POR EL ENTENDIMIENTO ENTRE LAS DOS ESCALAS DE OFICIALES

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documenta2
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Re: POR EL ENTENDIMIENTO ENTRE LAS DOS ESCALAS DE OFICIALES

Mensaje por documenta2 »

[quote user="viejonaufrago" post="51535"]Está tan manido el tema de los facultativos que ya casi no merece la pena opinar. Sin embargo, tras leer algunos comentarios no me resito a lanzar esta reflexión y es que los facultativos, según algunos, son unos MALPARIDOS. :lol: y para ese defecto, ellos no tienen derecho a sanarlo.

A muchos les fastidia que un joven de 25 años pueda ser teniente de la Guardia Civil pero, bueno, al fin y al cabo, ha estado cinco años en la academia y como viene de fuera y nunca estuvo a mis órdenes cuando yo era cabo, que le vamos a hacer.

Pero claro, si el que se hace oficial y se pone a mi altura es uno que era guardia, mi subordinado que en cuatro años se ha puesto a mi "nivel", ¡por Dios! eso no es posible, que yo he tardado 20 años en ser oficial. Que el facultativo es un guardia, con etrellas pero un guardia, por mucho que lo quieran vestir de oficial.

Resulta que la integración viene y, como lo mío lo doy por hecho, ¿por qué además se van a beneficiar estos guardias con estrellas?

Damos por hecho la integración, la palpamos y casi la estamos masticando. Alguno quiere vender ya la piel del oso pero yo no he visto que se haya aprobado ninguna norma al respecto. Todo son documentos y papeles sin más valor que el que el cada uno le quiera dar. Cuando más unidos tenemos que estar para conseguir el logro de todos nos comemos el caramelo envenenado y nos fracturamos entre nosotros, entre las distintas escalas que deben presentar un frente sólido. Además, mientras discutimos porque tú no y yo sí, nos olvidamos de los detalles, sí, los que de verdad son importantes y definen la verdadera integración: antigüedad en el empleo o en las escala, pura antigüedad o sistema proporcional, curso o no curso, en caso de curso qué contenidos... eso sí que nos debe importar.

Mi objetivo PARTICULAR como oficial de la EO es integrarme en las mejores condiciones y que se reconozca mi formación y mi experiencia, intentando que se me coloque en el lugar del escalafón que me corresponde. Soy consciente que al formar parte de un colectivo, la UO, mis intereses PARTICULAES, deben ceder en parte ante el interés del COLECTIVO, y a su vez ocurrirá con mismo con los intereses de la UO al ponerlos en juego con los de los disctintos colectivos que integran la Guardia Civil.

Con todo quiero decir, que si consigo mi objetivo particular no me debería importar, al contrario, me debería alegrar (y yo lo hago) de que otros (cuantos más mejor) también se beneficien de la mofidificación de la Ley de Personal, pues cuanto más personal contento y satisfecho exista dentro de Cuerpo estoy seguro que la relación laboral será más amena, cordial y gratificante al tiempo que daremos un mejor servicio.

Centrémonos en los pequeños detalles,en las coletillas, en aquello que parece que no tiene importancia y que en realidad son los que pueden condicionar que la pretendida unificación sea una farsa que nos deje igual o peor que estábamos.[/quote]

Es la opinión más sensata, coherente y acertada que he leido en este foro.

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pirrilon
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Re: POR EL ENTENDIMIENTO ENTRE LAS DOS ESCALAS DE OFICIALES

Mensaje por pirrilon »

[quote user="viejonaufrago" post="51535"]Está tan manido el tema de los facultativos que ya casi no merece la pena opinar. Sin embargo, tras leer algunos comentarios no me resito a lanzar esta reflexión y es que los facultativos, según algunos, son unos MALPARIDOS. :lol: y para ese defecto, ellos no tienen derecho a sanarlo.

A muchos les fastidia que un joven de 25 años pueda ser teniente de la Guardia Civil pero, bueno, al fin y al cabo, ha estado cinco años en la academia y como viene de fuera y nunca estuvo a mis órdenes cuando yo era cabo, que le vamos a hacer.

Pero claro, si el que se hace oficial y se pone a mi altura es uno que era guardia, mi subordinado que en cuatro años se ha puesto a mi "nivel", ¡por Dios! eso no es posible, que yo he tardado 20 años en ser oficial. Que el facultativo es un guardia, con etrellas pero un guardia, por mucho que lo quieran vestir de oficial.

Resulta que la integración viene y, como lo mío lo doy por hecho, ¿por qué además se van a beneficiar estos guardias con estrellas?

Damos por hecho la integración, la palpamos y casi la estamos masticando. Alguno quiere vender ya la piel del oso pero yo no he visto que se haya aprobado ninguna norma al respecto. Todo son documentos y papeles sin más valor que el que el cada uno le quiera dar. Cuando más unidos tenemos que estar para conseguir el logro de todos nos comemos el caramelo envenenado y nos fracturamos entre nosotros, entre las distintas escalas que deben presentar un frente sólido. Además, mientras discutimos porque tú no y yo sí, nos olvidamos de los detalles, sí, los que de verdad son importantes y definen la verdadera integración: antigüedad en el empleo o en las escala, pura antigüedad o sistema proporcional, curso o no curso, en caso de curso qué contenidos... eso sí que nos debe importar.

Mi objetivo PARTICULAR como oficial de la EO es integrarme en las mejores condiciones y que se reconozca mi formación y mi experiencia, intentando que se me coloque en el lugar del escalafón que me corresponde. Soy consciente que al formar parte de un colectivo, la UO, mis intereses PARTICULAES, deben ceder en parte ante el interés del COLECTIVO, y a su vez ocurrirá con mismo con los intereses de la UO al ponerlos en juego con los de los disctintos colectivos que integran la Guardia Civil.

Con todo quiero decir, que si consigo mi objetivo particular no me debería importar, al contrario, me debería alegrar (y yo lo hago) de que otros (cuantos más mejor) también se beneficien de la mofidificación de la Ley de Personal, pues cuanto más personal contento y satisfecho exista dentro de Cuerpo estoy seguro que la relación laboral será más amena, cordial y gratificante al tiempo que daremos un mejor servicio.

Centrémonos en los pequeños detalles,en las coletillas, en aquello que parece que no tiene importancia y que en realidad son los que pueden condicionar que la pretendida unificación sea una farsa que nos deje igual o peor que estábamos.[/quote]

Da gusto leer este tipo de opiniones...Gracias por haberme regalado una esperanza más de creer que con personas como tú llegaremos a buen puerto...Mi más sincera enhorabuena por tus palabras...Un abrazo COMPAÑERO
"Si desarrollas una ventaja psicológica, el éxito está en tus manos"

Antongas
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Re: POR EL ENTENDIMIENTO ENTRE LAS DOS ESCALAS DE OFICIALES

Mensaje por Antongas »

:mrgreen: mu bien traido la integración mirando por todos y por la institución en dos escalas FACULTATIVAS Y OFICIALES

GARGANTAPROFUNDA
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Re: POR EL ENTENDIMIENTO ENTRE LAS DOS ESCALAS DE OFICIALES

Mensaje por GARGANTAPROFUNDA »

Aquí tenemos la primera propuesta de la Dirección General para la unificación de las Escalas de Oficiales en una sola. Comienza la partida.




Disposición transitoria primera. Constitución de la escala de oficiales.

1. Hasta el 30 de junio del año 2011 se mantendrán las escalas de la Ley 42/1999, de 25 denoviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil y a partir de esa fechapermanecerán para los supuestos previstos en esta disposición. El 1 de julio de ese año seconstituirá la escala de oficiales definida en esta ley con arreglo a lo que se
dispone en lossiguientes apartados.

2. Se incorporarán a la nueva escala los oficiales de la Guardia Civil que se encuentren encualquier situación administrativa, salvo en la de reserva. Quienes estén en situación de permanecerán en sus escalas de origen hasta su pase a retiro. Tampoco se incorporarán los que, según lo previsto en los apartados siguientes, renuncien a la
incorporación a la nueva escala o no superen el curso de complemento de formación al que se refiere esta disposición.

3. Los declarados no aptos para el ascenso, los retenidos en el empleo y los que hayan
renunciado al ascenso, a un curso preceptivo para el ascenso o no lo hayan superado
mantendrán las limitaciones derivadas de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, y
disposiciones que la desarrollan.

4. El ciclo de ascensos 2010-2011 a los empleos de teniente a coronel en cualquiera de las escalas finalizará el 30 de abril del año 2011. Desde el 1 de mayo al 01 de julio no se
producirán ascensos a los mencionados empleos. El ciclo de ascensos 2011-2012 comenzará el día 2 de julio del año 2011.

5. Las incorporaciones a la nueva escala de oficiales se realizará a partir del 1 de julio del año 2011 sobre la base, aunque se produzcan en fechas posteriores, del empleo y antigüedad que cada uno de los que accedan a las nuevas escalas tenga el 1 de mayo del año 2011.

6. Los oficiales generales y coroneles de la escala superior de oficiales se incorporarán a la nueva escala de oficiales el 1 de julio de 2011 según su empleo y antigüedad.

7. Para el resto de los oficiales se aplicarán las siguientes normas:

a) Los procedentes de la escala superior de oficiales se incorporarán en todo caso a la
nueva escala de oficiales.

b) La incorporación de los procedentes de las escalas, de oficiales, facultativa superior y
facultativa técnica, a la nueva escala de oficiales tendrá carácter voluntario. Esta
incorporación se ajustará a los criterios que se determinan en los párrafos siguientes.
Los que no deseen incorporarse deberán renunciar antes del 30 de abril del año 2010,
pero serán tenidos en cuenta al aplicar el criterio de proporcionalidad en el proceso de
ordenación para la incorporación.
Los que no hayan renunciado a la incorporación permanecerán en su escala de
origen y serán convocados para realizar un curso de complemento de formación,
cuyos aspectos relativos a contenido, duración, calendario de realización, normas de
aplazamiento, repetición, renuncia, requisitos para su superación y régimen de
evaluaciones y calificaciones, serán establecidos conjuntamente por los Ministros de
Defensa y del Interior, antes del 31 de marzo del año 2010
Las convocatorias al curso de complemento de formación deberán realizarse a partir
del 01 de junio de 2010. Quienes no superen el curso se incorporarán a las escalas a
extinguir, de oficiales, facultativa superior o facultativa técnica, con los efectos
previstos en el apartado 9 para los que hubieran renunciado a la incorporación.

c) Los tenientes coroneles, los comandantes y los capitanes de la escala superior, de la
de oficiales, así como de la facultativa superior y facultativa técnica, se ordenarán
para incorporarse a la nueva escala de oficiales por empleos de forma proporcional a
los efectivos de cada empleo y de cada procedencia. En esa ordenación se
modificarán las fechas de antigüedad en el empleo de forma que se obtenga un listado
decreciente de antigüedad y sin que a ninguno de los escalafonados se le asigne una
menor de la que tuviera en su escala de procedencia. Las alteraciones de antigüedad
que puedan producirse no tendrán efecto económico alguno.
El 01 de julio del año 2011 se hará efectiva la incorporación de los procedentes de la
escala superior de oficiales e inicialmente de aquellos de las otras escalas que hayan
superado el curso de complemento de formación que para cada una se haya
establecido. Posteriormente los procedentes de dichas escalas se irán incorporando el
01 de julio de cada año una vez cumplido el mencionado requisito. En todo caso, se
materializará en la posición derivada de la ordenación del párrafo anterior.

d) Los tenientes de la escala superior de oficiales se incorporarán a la nueva escala de
oficiales el día 01 de julio del año 2011, según su empleo y antigüedad.

e) Los tenientes de las escalas, de oficiales, facultativa superior y facultativa técnica se
incorporarán a la nueva escala de oficiales una vez obtenido el empleo de capitán,
con la antigüedad que posean en dicho empleo y siempre que se tenga superado el
curso de complemento de formación.
Las vacantes en la plantilla de capitán que se fije reglamentariamente en las escalas
mencionadas en el párrafo anterior, para cada ciclo, se distribuirán entre los tenientes
de la nueva escala de oficiales y de aquellos que estén pendientes de integración, con
arreglo a lo dispuesto en los párrafos siguientes.
Serán evaluados para este ascenso los tenientes que reúnan o puedan reunir, antes de
que se produzca la vacante que pudiera dar origen al ascenso, el tiempo mínimo en el
empleo que, para cada procedencia establezca la normativa que sobre ascensos esté
vigente a la entrada en vigor de esta ley, y se encuentren en la zona del escalafón que
determine el Director general. La zona del escalafón será determinada previa
ordenación de los tenientes, de forma proporcional al número de efectivos de cada
empleo y de cada una de las procedencias, que cumplan la condición mencionada y
aplicando el procedimiento recogido en el punto 8 de esta disposición.
El orden de ascenso para los declarados aptos en la evaluación vendrá determinado
por la ordenación obtenida en la forma descrita en el párrafo anterior.

f) Los alféreces de la escala de oficiales y de la facultativa técnica, a partir del 2 de julio
del año 2011, ascenderán a teniente en su escala de origen por el sistema de
antigüedad al cumplir tres años de tiempos de servicios en el empleo. Se
incorporarán a la nueva escala de oficiales al ascender a capitán en la forma prevista
en el apartado 7 e).


8. Cuando concurra personal de distintas procedencias y sea necesario utilizar criterios de proporcionalidad, se aplicara a cada uno de los miembros de las diferentes procedencias la siguiente formula:

C=(P-0,5)/N en la que:
C= Coeficiente para la ordenación.
P= Número de orden que el interesado ocupa en el colectivo de procedencia de su escala
constituido por los del mismo empleo o los del mismo empleo y antigüedad, según
corresponda.
N= Número de componentes del colectivo anterior.

A continuación, se ordenará a los de las distintas procedencias tomando los coeficientes de menor a mayor, resolviéndose en caso de igualdad a favor del de mayor edad.

9. Los componentes de la escala de oficiales que no se incorporen a la nueva escala, por
renuncia u otras causas, quedarán encuadrados en una escala, que queda declarada a
extinguir a partir del 01 de julio del año 2011, con la denominación de “escala a extinguir de oficiales”. Los excedentes que se produzcan, respecto a la plantilla que se establezca en cada empleo, se amortizarán de acuerdo a lo que reglamentariamente se determine. En esta escala, al empleo de teniente coronel se ascenderá por el sistema de elección, siempre que se tengan cumplidos al menos cuatro años de tiempo de servicios en el empleo de comandante y con ocasión de vacante en la plantilla que para este empleo se determine. Al empleo de comandante se ascenderá por el sistema de clasificación, con ocasión de vacante en la plantilla que para este empleo se determine y siempre que se tengan cumplidos al menos cinco años de tiempo de servicios en el empleo de capitán. Al empleo de capitán se ascenderá por el sistema de antigüedad, con ocasión de vacante en la plantilla que para este empleo se fije y siempre que se tengan cumplidos, al menos, cinco años de tiempo de servicios en el empleo de teniente.
Al empleo de teniente se ascenderá por el sistema de antigüedad, al cumplir tres años de
tiempo de servicios en el empleo de alférez.

El pase a la situación de reserva de este personal se producirá al cumplir la edad prevista en el artículo 90. 1 o en los cupos regulados en el artículo 90.3. Los tenientes coroneles
pasarán a la reserva al cumplir seis años de permanencia en el empleo, si bien los que al
corresponderles pasar a esta situación cuenten con menos de cincuenta y ocho años de edad, lo harán en la fecha en que cumplan dicha edad.

10. Los componentes de la escala facultativa superior que no se incorporen a la nueva escala, por renuncia u otras causas, quedarán encuadrados en una escala, que queda declarada a extinguir a partir del 01 de julio del año 2011, con la denominación de “escala facultativasuperior a extinguir”.

Los excedentes que se produzcan, respecto a la plantilla que se establezca en cada empleo, se amortizarán de acuerdo a lo que reglamentariamente se determine.
En esta escala, al empleo de coronel se ascenderá por el sistema de elección, siempre que se tengan cumplidos al menos cuatro años de tiempos de servicios en el empleo de teniente coronel y con ocasión de vacante en la plantilla que para este empleo se determine. En esta escala, al empleo de teniente coronel se ascenderá por el sistema de clasificación, siempre que se tengan cumplidos al menos cinco años de tiempo de servicios en el empleo de comandante y con ocasión de vacante en la plantilla que para este empleo se determine.
Al empleo de comandante se ascenderá por el sistema de clasificación, con ocasión de
vacante en la plantilla que para este empleo se determine y siempre que se tengan cumplidosal menos cinco años de tiempo de servicios en el empleo de capitán.

Al empleo de capitán se ascenderá por el sistema de antigüedad, con ocasión de vacante en la plantilla que para este empleo se fije y siempre que se tengan cumplidos, al menos, tres años de tiempo de servicios en el empleo de teniente. Al empleo de teniente se ascenderá por el sistema de antigüedad, al cumplir tres años de tiempo de servicios en el empleo de alférez. El pase a la situación de reserva de este personal se producirá al cumplir la edad prevista en el artículo 90. 1 o en los cupos regulados en el artículo 90.3.

11 .Los componentes de la escala facultativa técnica que no se incorporen a la nueva escala, por renuncia u otras causas, quedarán encuadrados en una escala, que queda declarada a extinguir a partir del 01 de julio del año 2011, con la denominación de “escala facultativa técnica a extinguir”.
Los excedentes que se produzcan, respecto a la plantilla que se establezca en cada empleo, se amortizarán de acuerdo a lo que reglamentariamente se determine.
En esta escala, al empleo de teniente coronel se ascenderá por el sistema de elección siempre que se tengan cumplidos al menos cuatro años de tiempo de servicios en el empleo de comandante y con ocasión de vacante en la plantilla que para este empleo se determine. Al empleo de comandante se ascenderá por el sistema de clasificación, con ocasión de vacante en la plantilla que para este empleo se determine y siempre que se tengan cumplidos al menos cinco años de tiempo de servicios en el empleo de capitán.
Al empleo de capitán se ascenderá por el sistema de antigüedad, con ocasión de vacante en la plantilla que para este empleo se fije y siempre que se tengan cumplidos, al menos, cinco años de tiempo de servicios en el empleo de teniente.
Al empleo de teniente se ascenderá por el sistema de antigüedad, al cumplir tres años de
tiempo de servicios en el empleo de alférez. El pase a la situación de reserva de este personal se producirá al cumplir la edad prevista en el artículo 90. 1 o en los cupos regulados en el artículo 90.3.

Disposición transitoria segunda.
Quienes queden encuadrados en las escalas, facultativa superior o facultativa técnica a extinguir, desarrollarán funciones de carácter científico, técnico, docente, de asesoramiento o de dirección facultativa en el ámbito de sus áreas de conocimiento y de la titulación académica exigida para el ingreso en las mismas. Los empleos en estas escalas irán seguidos del término que corresponda según la titulación académica específica de quien la ostenta.

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LINCE_5
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Re: POR EL ENTENDIMIENTO ENTRE LAS DOS ESCALAS DE OFICIALES

Mensaje por LINCE_5 »

Veo la cuestión sin proposito de enmienda. La EO de hoy en dia esta en su mayoria lo sobradamente preparada para llegar a los puestos mas altos de responsabilidad, llamese Estado Mayor y llegar por supuesto a Coronel. Lo de las facultativas se le da mucha vuelta cuando tiene muy facil solucion, CURSOS ANUALES DE FORMACION POLICIAL DURANTE TRES AÑOS EN ARANJUEZ.

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perico_ jimenez
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Re: POR EL ENTENDIMIENTO ENTRE LAS DOS ESCALAS DE OFICIALES

Mensaje por perico_ jimenez »

Vale Lince 5, me apunto tres años a cursos policiales en Aranjuez (con 70% del IRE, por supuesto) porque nuestra principal premisa es formarnos, pues es el ciudadano el que gana. Por esa regla de tres aplícate el cuento (70% del IRE incluido) y pásate tres años en la Universidad que quieras, para sacarte un grado universitario (que ahora se llama así) y que luego puedas aplicar en una vacante con esa exigencia de titulación.

Ya puestos a plantear despropósitos, vamos a plantearlos todos, ¿no?

:twisted: :twisted:

PD.: hay que ver qué miedo da que 180 oficiales sean iguales que los otros 2000 ¿por qué será?
Bueno, no, el miedo es sólo de 1000.
Bueno, no, el fastidio.


Amén

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Re: POR EL ENTENDIMIENTO ENTRE LAS DOS ESCALAS DE OFICIALES

Mensaje por perico_ jimenez »

Por cierto, los oficiales EO jovencitos, ¿por qué sólo van a llegar a Coronel? ¿ves cómo a algunos se os ve el plumero?

Un saludo

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perico_ jimenez
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Re: POR EL ENTENDIMIENTO ENTRE LAS DOS ESCALAS DE OFICIALES

Mensaje por perico_ jimenez »

Y mientras estamos en Aranjuez (de nuevo), los informes técnicos y periciales los firmáis los que defendéis una preparación que puede hacer frente a todo... a ver si los jueces tragan.Porque ahora ya no cuela...¡si se está de curso, se está de curso...¿OK?!

:cool: :cool:

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perico_ jimenez
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Re: POR EL ENTENDIMIENTO ENTRE LAS DOS ESCALAS DE OFICIALES

Mensaje por perico_ jimenez »

Y LO QUE HACE FALTA SON PERSONAS BUENAS como viejonaufrago que piensa en el BIEN COMUN y demuestra que es un compañero con el que iría a cualquier parte.

LEALTAD Y HONOR. Sacrificio de TODOS, no de unos sí y otros no.

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KRIMOJU
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Re: POR EL ENTENDIMIENTO ENTRE LAS DOS ESCALAS DE OFICIALES

Mensaje por KRIMOJU »

Opino lo mismo, Perico_ jimenez, además ya que se nos va a exigir un nivel de inglés elevado, pues que también un curso de inmersión lingüística en un país de habla inglesa para toda la EO, EF Y EFT (70% del IRE incluido) y un complemento por permanecer en el extranjero dependiendo del país a que se envíe a cada oficial, ya que los créditos adquiridos para el idioma inglés que nos impartieron en las diferentes academias es deficitario. Este curso debe tener una duración mínima de un año escolar.

Mientras tanto que los que estén preparados en esta materia tan importante que se encarguen de dirigir los Puestos Principales, Laboratorios, las Compañías, etc. y así nos podremos poner a su nivel (presumiblemente) - ya me gustaría tener a mí los tribunales y la forma de calificarlos que tienen a ellos, y sobre todo las "filtraciones de exámenes" que algunos alardean en sus corrillos previos al examen-.

En cuanto al curso de adaptación no pienso hacerlo, y si al final la UO decide hacerlo (que espero que no sea así)......que quede claro lo de repetir curso y lo del IRE (70%), que con la falta de preparación que tengo para igualarme a la escala "ILUMINADA", lo pienso repetir todas las veces que pueda para mejorar mi preparación (cuestión económica y de interés para mi familia incluida), ahora sí sólo las asignaturas que no he tenido en las diferentes academias que tuve que pasar, hípica, esgrima, esquí, viajes a Chile, Rusia......si puede ser Hawaii mejor.

Un saludo a todos.
"La vida es muy peligrosa, no por las personas que hacen el mal, sino por las que se sientan a ver lo que pasa".
"Nunca discutas con un imbécil, te hará descender a su nivel y allí te ganará por experiencia."

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