Real Decreto posible modificación consideración Suboficial
Publicado: 09 Feb 2008, 23:07
Esto anda "circulando" por ahí:
Bueno, ese es el "espíritu del Real Decreto".
Si alguien está interesado en la totalidad del contenido, que me lo pida por privado y se lo mando a una dirección de correo electrónico.
Un saludo a todos.
El Real Decreto tiene 10 o doce folios. Como lo que tengo no es de muy buena calidad, tendría que copiarlo entero, pues al pasarlo de pdf a word, hay muchos errores. Os transcribo lo más importante:MINISTERIO DE DEFENSA
ASUNTO: REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1970/1983 DE 22 DE JUNIO, SOBRE CONSIDERACION DE SUBOFICIALES A LAS CLASES DE TROPA DE LA GUARDIA CIVIL
DESTINATARIO: SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA Y DE LA GUARDIA CIVIL
Para proceder a la coordinación y dictamen del proyecto de disposición del "asunto"se considera conveniente conocer la opinion de esa Dirección General, por lo que se interesa el correspondiente informe.
Asi mismo se solicita que en caso de formular observaciones sustanciales a dicho proyecto, sean justificadas debidamente al objeto de facilitar su tramitación.
De acuerdo con lo dispuesto en la norma vigésimosexta.2 el anexo a la Instrucción del Subsecretario de Dfénsa 116/2002 de 31 de mayo, el informe solicitado deberá ser evacuado en el plazo de diez días a contar desde la fecha de entrada del presente escrito en el registro del Órgano competente para emitir dicho informe. Igualmente, dicho informe
deberá adelantarse por correo electrónico en la dirección "SEGENTE/produccion normativa/DEFENSA@DEFENSA.
EL SECRETARIO GENERAL TECNICO
Tomas Suarez-Inclan Gonzalez
Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1970/1983, de 22 de junio, sobre consideracion de suboficiales a las clases de tropa de la Guardia Civil.
.............
Por todo lo anteriormente expuesto, se considera que se está produciendo actualment¡e un trato desigual entre los militares profesionales de tropa y marinería ( PMTM) de las FAS y la Escala de Cabos y Cuardias de la Guardia Civil. Además, al no constituir ya la Guardia Civil un Cuerpo más del Ejército de Tierra, no procedería su distinción de las "Clases de Tropa de las Fuerzas Armadas.
En consecuencia el, presente Real Decreto tiene por objeto circunscribir al ámbito exclusivo de la Gurdia Civil el tratamiento y consideración de Suboficial de las Clases de Tropa de la Guardia Civil, a partir de los seis años de servicio ininterumpidos en dicho Cuerpo y de los Cabos desde el día de alcanzar ese empleo si antes no lo hubieran obtenido.
..............
Bueno, ese es el "espíritu del Real Decreto".
Si alguien está interesado en la totalidad del contenido, que me lo pida por privado y se lo mando a una dirección de correo electrónico.
Un saludo a todos.