DOBLE NATURALEZA.

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noestoydeacuerdo
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Mensaje por noestoydeacuerdo »

"Aquí la más principal hazaña es obedecer/ y el modo como ha de ser/ es ni pedir ni rehusar..."

iberia
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Mensaje por iberia »

Para Regli:

Artículo 12.- Adquisición de la condición de guardia civil. La condición de guardia civil y, en consecuencia, la de militar de carrera de la guardia civil se adquiere al obtener el primer empleo.....

Por qué el adquirir la condición de guardia civil lleva aparejada la consecuencia de adquirir la condición militar de carrera del cuerpo. Qué norma ha creado tal condición para la guardia civil.

SALUDOS, FOREROS.

jorgejuan
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Re: NO SOMOS MILITARES DE LAS FAS PERO SI MILITARES DE LA GC

Mensaje por jorgejuan »

iberia escribió:
Regli escribió:Vamos a ver hasta la fecha, somos militares no pertenecientes a las FAS pero si militares de la Guardia Civil, ello se desprende de nuestra Ley de Personal, que queda bien claro cuando se adquiere la condición de militar y por ello, sigue siendo competente la jurisdiccíón militar para algunos asuntos.
Iberia para la Superior ya no hay tantos enchufes.
En mi opinión no somos militares de la guardia civil, sino que la guardia civil está militarizada como antinguamente lo estuvieron la renfe, el metro, la cruz roja, etc.etc.
Yo no he hablado de enchufes, lo que he dicho es que tienen esa posibilidad de ingreso y, una vez ingresados, ya conoces las ventajas que adquieren en relación con la promoción interna; es decir, que si resisten la militarización en contra de los empujes de las bases del cuerpo descontentas, es precisamente pensando en el porvenir de sus hijos y no de otros que también ingresan. El hecho es que los hijos de jefes y generales que ingresan lo son en un promedio del 25% o más por promoción.

SALUDOS, FOREROS.
Menos mal que comienzas diciendo que es tu opinión...cuando afirmas que la guardia no es militar y que está militarizada como antiguamente lo estuvieron la Renfe, el metro y la Cruz Roja.

La Renfe, el metro y la Cruz Roja nunca estuvieron militarizados como tales Cuerpos, ni su estructura, funciones y organización obedecian a lo que es un cuerpo militar. Lo que ocurre, es que al ser servicios indispensables y necesarios para la buena marcha de los servicios públicos, el gobierno ante una crisis que se originara en el seno de estas "empresas públicas" tenia la posibilidad de militarizarlos, temporalmente, impidiendo así cualquier conato de huelga.
Por el contrario, la Guardia Civil es un Cuerpo en su estructura intrinsicamente MILITAR, con dependencia y funciones del Ministro de Defensa enmarcado todo ello en normas juridicas con rango de Ley Orgánica. Como verás hay diferencias...aunque tú cuando has escrito, lo contrario, las conocias perfectamente...por qué será...

SANGRE_AZUL
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Re: ACTUALMENTE SI SOMOS MILITARES.

Mensaje por SANGRE_AZUL »

Regli escribió:La Ley de Personal lo dice bien clarito, somos militares, si bien la Guardia Civil no forma parte de las FAS. Lo del % tan elevado de familiares de Generales y otros cargos por promoción de la Superior lo desconocia. Yo pensaba que no era tanto, me gustaria saber quien te ha dado el dato del 25 % o es un dato erroneo?
No es un dato erróneo, aproximadamente ahí andan las cifras. Sin embargo, a mi no me parece que eso sea un escándalo. Si en una promoción de 30, hay 6 o 7 cuyos padres son oficiales de la ESO, pues chico, yo lo veo normal. Hay muchos hijos de Guardias y de Suboficiales que no tienen idea, ni de lo que es la AGM, ni de que se puede ser oficial opositando desde la calle.

Lógicamente, dado que los padres han pasado por esa oposición, los hijos lo saben, y por ello opositan y en su caso aprueban. Me parece algo de lo más normal. También te digo que el porcentaje de hijos de guardias, cabos y suboficiales en Aranjuez, normalmente supera ese 25% (y no estoy divagando).

iberia
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Re: TE ADELANTO YA COMO VA A RESULTAR LA NUEVA LEY

Mensaje por iberia »

Regli escribió:
iberia escribió:Y, ¿ para cuando habrá una nueva ley de personal ?.

SALUDOS, FOREROS.
Hola Iberia, te transcribo lo que dice el proyecto de Ley de la Carrera militar, para confirmarte que seguiremos siendo militares.
El régimen del personal del Cuerpo de la Guardia
Civil se rige por lo previsto en la Ley 42/1999, de 25 de
noviembre, cuya elaboración se basó en la Ley Orgánica
2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad y, teniendo en cuenta la naturaleza militar de
dicho Instituto Armado y la condición militar de sus
miembros, en la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen
del Personal de las Fuerzas Armadas. Al modificarse
esta última, con una nueva regulación de la carrera
militar, y mantenerse sin cambios los principios de
referencia, se deberá proceder a la debida adecuación
de la mencionada Ley 42/1999, de 25 de noviembre.
Dada la relación de la formación de oficiales de la
Guardia Civil con la de las Fuerzas Armadas, en esta
ley se recogen medidas para implantar en dicho cuerpo
las enseñanzas conducentes a la obtención de titulaciones
de grado universitario del sistema educativo general.
También por su importancia se extiende a sus
miembros, en lo que les resulte aplicables con arreglo a
lo dispuesto en su normativa específica, el cumplimiento
de las reglas esenciales que definen el comportamiento
del militar.
Nadie puede negar que es un galimatías.
Primero basan la naturaleza militar en la ley de fuerzas y cuerpos de seguridad y después, sorprendentemente, nos suman la condición de militar a que alude la ley de régimen de personal de las fuerzas armadas.
Claro que lo justifican diciendo que es para que los oficiales obtengan titulaciones de grado universitario y terminan extendiéndose a los demás en lo que resulte aplicable en el cumplimiento de las reglas que definen el comportamiento militar.

SALUDOS, FOREROS.

iberia
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Mensaje por iberia »

En fin que, sin pertenecer a las fuerzas armadas, los oficiales del cuerpo tendrán una formación relacionada con los oficiales de aquellas fuerzas como ocurre ahora con los de la ESO.
Esto que transcribes es la punta del iceberg que viene; ahora comprendo lo que escribió "bebe" que decía:

"Unión de Oficiales, podría contaros tantas cosas, pero prefiero que viváis en el engaño y así aceptéis sin reparos la situación actual y la que está por venir"-

SALUDOS, FOREROS.

iberia
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Re: NO SOMOS MILITARES DE LAS FAS PERO SI MILITARES DE LA GC

Mensaje por iberia »

jorgejuan escribió:
Menos mal que comienzas diciendo que es tu opinión...cuando afirmas que la guardia no es militar y que está militarizada como antiguamente lo estuvieron la Renfe, el metro y la Cruz Roja.
El diccionario de la real academia de lengua española define estar militarizado como:

a) infundir disciplina o el espiritu militar.
b) someter a la disciplina militar.
c) dar carácter u organización militar a una colectividad.

A todo ésto sin pertenecer a las fuerzas armadas que pertenecen todos los militares menos los llamados así de la guardia civil.

SALUDOS, FOREROS.

iberia
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Mensaje por iberia »

Ley régimen personal guardia civil.

Artículo 12.- Adquisición de la condición de guardia civil. La condición de guardia civil y, en consecuencia, la de militar de carrera de la guardia civil se adquiere al obtener el primer empleo.....

Por qué el adquirir la condición de guardia civil lleva aparejada la consecuencia de adquirir la condición militar de carrera del cuerpo. Qué norma ha creado tal condición para la guardia civil.

¿ en consecuencia de qué ?.

SALUDOS, FOREROS.

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depeche
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Mensaje por depeche »

no al regimen militar...........proclamo..........venceremos.........con jorge no se puede discutir iberia.........el erre que erre..........es muy cerrao el chico..........que no le des mas vuelta.......que este compañero........esta en el ejercito..........no en la guardia civil como estamos nosotros.......entiendelo ya.
"Rebelarse es el más sagrado de los derechos y el deber más indispensable." Marquis de La Fayette.



"EL unico simbolo de superioridad que conozco, es la bondad"

jorgejuan
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Mensaje por jorgejuan »

iberia escribió:Ley régimen personal guardia civil.

Artículo 12.- Adquisición de la condición de guardia civil. La condición de guardia civil y, en consecuencia, la de militar de carrera de la guardia civil se adquiere al obtener el primer empleo.....

Por qué el adquirir la condición de guardia civil lleva aparejada la consecuencia de adquirir la condición militar de carrera del cuerpo. Qué norma ha creado tal condición para la guardia civil.

¿ en consecuencia de qué ?.

SALUDOS, FOREROS.

Sueles preguntar lo que sabes o lo que por ignorancia, entendiendo ésta como la carencia de un conocimiento debido, debieras saber, o simplemente deseas crear polémica en torno a lo que preguntas y, a la vez, silencias .

La respuesta a tu pregunta, queriendole buscar las patas a la ley, es muy fácil.
Hay una Ley Orgánica ( 2/86) que afirma, sin ninguna ambigüedad que la Guardia Civil es un Instituto Armado de naturaleza MILITAR y establece la doble dependencia, según sean las funciones que deba desempeñar, ésto es, civiles como Cuerpo de Seguridad o militares .

Posterior a ésta Ley, fue promulgada la Ley de Regimen de Personal, en intima relación con la anterior y en la que se apoya para afirmar que como quiera que la Guardia Civil es un Instituto Armado de naturaleza Militar la condición de guardia civil lleva aparejada la condición de militar de carrera al obtener el primer empleo , todo ello, por si fuera poco, refrendado por el Ministro de Defensa, como afima la Ley.

En consecuencia de qué ?...DE QUE LO DICE VARIAS LEYES....

Ahí te dejo el enunciado de algunas, para que no te vuelvas a hacer preguntas de perogrullo:

La Guardia Civil, que es un Instituto Armado de naturaleza militar, dependiente del Ministro del Interior, en el desempeño de las funciones que esta Ley le atribuye, y del Ministro de Defensa en el cumplimiento de las misiones de carácter militar que éste o el Gobierno le encomienden. En tiempo de guerra y durante el estado de sitio, dependerá exclusivamente del Ministro de Defensa.

La presente Ley tiene por objeto establecer el régimen del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, regular su plantilla y definir su sistema de enseñanza y las formas de acceso al mismo; todo ello con la finalidad de que la Guardia Civil, Instituto armado de naturaleza militar, esté en condiciones de cumplir las misiones que el artículo 104.1 de la Constitución encomienda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

2. Esta Ley es de aplicación a los guardias civiles y a los alumnos del sistema de enseñanza de la Guardia Civil que, al ingresar en los centros de formación correspondientes, adquieren la condición de militar.
Artículo 12. Adquisición de la condición de guardia civil.

1. La condición de guardia civil y, en consecuencia, la de militar de carrera de la Guardia Civil se adquiere al obtener el primer empleo, conferido por Su Majestad el Rey y refrendado por el Ministro de Defensa, e incorporarse a la Escala correspondiente del Cuerpo.

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