COMPARACION DE REGIMENES DISCIPLINARIOS

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depeche
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COMPARACION DE REGIMENES DISCIPLINARIOS

Mensaje por depeche »

bien........empecemos.........no por el principio.........vamos a empezar por las disposiciones comunes......del articulo 18 al 28........decidme........que os parece........y comenzamos el debate.

vamos a "mirarlo"........amigo BOFA.
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Re: COMPARACION DE REGIMENES DISCIPLINARIOS

Mensaje por depeche »

BOFA escribió:
depeche escribió:bien........empecemos.........no por el principio.........vamos a empezar por las disposiciones comunes......del articulo 18 al 28........decidme........que os parece........y comenzamos el debate.

vamos a "mirarlo"........amigo BOFA.

Pues sí, compañero y amigo DEPECHE, el que me parece que lo tiene que mirar (el Régimen Disciplinario de la Guardia Civil), y urgentemente eres tú, y como verás te lo voy a argumentar jurídicamente:

1º- ¿Disposiciones comunes en el Régimen Disciplinario de la Guardia Civil vigente? ¿Del artículo 18 al 28? ¿Estás hablando del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil vigente?¿Seguro?
Necesitas urgentemente un Régimen Disciplinario en vigor y al día.

Para muestra un botón:

Donde dices "disposiciones comunes" del art. 18 al 28 ¿....?, debe de decir:

TÍTULO IV
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR

CAPITULO PRIMERO
Disposiciones generales(Art. 31 al 37 a.i.)

2º- ¿Del art. 18 al 28? ¿No querrás decir del art 18 al 30?¿que es lo que te parece mal del CAPITULO III Competencias sancionadoras(creo que es a éso lo que te refieres, ¿no?)?

Como ves te diferencio claramente dos supuestos, que parecen lo mismo pero no lo son.

3º-Sigues desvirtuando el tema del asunto. La comparación entre ambos, en definitiva, no está diferenciada en cuanto al inicio del procedimiento, sino en las infracciones y sanciones que se pueden imponer, que es en definitiva lo que principalmente nos afecta (por lo menos a mí) por estar incluidos en el ámbito de aplicación de la citada ley.¿porqué no quieres empezar por el principio? Para entender una ley, lo mínimo que hay que saber y entender es su OBJETO y ÁMBITO DE APLICACIÓN. Tampoco tiene desperdicio su PREÁMBULO.Y todo esto está recogido al principio.Al hilo del debate ¿en qué no estás de acuerdo aquí?


PD. Si quieres debatir acerca de la comparación de regímenes disciplinarios entre las FF.CC.SS.EE.( Cuerpo Nacional de Policía y Guardia Civil), primero conoce someramente por lo menos el de la Guardia Civil, que a la vista de lo que tu expones,desconoces y no te vayas por los "cerros de Úbeda" cuando un tema no te interesa. Que sepas que yo también me equivoco y lo reconozco, públicamente si hace falta. ¿lo harás tú en éste caso?
me referia al del cnp..........esta claro............con lo cual........empieza otra vez..........y deja de decir sandeces sobre mi.........querido compañero.........si conoces ambos regimenes......sabes perfectamente que hablo del cnp.........no nos hagas creer que somos tontos..........y no te des tiempo a ti mismo........para aportar algo.........a ver............cuentame que sacas de todo ello.
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Mensaje por depeche »

te estoy hablando de la tramitacion.........¿tu sabes lo que es eso?............buscar en google es facil..........lo dificil es saber de lo que se habla..........repito del 18 al 28.........dime que diferencia ves en dicha tramitacion con la nuestra...........a eso me referia al principio.........pero tu sales con insultitos y el regimen de la gc.............hablemos de derecho...querido ilustrado.............no leamos en google.........hablemos.............podras comprobar que los guardias no somos tan tontos.........a lo mejor te encanta la idea..........en fin.........ilustrame con tus conocimientos.....estaria encantado de aprender algo..........hoy.
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Mensaje por depeche »

pero vamos a ver hombre.......utilizare un termino mas ...........como lo diria yo ........campechano.......a ver si me entiendes.........bien.........no es cuestion del castigo final..........aunque el encarcelamiento de un ser humano inocente...........es irreparable...........eso lo sufrimos nosotros.......siempre ha sida asi............bueno como te decia.........no es el castigo final.......son las GARANTIAS............de que tu proceso disciplinario..........hablando en terminos de cafeteria..........se JUSTO.........y eso amigo mio.........no se garantiza en nuestra tramitacion.....ni en nuestro proceso..........ni en nuestra SENTENCIA.......no amigo no..........a nosotros no nos engaña nadie.

en fin.........a ver si es posible que no te salgas por los........cerros de ubeda...........por cierto............fue un capitan el que se fue por esos cerros.......desertando.............de ahi........la famosa frase. 8)
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Mensaje por fantasma1 »

Muchas veces se confunden procedimientos demasiado garantistas con la dejación de funciones por parte de las personas encargadas de la aplicación de las normas. Es decir, solo tenemos que ver que en el Derecho Comparado europeo o anglosajon, los sistemas son diferentes, pero convergen en un único punto...las personas con posibilidad de una buena defensa PAGADA tienen muchisimas posibilidades de pasar por el sistema sin inmutarse. Perdonarme la retorica y el ejemplo: A un agente de la guardia civil de paisano le agreden como consecuencia de su labor en un pueblo de Madrid y el fiscal ni siquiera se presenta...el agresor en libertad en la localidad y el agente y su familia jo..... Que pasa que el sistema judicial español no defiende los derechos fundamentales de las personas? Pues en teoria si, pero nosotros guardias civiles de todas las escalas y condiciones, sabemos que una cosa es lo que está escrito y otra que todo el sistema se pase por el forro la letra y el espírtu de la ley. Por cualquier motivo, falta de medios, de ganas, de conocimiento, etc..

Quiero decir y termino, que en la actualidad, y no hablo de hace tiempo, los agentes de la guardia civil, tienen un peso retributivo (sancionador) bastante mas baja que el resto de los cuerpos policiales, es decir no se sanciona a casi nadie por cosas absurdas....( salvo excepciones que tambien las hay) y cuando se aplica el régimen disciplinario es porque no queda mas remedio, por que? pues por que los jefes no quieren problemas, porque no es la solución la mayoría de las veces, porque las técnicas de mando ayudan mas con el convencimiento que con el castigo, lo único que pasa es que lo que ahora queda la mayoría de las veces en una reprensión ( que arrestos ya no se aplican), con el sistema nuevo, que tendrá unidades especialmente dedicadas al efecto,se saldará con la retirada de efectivo de los haberes del agente y su familia. No hablamos de derechos fundamentales que todos tenemos, hablamos de posibilidad de defensa, de argumentación de procedimiento, y al que cojan con el procedimiento nuevo,....que Dios le coja confesado.
Por muchos derechos procedimentales que se tengan sobre el papel, que por el momento tenemos todos los españoles, seamos guardias o no..., la aplicación de la norma alguien la tendrá que hacer y esta vez lo hará con mas medios y cumpliendo todas las garantias que se quieran.....
" Cada fracaso le enseña al hombre, algo que necesitaba aprender" C.Dickes

Ya nos enteraremos con el tiempo de la clavada que intentan, eso si con muchas garantias......

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Mensaje por fantasma1 »

Pero eso por desgracia no tiene que ver con la guardia civil, pasó, esta pasando y pasará en cualquier organización humana, por que desgraciadamente el ser humano es asi... o te crees que eso no pasa en el corte ingles o en leroy merlin, me refiero a que haya descerebrados que no sepan dirigir.....
"No arrepentirse ni hacer reproches a los demas son los pasos de la sabiduría" Diderot

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1ª- ¿Te afecta el ámbito de aplicación del Régimen Disciplinario de la G.C. a tí, DEPECHE?
2ª - Diferencia-comparativa entre sanciones Régimen Disciplinario G.C.(más duro) vs C.N.P.
3ª- Qué se entiende por garantías que disfrutan del procedimiento del Régimen Disciplinario del C.N.P., que los miembros de la G.C. no tienen. Ilustranos....


joer..........si estan chupadas las tres respuestas.........

1ª-.....pues claro que me afecta

2ª-......yo no he hablado solo de sanciones........he hablado del regimen en su totalidad.

3ª-.......garantias.........por dios.......a ellos ni les miran los de defensa.......esa es una gran garantia.

es todo tan facil...........que me cuesta creer que te tenga que ilustrar.
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BOFA escribió:
depeche escribió:1ª- ¿Te afecta el ámbito de aplicación del Régimen Disciplinario de la G.C. a tí, DEPECHE?
2ª - Diferencia-comparativa entre sanciones Régimen Disciplinario G.C.(más duro) vs C.N.P.
3ª- Qué se entiende por garantías que disfrutan del procedimiento del Régimen Disciplinario del C.N.P., que los miembros de la G.C. no tienen. Ilustranos....


joer..........si estan chupadas las tres respuestas.........

1ª-.....pues claro que me afecta

2ª-......yo no he hablado solo de sanciones........he hablado del regimen en su totalidad.

3ª-.......garantias.........por dios.......a ellos ni les miran los de defensa.......esa es una gran garantia.

es todo tan facil...........que me cuesta creer que te tenga que ilustrar.
Nada, de tres preguntas; la primera....no me la creo (tengo mis dudas razonables porque estás casi diariamente las 24 horas al día en los foros de internet,¿cuando trabajas en la g.c., si es que trabajas?, la 2ª no las has contestado, léete otra vez que no la has entendido, no es lo que tu dices, es lo que te preguntan: Diferencia-comparativa entre sanciones Régimen Disciplinario G.C.(más duro) vs C.N.P. y la 3ª respuesta, incorrecta...... lógicamente el C.N.P. no tiene dependencia del M. de DEFENSA. Por lo tanto, existirán más diferencias a favor del C.N.P. vs G.C. DEPECHE....¿CUALES SON?
joer.........que no puedo contestar hoy como te mereces........oño..........a ver...........hace unos cinco años que no tengo una baja medica...........estoy en activo..........trabajo noches, festivos, hago dobletes.........y en ocasiones tripletes..........ummmm.........bien...........hay compañeros en este foro que pueden dar fe de lo que digo...........aunque eso.......a ti poco te importa..........bien.

la segunda solo tienen que leer los dos regimenes........cosa que ya has pinchado tu..............y la tercera......te repito.........que no es lo mismo el proceso en un regimen dictatorial que en una democracia.......pero bueno........esta noche con mas tiempo te lo pondre en bandeja de plata.

otra cosa..........estoy en los foros.........menos tiempo.......que otros en el bar, intentando ligarse a la camarera de turno.

un saludo........es que esta tarde ando liado........pero esta noche....te contare alguna cosita...........ah............¿y tu?.......¿trabajas en la gc o parasiteas?.........ta luego.
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bien ikonoclasta..........para empezar decirte que argumentare el por que de vuestras ventajas en las garantias procesales..........no copiare y pegare te las argumentare...........empezare.........por decirte compañero nacional..........que en dichos tramites procesales se tiene al compañero (para ellos reo).......en posicion de firmes........y le puede caer algun grito para callarle si quiere intervenir cuando segun ellos no le corresponde.........bien......como anticipo no esta mal.......¿verdad?.....bueno..........ves apuntando ventajas.......esta es una que esta escrita.........ante un mando superior si el lo requiere tienes que estar firmes con tricornio en mano derecha y sin rechistar.....pudiendo incurrir en falta leve si obviamos esta postura tan humana y digna de compañeros..........bueno........luego sigo.....un saludo.

por cierto........a mi tampoco me gusta adorar a imagenes............compañero.
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bien........sigamos................

en vez de contestar yo..........mejor acudamos a ilustres letrados curtidos en mil batallas legales.



para un jurídidico experimentado en tantos confilictos de compañeros en (AUGC), y curtido en mil batallas legales......como el amigo DECANO diria:

Mira el CNP al gozar de un Régimen Disciplinario Civil. Tiene todas las garantías en el proceso Disciplinario (como un civil normal con la Constitución por medio. Primero goza de la presunción de inocencia, cosa que uno de nosotros los Guardias Civles nó. Aquí ya de antemano estás condenado por los milikos y sus "especiales leyes del embudo"...

En segundo lugar, ellos se rigen por la Ley 30/92 del Procedimiento Administrativo Común, y la posterior adicional del 99 que termian pro desarollarla. Que quiero decir con ésto, primero que sus castigos por regla general son mucho más suaves que los nuestros. Y segundo que no contempla ningún artículo del Código Penal MIilitar como nosotros, que nos regimos por las dos (para lo que los milikos quieren claro como no), y mucho menos dependen ellos, de la Ley procesal militar. Los nuestros te aplican siempre lo que quieeren ellos o más los interesa, con los jurídicos de Defensa, (Licenciados en Derecho de chicha y nabo). Los sacas de ahí, y ni puta idea de nada vamos...

Nosotros durante todo el proceso del Expediente Disciplinario, en muchas notificaciones etc., no tenemos derechos abogado según ellos claro, (Trampa ilegal completa). Que éstos enemigos del agente, la convierten en legal a su forma. Podría seguir, pero creo que con ésto ya tienes suficiente vamos.

El Policía Nacional, si quiere él, siempre está asistido por Letrado en todo el proceso del citado. Lo que le beneficia siempre en su defensa jurídica. Y de ahí que después los castigos pro ejemplo, sean mucho más suaves, o no condena, como los nuestros. Aparte de otro procedimiento distinto, aunque en algunas cosas se le parezca. Todo ello va para ellos en su tramitación Administrativa va través del Ministerio del Interior, y del Secretario de Estado para la Seguridad el ( el Camachito vamos). Para nada lo militar o Defensa por medio, éstos no existen para ellos.

que pena..........amigo decano........que otros........que se hacen llamar compañeros............me pregunten por la diferencia entre el regimen nuestro y el del cnp.............que reto mas estupido............la verdad.........se vive.............no se cuenta..........amigo bofa........y no seras tu...........quien me cuente como es el mundo legal e ilegal donde coexistimos...........bien..........¿alguna cosa mas?........venga te toca a ti decir que nuestras leyes son las mas blandas...........que ya tiene ojones que puedas defender esa estupida teoria.

un saludo.......compañero
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