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Publicado: 04 Dic 2006, 19:55
por Ubeda83
Pues parece que es criterio de la DGC no cubrir la vacante que se anuncia en " 0 " si se produce posteriormente por los motivos que tu expones (cualquier motivo que sea distinto al de pasar a una de las vacantes anunciadas en esa resolución, o en su caso, en la resolución sobre vacantes de libre designación que anuncien en el mismo u otro boletín próximo y que todavia no se haya resuelto).
Lo normal es que si saben que se va a producir la vacante por pase a la Reserva o ascenso, la anuncien como próxima a producirse. Creo que además así suele ser.
Si no la publican como próxima a producirse es por algún motivo, porque no les interesa; porque saber que se va a producir, sí que lo saben, con lo cual, hay que perder toda esperanza que la vayan a cubrir cuando la anuncian en "0".
Lo que no estoy seguro es de si sería procedente recurrir el anuncio de vacantes si no la publican como próxima. Es posible que si se recurre la resolución de anuncio de vacantes, la publiquen (algo así ha pasado con las que se han "tragado" para tenientes del sevicio de información, que parece ser que alguien ha "preguntado" en las altas instancias y las van a anunciar en un próximo boletín).

Un saludo al foro

Publicado: 13 Dic 2006, 18:12
por Ubeda83
flanaganche escribió:... echo de menos más respuestas a las preguntas lanzadas, a pesar de ser uno de los temas más preocupantes en este foro. Así que ánimo y contestar algunos más. Saludos.
Bueno, pues voy a volver a darte lo que es mi opinión; no se si equivocada, pero esta es la interpretación que yo le doy.
¿Qué entendeis por....originadas por el movimiento del proceso de asignación...?
Las que se originan como consecuencia de cubrir las peticiones efectuadas sobre vacantes publicadas en "1", las que se producen a posteriori.
¿Qué entendeis por vacante 0?
La que todavía no se ha producido, la que no existe en el momento de publicación de las vacantes en el BOC.
¿Entendeis que las vacantes dejadas por personal que se ha ido del Cuerpo por renuncia, muerte, excedencia voluntaria, servicios especiales, comisiones superiores de más de 1 año, reserva voluntaria o forzosa, o cualquier otra situación que se pueda dar el futuro...., se encuentran esas vacantes incluidas en ese proceso?
Yo creo que NO
¿Qué es primero la vacante o el movimiento? ¿o lo que es lo mismo que sirve de presupuesto para que se pueda producir ese movimiento?
Entiendo que primero se realiza el movimiento, se van cubriendo las vacantes que se publican como vacante " 1 " . Consecuencia de ese movimiento, vacantes que se anunciaron en " 0 ", se producen, y posteriormente se cubren con los que en esa misma convocatoria de vacantes las habían pedido.

Un saludo flanaganche, espero haber aclarado alguna de tus dudas.

Saludos a todos