MASTER POR SER DE INSPECTOR DE POLICIA Y TENER CARRERA?
Publicado: 19 Nov 2011, 17:48
Pongo este enlace y lo mas importante del BOE de ayer viernes num. 278 por si interesa que creo que si.
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id ... 2011-18061
...Con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (LOMLOU), por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU), concretada en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, se hace necesario adaptar la citada Orden Ministerial a la nueva estructura de las enseñanzas universitarias oficiales, basada en la existencia de los niveles académicos de Grado, Máster y Doctorado.
En este mismo sentido y con la finalidad de adaptarse a las nuevas normas reguladoras de las enseñanzas universitarias oficiales derivadas del proceso de adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior el Cuerpo Nacional de Policía, en colaboración con la Universidad de Salamanca, ha desarrollado una nueva estructura curricular de la formación profesional para el acceso a Inspector, que ha significado la implantación a partir del curso 2006-2007 de un nuevo Plan de estudios, con estructura de Máster profesional de 120 créditos europeos ECTS, incluido el trabajo de fin de master y con una duración de dos cursos académicos y siete meses de prácticas. El citado diseño curricular tiene en consideración todos los aspectos establecidos en la citada normativa vigente, además de los criterios y directrices para la garantía de calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior y ha sido informado favorablemente por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA).
De acuerdo con lo anterior, parece oportuno establecer la equivalencia del nombramiento de Inspector del Cuerpo Nacional de Policía al título de Master universitario, para quienes hayan accedido a la categoría de Inspector y estén en posesión de una titulación académica que permita el acceso a los estudios de Master Universitario de acuerdo con lo establecido en el citado Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, toda vez que la declaración de equivalencia constituye aplicación de la precisión contemplada en el artículo 6 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Además, cumple las exigencias del mencionado artículo en relación con el artículo 7 y siguientes del Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, en cuanto a titulación previa, naturaleza y extensión de los estudios profesionales...
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id ... 2011-18061
...Con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (LOMLOU), por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU), concretada en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, se hace necesario adaptar la citada Orden Ministerial a la nueva estructura de las enseñanzas universitarias oficiales, basada en la existencia de los niveles académicos de Grado, Máster y Doctorado.
En este mismo sentido y con la finalidad de adaptarse a las nuevas normas reguladoras de las enseñanzas universitarias oficiales derivadas del proceso de adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior el Cuerpo Nacional de Policía, en colaboración con la Universidad de Salamanca, ha desarrollado una nueva estructura curricular de la formación profesional para el acceso a Inspector, que ha significado la implantación a partir del curso 2006-2007 de un nuevo Plan de estudios, con estructura de Máster profesional de 120 créditos europeos ECTS, incluido el trabajo de fin de master y con una duración de dos cursos académicos y siete meses de prácticas. El citado diseño curricular tiene en consideración todos los aspectos establecidos en la citada normativa vigente, además de los criterios y directrices para la garantía de calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior y ha sido informado favorablemente por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA).
De acuerdo con lo anterior, parece oportuno establecer la equivalencia del nombramiento de Inspector del Cuerpo Nacional de Policía al título de Master universitario, para quienes hayan accedido a la categoría de Inspector y estén en posesión de una titulación académica que permita el acceso a los estudios de Master Universitario de acuerdo con lo establecido en el citado Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, toda vez que la declaración de equivalencia constituye aplicación de la precisión contemplada en el artículo 6 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Además, cumple las exigencias del mencionado artículo en relación con el artículo 7 y siguientes del Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, en cuanto a titulación previa, naturaleza y extensión de los estudios profesionales...