Carpetazo a la querella presentada contra Rubalcaba por desobediencia y prevaricación
El Supremo archiva la causa iniciada por la Unión de Oficiales de la Guardia Civil contra el ministro del Interior y su «número dos» por la asignación de varias plazas
abc / madrid
Día 03/11/2010 - 13.44h
4 comentarios
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado la querella interpuesta por la Asociación Profesional Unión de Oficiales de la Guardia Civil contra el ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, entre otros, al que acusaban de delitos de prevaricación, nombramiento ilegal, falsedad en documento público y desobediencia.
efe
La asociación le atribuía estos delitos por su supuesta responsabilidad en la asignación a miembros de las Fuerzas Armadas de cuatro de las quince plazas ofertadas en marzo de 2007 en la Inspección de Personal y Servicios de Seguridad de la Secretaría de Estado de Seguridad, pese a que en la base IV de la convocatoria se establecía que sólo podían concursar a las mismas los funcionarios en activo del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil.
No pudieron ser nombrados cuatro militares.
La Asociación Profesional Unión de Oficiales de la Guardia Civil alegó que, por lo tanto, no podían ser nombrados para las referidas plazas los cuatro militares que se reseñan en la querella, que también iba dirigida contra el secretario de Estado de Interior, Antonio Camacho. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, presidida por el magistrado Juan Saavedra, ha decidido inadmitir a trámite la querella debido a la patente falta de indicios de actividad delictiva , según el auto hecho público hoy.
Los magistrados del Alto Tribunal indican además que la querella estaba plagada de simples juicios de intenciones, por lo que procede, tal y como solicitó la Fiscalía, el rechazo de la denuncia contra Rubalcaba y también contra su "número dos", el secretario de Esatdo de Seguridad, Antonio Camacho.
Fuente: http://www.abc.es/20101103/espana/archi ... 31202.html
La Justicia Es Ciega.
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Cien años de injusticia no hacen Derecho (Hegel)
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Re: La Justicia Es Ciega.
El TS archiva la querella presentada por la Unión de Oficiales de la Guardia Civil contra Rubalcaba
MADRID, 3 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha archivado la querella presentada en junio pasado por a Unión de Oficiales de la Guardia Civil contra el actual vicepresidente primero del Gobierno y ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, y el secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho, por presuntos delitos de nombramiento ilegal, falsedad en documento público y desobediencia. El alto tribunal estima que los hechos denunciados no son constitutivos de ilícito penal alguno.
La querella responde a una oferta de puestos de trabajo para inspección de riesgos laborales realizada por la Inspección de Personal y Servicios de Seguridad de la Secretaría de Estado de Seguridad para miembros de los Cuerpos de la Guardia Civil y Nacional de Policía. Para ellos, se indicaba además que se valorarían las titulaciones en prevención de riesgos laborales.
Pese a todo ello, los puestos se otorgaron a miembros de las Fuerzas Armadas, no a miembros de la Guardia Civil ni de la Policía, y que además no reunían los requisitos de formación solicitados, según la asociación denunciante.
El auto dado a conocer hoy por el Tribunal Supremo declara la competencia de la Sala de lo Penal de este órgano para conocer de los hechos con respecto a Rubalcaba, por su condición de aforado, mientras que resalta que carece de competencia para investigar a Camacho.
De todos modos, la querella es inadmitida, en conformidad con el criterio de la Fiscalía, porque según el Tribunal Supremo todas y cada una de las resoluciones cuestionadas han sido debidamente publicadas con mención expresa de los recursos que procedían contra ellas, tanto en vía administrativa como jurisdiccional.
De hecho, la Unión de Oficiales así lo hizo, obteniendo por parte de la Audiencia Nacional una sentencia acorde a sus pretensiones. Por ello, sugiere a los querellantes que insten su ejecución ante este órgano.
Señala además el Tribunal Supremo que en el escrito de la querella se aprecian omisiones, porque ni se identifican los puestos de trabajo ni consta que los nombramientos se refieran a las plazas ofertadas en la convocatoria a la que se alude. Asimismo, no se aporta ninguna resolución en la que conste el nombramiento por parte del secretario de Estado, la identificación de la plaza y del concurso en el que fue ofertada.
Por lo que respecta a la conducta concreta del ministro del Interior, que inadmitió la nulidad formulada por la Unión de Oficiales por considerar que esta asociación no se hallaba legitimada para ello, el Supremo afirma que la propia Audiencia nacional compartió inicialmente esta tesis como defendible en derecho, aunque finalmente no fue aceptada como correcta por la Sala de lo Contencioso-Administrativo que resolvió en apelación.
NOMBRAMIENTO DE MILITARES
De otra parte, y en cuanto a la decisión relativa al nombramiento de cuatro integrantes de las Fuerzas Armadas para las plazas, se basó en que concurría otra convocatoria del año anterior que, al parecer, se hallaba sin resolver y que sí comprendía como posibles candidatos a los integrantes del Ejército.
Pese a aceptar que la existencia de dos procesos selectivos en trámite podía generar confusión, el Supremo concluye que lo cierto es que se trató de una decisión que "dado su contenido y la forma en que se adoptó y las explicaciones que se aportan, no puede ser subsumida en el delito de prevaricación por no darse los elementos objetivos ni subjetivos del tipo penal".
Según el alto tribunal, se trata de una decisión cuya posible ilegalidad ha de ser dirimida en los tribunales ajenos a las jurisdicción penal.
En cuanto al delito de falsedad ideológica atribuido al ministro, también se rechaza porque "no se aprecian los indicios propios del dolo falsario". A la misma conclusión llega el Supremo respecto al delito de desobedediencia, "pues lo cierto es que no consta en las actuaciones que alguno de los querellados hubiera sido requerido al efecto de que se cumplimentara la sentencia dictada por la Audiencia Nacional y que se negara a cumplirla".
Europapress
MADRID, 3 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha archivado la querella presentada en junio pasado por a Unión de Oficiales de la Guardia Civil contra el actual vicepresidente primero del Gobierno y ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, y el secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho, por presuntos delitos de nombramiento ilegal, falsedad en documento público y desobediencia. El alto tribunal estima que los hechos denunciados no son constitutivos de ilícito penal alguno.
La querella responde a una oferta de puestos de trabajo para inspección de riesgos laborales realizada por la Inspección de Personal y Servicios de Seguridad de la Secretaría de Estado de Seguridad para miembros de los Cuerpos de la Guardia Civil y Nacional de Policía. Para ellos, se indicaba además que se valorarían las titulaciones en prevención de riesgos laborales.
Pese a todo ello, los puestos se otorgaron a miembros de las Fuerzas Armadas, no a miembros de la Guardia Civil ni de la Policía, y que además no reunían los requisitos de formación solicitados, según la asociación denunciante.
El auto dado a conocer hoy por el Tribunal Supremo declara la competencia de la Sala de lo Penal de este órgano para conocer de los hechos con respecto a Rubalcaba, por su condición de aforado, mientras que resalta que carece de competencia para investigar a Camacho.
De todos modos, la querella es inadmitida, en conformidad con el criterio de la Fiscalía, porque según el Tribunal Supremo todas y cada una de las resoluciones cuestionadas han sido debidamente publicadas con mención expresa de los recursos que procedían contra ellas, tanto en vía administrativa como jurisdiccional.
De hecho, la Unión de Oficiales así lo hizo, obteniendo por parte de la Audiencia Nacional una sentencia acorde a sus pretensiones. Por ello, sugiere a los querellantes que insten su ejecución ante este órgano.
Señala además el Tribunal Supremo que en el escrito de la querella se aprecian omisiones, porque ni se identifican los puestos de trabajo ni consta que los nombramientos se refieran a las plazas ofertadas en la convocatoria a la que se alude. Asimismo, no se aporta ninguna resolución en la que conste el nombramiento por parte del secretario de Estado, la identificación de la plaza y del concurso en el que fue ofertada.
Por lo que respecta a la conducta concreta del ministro del Interior, que inadmitió la nulidad formulada por la Unión de Oficiales por considerar que esta asociación no se hallaba legitimada para ello, el Supremo afirma que la propia Audiencia nacional compartió inicialmente esta tesis como defendible en derecho, aunque finalmente no fue aceptada como correcta por la Sala de lo Contencioso-Administrativo que resolvió en apelación.
NOMBRAMIENTO DE MILITARES
De otra parte, y en cuanto a la decisión relativa al nombramiento de cuatro integrantes de las Fuerzas Armadas para las plazas, se basó en que concurría otra convocatoria del año anterior que, al parecer, se hallaba sin resolver y que sí comprendía como posibles candidatos a los integrantes del Ejército.
Pese a aceptar que la existencia de dos procesos selectivos en trámite podía generar confusión, el Supremo concluye que lo cierto es que se trató de una decisión que "dado su contenido y la forma en que se adoptó y las explicaciones que se aportan, no puede ser subsumida en el delito de prevaricación por no darse los elementos objetivos ni subjetivos del tipo penal".
Según el alto tribunal, se trata de una decisión cuya posible ilegalidad ha de ser dirimida en los tribunales ajenos a las jurisdicción penal.
En cuanto al delito de falsedad ideológica atribuido al ministro, también se rechaza porque "no se aprecian los indicios propios del dolo falsario". A la misma conclusión llega el Supremo respecto al delito de desobedediencia, "pues lo cierto es que no consta en las actuaciones que alguno de los querellados hubiera sido requerido al efecto de que se cumplimentara la sentencia dictada por la Audiencia Nacional y que se negara a cumplirla".
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Re: La Justicia Es Ciega.
Ya se han preocupado de publicar inmediatamente el auto judicial en la intranet... este si, claro; el del TSJ de Madrid autorizando la manifestación, ese no les interesa
Un saludo
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Re: La Justicia Es Ciega.
Viva la Guardia Civil democratica.
Esto es democracia las sentencias que me favorecen las cuelgo en el canal general de comunicación del cuerpo, las que no me interesa, llamese auto autorizano la manifestación de la UO y AUGC, se pierden en el olvido.
Hay que morir con las botas puestas y quitarle el cortijo a estos fascistas.
Esto es democracia las sentencias que me favorecen las cuelgo en el canal general de comunicación del cuerpo, las que no me interesa, llamese auto autorizano la manifestación de la UO y AUGC, se pierden en el olvido.
Hay que morir con las botas puestas y quitarle el cortijo a estos fascistas.
Re: La Justicia Es Ciega.
Como para creer en la justicia
Un abrazo
Un abrazo
Re: La Justicia Es Ciega.
Tercera Via, en tiempos de crisis hay que gestionar seriamente los recursos materiales y humanos.
Escala unica respetando antiguedad en la escala oficiales
Re: La Justicia Es Ciega.
....Lo de la publicación interesada en intranet, otro capítulo más de los cortijeros que creen que son "amos del calabozo".........que no sufran que van a tener más para "no publicar" que para "publicar".......esto es únicamente el principio......que compren aspirinas para el "dolor de cabeza", y si alguno se estresa que visite al psicólogo.
Un saludo a todos.
Un saludo a todos.
"La vida es muy peligrosa, no por las personas que hacen el mal, sino por las que se sientan a ver lo que pasa".
"Nunca discutas con un imbécil, te hará descender a su nivel y allí te ganará por experiencia."
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Re: La Justicia Es Ciega.
El que la publiquen a la larga es beneficioso pues también lo podemos ver como darnos publicidad por si alguién no se había enterado de la querella ahora ya se enteró.
Un abrazo
Un abrazo