control de calidad que cualquier organización eficaz mantiene implantado.

Nos guste o no, el cumplimiento regular de las normas de tráfico es un pilar básico en el que se asienta la lucha contra la lacra de los accidentes de tráfico; habiendo estudios que confirmarían que cada sanción conlleva una disminución del 35% en el riesgo relativo a la muerte entre conductores y otros usuarios durante el mes posterior, encontrando por el contrario que cada infracción no sancionada podría conllevar un incremento del riesgo.

Por todo lo expuesto, la UO duda de que todas las asociaciones profesionales del Cuerpo estén comprometidas de igual forma con la defensa de la seguridad vial e invita, a que quienes afirman de la existencia de rakings de denuncias que hagan públicos esos lugares y sus responsables; toda vez que dicha circunstancia está prohibida de forma expresa en la normativa interna que regula la especialidad de la Agrupación de Tráfico y reconoce la labor arriesgada y profesionalidad de todos los miembros que componen dicha especialidad.

UNIÓN DE OFICIALES GUARDIA CIVIL PROFESIONAL

Madrid, 2 de Noviembre de 2018

Una Asociación de Oficiales para Oficiales

 
© Unión de Oficiales Guardia Civil Profesional (2013) - Aviso Legal - Política de Privacidad - Política de Cookies - Síguenos en las redes sociales:         

Utilizamos cookies para mejorar nuestros servicios y mostrarle información relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso.
Cerrar Ventana / Más Informacián