Sensibilidad del Director en Prevención de Riesgos Laborales
Publicado: 25 Feb 2014, 17:28
[align=justify]¿Sensibilidad del Director General de la Guardia Civil con la Prevención de Riesgos Laborales?
En el Boletín Oficial de la Guardia Civil nº 8 de 18 de febrero, se publica resolución de concursos de vacantes de méritos de tenientes y alféreces.
Entre las vacantes que quedan desiertas, se encuentran nada más y nada menos que ONCE que corresponden al mando de las oficinas de prevención de riesgos laborales de las comandancias (Técnico de nivel superior o intermedio).
Algunas de esas vacantes desiertas han tenido peticionarios sin embargo sus peticionarios han sido excluidos. En uno de los casos, conocido por la Unión de Oficiales (UO), el peticionario ha sido excluido por no haber cumplido el plazo de mínima permanencia en su actual puesto de trabajo, concretamente en una de las especialidades del Cuerpo. No hay que olvidar que, además, muchas de esas vacantes eran anunciadas en segunda convocatoria porque en la anterior no tuvieron peticionarios.
Resulta que este peticionario excluido realizó el Curso de Prevención promovido por la Guardia Civil e incluso se le hizo firmar un documento en el que se comprometía a solicitar vacante de prevención de riesgos laborales. Así lo hizo y la sorpresa es que resulta excluido.
Y podríamos dedicar horas a un estéril debate sobre si la prevención de riesgos laborales es o no una especialidad dentro de la Guardia Civil o si hacer el curso exime del plazo de mínima permanencia pero La realidad es que tenemos unas vacantes que pocos quieren, y apenas están siendo solicitadas, tanto por la responsabilidad que implican como por las retribuciones asignadas pese a ser vacantes con exigencia de título.
Por este motivo, porque la Guardia Civil no puede permitirse que haya solicitantes de estas vacantes y que por meros formalismos queden desiertas, la Unión de Oficiales (UO) medió con la Dirección General, a través del Jefe del Gabinete Técnico del Director General para que se utilizara el mecanismo del artículo 77 de la Ley de Personal (artículo 27 del Reglamento de destinos) y, a este concreto solicitante –y otros que pudieran estar en la misma situación-, se le destinase POR NECESIDADES DEL SERVICIO.
Mostramos un reciente ejemplo de los muchos que hay en los distintos boletines oficiales.
El Director General no ha querido utilizar este mecanismo de las “necesidades del servicio” para cubrir vacantes en las oficinas del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, pese al expediente abierto a España por parte de la Comisión de la Unión Europea por la falta de implantación del Servicio de Prevención, o el reciente Auto de la Audiencia Provincial de Madrid en el que se describe lo desastroso de la prevención en la Guardia Civil en un suceso que costó la vida a un miembro del Cuerpo.
No podemos cuestionar la legalidad de la decisión del Director General pero sí su sensibilidad en materia de prevención de riesgos laborales. A los hechos nos remitimos. Los boletines están plagados de resoluciones de destinos por necesidades del servicio pero en materia de prevención de riesgos laborales, nuestro Director, no ha considerado que existan necesidades que justifiquen esta modalidad de destino cuando han quedado desiertas ONCE vacantes de QUINCE convocadas (y muchas de ellas en segunda convocatoria).
Por último recordar que el Real Decreto que regula la prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil es del año 2005 y que fija el plazo de un año para establecer el servicio de prevención. Estamos en 2014 y ¿seguimos sin apreciar que existe la necesidad de proteger y velar por la salud y la seguridad de los miembros de la Guardia Civil? Es triste pero la situación y los hechos no nos permiten llegar a otra conclusión.[/align]
[align=center]Madrid, 25 de febrero de 2014
UNIÓN DE OFICIALES GUARDIA CIVIL PROFESIONAL (UO)
Área de Comunicación - Prensa
prensa@unionoficiales.org – http://www.unionoficiales.org
Ptvoz: D. Jesús Martín Vázquez 639.47.84.16[/align]
En el Boletín Oficial de la Guardia Civil nº 8 de 18 de febrero, se publica resolución de concursos de vacantes de méritos de tenientes y alféreces.
Entre las vacantes que quedan desiertas, se encuentran nada más y nada menos que ONCE que corresponden al mando de las oficinas de prevención de riesgos laborales de las comandancias (Técnico de nivel superior o intermedio).
Algunas de esas vacantes desiertas han tenido peticionarios sin embargo sus peticionarios han sido excluidos. En uno de los casos, conocido por la Unión de Oficiales (UO), el peticionario ha sido excluido por no haber cumplido el plazo de mínima permanencia en su actual puesto de trabajo, concretamente en una de las especialidades del Cuerpo. No hay que olvidar que, además, muchas de esas vacantes eran anunciadas en segunda convocatoria porque en la anterior no tuvieron peticionarios.
Resulta que este peticionario excluido realizó el Curso de Prevención promovido por la Guardia Civil e incluso se le hizo firmar un documento en el que se comprometía a solicitar vacante de prevención de riesgos laborales. Así lo hizo y la sorpresa es que resulta excluido.
Y podríamos dedicar horas a un estéril debate sobre si la prevención de riesgos laborales es o no una especialidad dentro de la Guardia Civil o si hacer el curso exime del plazo de mínima permanencia pero La realidad es que tenemos unas vacantes que pocos quieren, y apenas están siendo solicitadas, tanto por la responsabilidad que implican como por las retribuciones asignadas pese a ser vacantes con exigencia de título.
Por este motivo, porque la Guardia Civil no puede permitirse que haya solicitantes de estas vacantes y que por meros formalismos queden desiertas, la Unión de Oficiales (UO) medió con la Dirección General, a través del Jefe del Gabinete Técnico del Director General para que se utilizara el mecanismo del artículo 77 de la Ley de Personal (artículo 27 del Reglamento de destinos) y, a este concreto solicitante –y otros que pudieran estar en la misma situación-, se le destinase POR NECESIDADES DEL SERVICIO.
Mostramos un reciente ejemplo de los muchos que hay en los distintos boletines oficiales.
El Director General no ha querido utilizar este mecanismo de las “necesidades del servicio” para cubrir vacantes en las oficinas del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, pese al expediente abierto a España por parte de la Comisión de la Unión Europea por la falta de implantación del Servicio de Prevención, o el reciente Auto de la Audiencia Provincial de Madrid en el que se describe lo desastroso de la prevención en la Guardia Civil en un suceso que costó la vida a un miembro del Cuerpo.
No podemos cuestionar la legalidad de la decisión del Director General pero sí su sensibilidad en materia de prevención de riesgos laborales. A los hechos nos remitimos. Los boletines están plagados de resoluciones de destinos por necesidades del servicio pero en materia de prevención de riesgos laborales, nuestro Director, no ha considerado que existan necesidades que justifiquen esta modalidad de destino cuando han quedado desiertas ONCE vacantes de QUINCE convocadas (y muchas de ellas en segunda convocatoria).
Por último recordar que el Real Decreto que regula la prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil es del año 2005 y que fija el plazo de un año para establecer el servicio de prevención. Estamos en 2014 y ¿seguimos sin apreciar que existe la necesidad de proteger y velar por la salud y la seguridad de los miembros de la Guardia Civil? Es triste pero la situación y los hechos no nos permiten llegar a otra conclusión.[/align]
[align=center]Madrid, 25 de febrero de 2014
UNIÓN DE OFICIALES GUARDIA CIVIL PROFESIONAL (UO)
Área de Comunicación - Prensa
prensa@unionoficiales.org – http://www.unionoficiales.org
Ptvoz: D. Jesús Martín Vázquez 639.47.84.16[/align]