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ASCENSOS A CABO Y SARGENTO
Publicado: 30 Mar 2009, 16:39
por jeni
¿Como es posible que para opositar a cabo debes de llevar tres años de guardia civil y para Sargento dos años?
Entonces para un cargo de mayor responsabilidad exigimos menos experiencia. ESO LO DICES Y NO TE LO CREEN
Esto no hay quien lo entienda; y la pena es que llevan así varios años y no se ha modificado.
Asociaciones de la Guardia Civil, miremos por el bien de todos los emploes y del buen funcionamiento general del cuerpo. No por el estricto interés y defensa de cada Escala.
Re: ASCENSOS A CABO Y SARGENTO
Publicado: 31 Mar 2009, 01:12
por moar81
Totalmente ilógico, pero si te paras a pensar quienes redactaron la Ley que así lo establece lo entenderás.
Re: ASCENSOS A CABO Y SARGENTO
Publicado: 31 Mar 2009, 07:42
por KRIMOJU
Hay un dicho que lo resume todo "la lógica finaliza donde empieza la Guardia Civil......."
Un saludo y no intentes entender lo incomprensible.
Re: ASCENSOS A CABO Y SARGENTO
Publicado: 31 Mar 2009, 09:51
por manpasju
si no me equivoco el ascenso a sargento esta regulado por ley y el de cabo creo que no y es anterior a la ley
ya no me acuerdo
Re: ASCENSOS A CABO Y SARGENTO
Publicado: 31 Mar 2009, 12:08
por Administrador
No es lo mismo el "ascenso" , que no conlleva cambio de escala; que la "promoción interna", que si conlleva cambio de escala.
La actual Ley de Personal ( art.60) exige para el ASCENSO - a cabo, a teniente, capitan etc - tener cumplido EN EL EMPLEO inferior el tiempo mínimo que se determine reglamentariamente ( en este caso, en cada convocatoria de curso de cabo se exigen tres años)
La convocatoria de los cursos para ASCENSO a cabo, (por ejemplo el último) se basa en la orden de Defensa 115/2009 de 29 de enero, en el RD. 1224 de 27 de octubre de 2006(Reglamento de evaluaciones y ascensos) y RD 579 de 28 de junio de 2002( Reglamento General de Ingreso en los Centros docentes).
La misma Ley de Personal ( art.28) exige para acceder POR PROMOCION INTERNA a la formación para la incorporación a las escalas de OFICIALES y SUBOFICIALES, al menos dos años de tiempo de servicios en la anterior ESCALA ( suboficiales y cabos y guardias respectivamente).
De ahí la diferencia de los años que se exigen para opositar a Cabo y a Sargento ( los primeros se recogen en el RD. de 2006 y los segundos en la Ley de Personal del 1999).
Otro tema es que sea lógico o no lo sea ( pregunta que hace el usuario que da inicio a esta línea de opinión).
Re: ASCENSOS A CABO Y SARGENTO
Publicado: 31 Mar 2009, 22:39
por Polar
Re: ASCENSOS A CABO Y SARGENTO
Publicado: 31 Mar 2009, 22:56
por jeni
Todo eso lo conozco a fondo.
¿Como es posible que no seamos capaces de modificar unas normas tan contradictorias?
¿Tan cuadriculamos somos?
Y decir que es lo que pone la ley y quedarnos tan tranquilos ¿eso es luchar por la eficacia del cuerpo?