Pues crees mal compañero:SIDI escribió:[...] Es competencia de la Guardia Civil, creo que exclusiva, el Resguardo Fiscal
Le recomiendo que se lea:
REAL DECRETO 319/1.982, DE 12 DE FEBRERO,SOBRE EL SERVICIO DE VIGILANCIA
Artículo Segundo.
Corresponde al Servicio de Vigilancia Aduanera:
El descubrimiento, persecución y represión en todo el territorio nacional, aguas jurisdiccionales y espacio aéreo español de los actos e infracciones de contrabando; a cuyos efectos, y por la consideración legal de Resguardo Aduanero que el Servicio ostenta, ejercerá las funciones que le son propias de vigilancia marítima, aérea y terrestre encaminada a dicho fin.La vigilancia marítima se efectuará conforme a lo establecido en el Decreto 1002 de 22 de junio de 1961.
y
DECRETO 1002/61
El Decreto 1002/61 regula la vigilancia marítima.
En su artículo 1º recoge el carácter de auxiliares de la Marina de Guerra de los buques del S.V.A. disponiendo:
“El Servicio Especial de Vigilancia Fiscal, en la actualidad SVA, dispondrá de los buques necesarios para la vigilancia marítima, que en todo caso tendrá el carácter de auxiliares de la Marina de Guerra y la consideración legal de Resguardo Fiscal del Estado”.
¿Me pregunto yo quien se ha metido en el corral de quien?SIDI escribió: y ahora nos encontramos con que otros Cuerpos se han metido en nuestro corral.
Los primeros buques de las Reales Haciendas datan de finales de 1780... creación de la Guardia Civil, no hace falta que te la recuerde, creación del SEMAR, 1992, como capricho de su gran Director General, condenado a 31 años de cárcel, ya en régimen de 3er grado al 9 año, me pregunto yo si no se le puede aplicar a este la docrtina Parot. Perdón por irme por los cerros de Úbeda. Un saludo.