Publicado: 20 Nov 2006, 10:22
esto es la pera si...........es como si uno oposita para ats en el ayuntamiento...........y lo meten a municipal...........es penoso.
Asociación Profesional Unión de Oficiales Guardia Civil
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CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Artículo 13.
2. Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por Tratado o Ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales.
Artículo 23.
2. Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las Leyes.