Guardias Primeras Y La Ley.-

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micky
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Re: Guardias Primeras Y La Ley.-

Mensaje por micky »

La vigente Ley de Personal dija claro que Guardia Primero es una distinción y no un empleo, por lo que en la Escala de Cabos y Guardias (art. 10)existen los empleos de Guardia Civil, Cabo, Cabo 1º y Cabo Mayor. Asimismo la propia Ley dice que la estructura orgánica del Cuerpo se basa en la ordenación jerárquica de sus miembros por empleos y dentro de estos por antigüedad, por lo que si un Guardia Civil es mas antigüo que un Guardia Civil 1º será el jefe del servicio. Mas claro el agua.

unit special
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Re: Guardias Primeras Y La Ley.-

Mensaje por unit special »

Eres un fenómeno , como siempre, estimado Micky.

Saludos de un amigo.

Rolando
Alferez Alumno
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Registrado: 23 Ene 2007, 02:00

Re: Guardias Primeras Y La Ley.-

Mensaje por Rolando »

Hola, buenas tardes, respecto al tema tratado creo que un Guardia 1º siempre será el Jefe de Pareja en servicios prestados por Guardias civiles, aún no siendo más antiguo. Para ello me baso en lo que expongo a continuación:

- A partir del año 1997 no se nombra ningún Guardia 1º (si me equivoco corregirme) porque se está a la espera de que se publicase una nueva Orden General que regulara estos nombramientos (se puede consultar escrito en la Subdirección General de Personal).
- La Ley 42/99, habla de distinción y dice que reglamentariamente se regulará el procedimiento, condiciones y demás circunstancias para su concesión.
- En la ley 28/1994, de 18 de octubre, por la que se completa el régimen de personal del Cuerpo de la G.C. (derogada por la 42/99) no aparece la figura del Guardia 1º como empleo, y sin embargo se nombran y pasan a ser Jefes de Pareja cuando realizan el servicio con otros Guardias, aunque éstos sean más antiguos y se quedan de Comtes. de Pto. si no hay empleos superiores.
- La O.G. núm. 128, de 31/10/88 (BOC 31) da las normas para el nombramiento de Guardias primeros, y en su art. 2º dice "Será requisito...y dotes de mando adecuados para el desempeño de la función propia de los Comandantes de Puesto pues en su ausencia, y a falta de otro de mayor empleo, serán los llamados a sustituirles".

Por lo tanto, pienso que no se van a nombrar Guardias 1º hasta que no esté reglamentado, como se estipula en la Ley 42/99 (no han tenido tiempo en 9 años de regularlo), pero la Orden General 128/88 creo que no está derogada.

Un saludo.

micky
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Registrado: 26 Feb 2007, 02:00

Re: Guardias Primeras Y La Ley.-

Mensaje por micky »

BOFA, claro y cristalino. Eres un fenómeno.
Saludos.

TYLER
Teniente Coronel
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Re: Guardias Primeras Y La Ley.-

Mensaje por TYLER »

si señor

Jayma
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Re: Guardias Primeras Y La Ley.-

Mensaje por Jayma »

Parece que en la nueva Ley de Personal se soluciona el tema. Asumirá la responsabilidad del servicio el Guardia Civil más antiguo, aunque haya otro que ostenga la distinción de Gua. Civil 1º.

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