Querido bes, según tu afirmación, los jefes de Unidad vamos a tener que hacer noche, no librar, permanecer atentamente y sin descuidos en toda instrucción de diligencias que se realicen en las Unidades. Pobres tenientes Comandantes de Puesto, espero que supervisen bien las miles de diligencias que se lleven a cabo en el Puesto Principal y si es de Costa seguro que terminarán en la cárcel según tu criterio. Desde ahora he decidido que estaré presente en todas las diligencias de mi Unidad. De hecho le he dicho a mi esposa que volveré a instaurar la cama mueble y la cocinilla americana para poder revisar y supervisar las diligencias que los Cabos y Guardias de la Unidad realicen.
¡¡Venga yaaa!! Ni tu te crees tus argumentos. El Jefe de la Unidad nombrará al instructor de las diligencias o establece quién las llevará a cabo de forma rutinaria y organizará su Unidad de la manera que crea más oportuna para que se atienda al ciudadano de una forma ágil y efectiva y punto pelota.
Aquí majo, el instructor de las diligencias es el que asume su responsabilidad en las mismas y si ha realizado algún ilícito pues asumirá las consecuencias.
No me vengas ahora con tonterías de que el Jefe de la Unidad es el responsable de los actos de los instructores de diligencias y tal y tal porque no te lo crees ni tú.
Que sigues en tus trece, pues para ti la borrica ni quiero convencerte ni me vas a convencer. Tu asume tus responsabilidades que yo se cuales son las mías.
De momento y desde hace muchos años, yo seguiré diciendo quienes tienen que instruir y más les vale que instruyan bien.
Un saludo y sigue si quieres con tus elucubraciones.
Cte De Puesto=Instructor Diligencias?
Moderador: Administrador
Re: Cte De Puesto=Instructor Diligencias?
Y que has hecho con ese mogollón de detenciones ilegales que has visto. Responde con sinceridad por favor.Bes escribió:Garbiyo si no lees lo que digo es normal que contestes así ¿Quién está afirmando que el jefe de la Unidad tiene que estar día y noche? Eso te lo sacas de la manga como otras irresponsabilidades. Bien claro digo cuando el jefe esté presente y le den novedades con arreglo a la LECr.
Cuando tú estés presente y te den novedades de las diligencias instruidas hasta el momento, no serás el sargento u oficial de la guardia que le dan novedades de las garitas y el cambio de guardia, esa es tu confusión y la de otros, que miras la Ley de enjuiciamiento Criminal igual que las Ordenanzas del Ejército. Cuando exista una detención ilegal y te hayan dado novedades y te hagas el sueco, veremos tu forma ágil de nombrar el Jefe Instructor y punto pelota.
Luego le explicas a los de la toga que te busquen a ti también con pleno conocimiento al cumplirse el art. 285, y superior para abortar una ilegalidad, que tú no asumes responsabilidades, que la tiene el Instructor si el detenido continúa privado de libertad estando tú presente y como jefe supremo de ese acuartelamiento.
Más te vale a ti, que sepas llevar tu responsabilidad bien, estando presente. Luego le dices al Fiscal y Juez que esas responsabilidades no son tuyas, solo eran del Instructor Actuante, que tú solo estás para ejercer el mando militar como ordenan las Ordenanzas del Ejército y ordenaste que continuara las diligencias. Y los guardias en tu bunker, da igual si meten en la jaula a personas que nunca debieron entrar privados de libertad.
Lejos llegarás, con mucha suerte.
Pero me hace gracia eso que dices, que más les vale que instruyan bien ¿Si no te haces responsable de nada, ahora que vas de revisor? ¿De dar el Visto Bueno igual que un Coronel? ¡ja,ja,ja,ja!
Observo que no te interesa entrar por el aro en preocuparte más de lo que hagan otros, ese no es mi problema, es el tuyo por mucho que quieras volverte invisible ante un fiscal, abogados y juez, siempre te verán igual que a un avestruz que oculta su cabeza dentro de un hoyo creyendo que nadie lo divisa ¡ja,ja,ja,ja!
No trato de convencer a nadie, no me pagan dinero por ello, quizás miro por el que tiene dudas y sale por encima del blanco o negro. De sobra entiendo que el que se preocupa estando presente, menos problemas tendrá, que el que se oculta en un despacho creyendo que él solo está para quitarse pulgas y echárselas a otros y jamás podrá tener responsabilidad, porque ordena a un guardia ser Instructor, una vez que le han dado novedades. Pero no, no repases el artículo 11 del Código Penal, que las responsabilidades penales solo están para los más bajos en divisas.
Yo que tú Garbiyo sinceramente, me compraba una pata de conejo y la dejaba en el despacho por si las moscas, porque las detenciones ilegales las he visto como dice mi vecino ¡A mogollón!
Saludos Garbiyo y que tengas suerte con tus Ordenanzas.
Re: Cte De Puesto=Instructor Diligencias?
Solo faltaba que me limites tu a lo que tengo que hablar. Por cierto, no me has respondido, y aunque no he descubierto America creo que conozco la respuesta, y que es justo lo contrario a lo que vienes diciendo en el post, con lo cual tu mismo te retratas. Adiós Bes.Bes escribió:Cerbero limítate al post y no vengas a descubrir América que ya llegaron los vikingos y Colón.
Re: Cte De Puesto=Instructor Diligencias?
Bes, tómate algo y no te preocupes por mi, ni por la mayoría de los Comandantes de Puesto. Tu instruye y si llego yo, pues me dices lo que estás haciendo y te reafirmaré como Instructor de las mismas. Tu tranquilo que ya asumimos nuestras responsabilidades.
Por otra parte no me ha hecho falta hasta ahora ninguna patita de conejo ni nada por el estilo.
Creo que tienes un cacao mental de interpretación de la norma que se sale de lo normal, pero oye, es legitimo hacerse las pajas mentales que una quiera. Pues venga! a seguir hombre con tus afirmaciones y ya está majo.
Y sí, seguiré con mis ordenanzas, es decir, aquellas que como Jefe de Unidad plasmaré cuando lo considere necesario en la correspondiente Carpeta de Órdenes para cumplimiento del personal dependiente y para el buen funcionamiento y organización de mi Unidad y seguiré sentado en mi despacho desarrollando mis deberes militares y policiales mientras los agentes de Atención al Ciudadano cumplen bien sus deberes como Instructores de diligencias. Y sin miedo ¿eh? ¡que no pasa nada hombre!
Un saludo y tema zanjado que te vuelves muuuu cansino.
Por otra parte no me ha hecho falta hasta ahora ninguna patita de conejo ni nada por el estilo.
Creo que tienes un cacao mental de interpretación de la norma que se sale de lo normal, pero oye, es legitimo hacerse las pajas mentales que una quiera. Pues venga! a seguir hombre con tus afirmaciones y ya está majo.
Y sí, seguiré con mis ordenanzas, es decir, aquellas que como Jefe de Unidad plasmaré cuando lo considere necesario en la correspondiente Carpeta de Órdenes para cumplimiento del personal dependiente y para el buen funcionamiento y organización de mi Unidad y seguiré sentado en mi despacho desarrollando mis deberes militares y policiales mientras los agentes de Atención al Ciudadano cumplen bien sus deberes como Instructores de diligencias. Y sin miedo ¿eh? ¡que no pasa nada hombre!
Un saludo y tema zanjado que te vuelves muuuu cansino.
- depeche
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Re: Cte De Puesto=Instructor Diligencias?
[offtopic]cuando lo considere necesario en la correspondiente Carpeta de Órdenes para cumplimiento del personal dependiente[/offtopic]
¿cuando tu lo consideres o cuando lo dicte la ley?
ojo, que las leyes que tenemos son de ordago de nefastas la mayoria, es una pregunta no una critica.
saludos.
¿cuando tu lo consideres o cuando lo dicte la ley?
ojo, que las leyes que tenemos son de ordago de nefastas la mayoria, es una pregunta no una critica.
saludos.
"Rebelarse es el más sagrado de los derechos y el deber más indispensable." Marquis de La Fayette.
"EL unico simbolo de superioridad que conozco, es la bondad"
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Re: Cte De Puesto=Instructor Diligencias?
Bes, tú mismo majo.
Hasta siempre
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