Sobre Ayudas Al Transporte De Acción Social
Publicado: 12 Ene 2010, 22:03
Hola a todos:
El verano pasado salió en el BOC una resolución de Acción Social sobre ayudas al transporte en la que figuraba un máximo de 2500 euros anuales. Se entiende viajes por ffcc, etc.
Según comentarios, el acuerdo con Renfe que teníamos (descuento previa presentación de nuestras TIM), se venía realizando similarmente a los descuentos que se hacía al personal militar. Por lo visto nuestros hermanos del CNP, han adquirido este derecho alegando agravio comparativo. El caso es que ahora tenemos un límite que supone un puede perjudicio para los que tenemos que coger frecuentemente este medio de transporte.
Por nuestra peculiaridad de Cuerpo estamos sometidos a traslados por ascenso, movilidad de domicilio al no existir en el mismo lugar de trabajo, necesidad de movilidad ya que un miembros de una familia trabaja en una provincia y otro en la limítrofe, etc.
Estas circunstancias hacen que tengamos que utilizar este "derecho" que ahora se ve ampliamente limitado por hacerlo extensible a otro colectivo que pretende obtener todas nuestras ¿ventajas? (Pabellones, descuentos de viaje por ffcc, etc.), mientras que nosotros no podemos solicitar sus ventajas, ya que somos un Cuerpo peculiar y diferenciado.
En definitiva, si nos hacen descuento presentando la TIM, ¿debemos tener las mismas ventajas que el personal militar al viajar por ffcc? o de lo contrario tener las ventajas limitadas por consideración y extensión de derechos a otros colectivos.
Quisiera abrir este hilo y que alguien versado en el tema exponga la situación actual.
Saludos.
El verano pasado salió en el BOC una resolución de Acción Social sobre ayudas al transporte en la que figuraba un máximo de 2500 euros anuales. Se entiende viajes por ffcc, etc.
Según comentarios, el acuerdo con Renfe que teníamos (descuento previa presentación de nuestras TIM), se venía realizando similarmente a los descuentos que se hacía al personal militar. Por lo visto nuestros hermanos del CNP, han adquirido este derecho alegando agravio comparativo. El caso es que ahora tenemos un límite que supone un puede perjudicio para los que tenemos que coger frecuentemente este medio de transporte.
Por nuestra peculiaridad de Cuerpo estamos sometidos a traslados por ascenso, movilidad de domicilio al no existir en el mismo lugar de trabajo, necesidad de movilidad ya que un miembros de una familia trabaja en una provincia y otro en la limítrofe, etc.
Estas circunstancias hacen que tengamos que utilizar este "derecho" que ahora se ve ampliamente limitado por hacerlo extensible a otro colectivo que pretende obtener todas nuestras ¿ventajas? (Pabellones, descuentos de viaje por ffcc, etc.), mientras que nosotros no podemos solicitar sus ventajas, ya que somos un Cuerpo peculiar y diferenciado.
En definitiva, si nos hacen descuento presentando la TIM, ¿debemos tener las mismas ventajas que el personal militar al viajar por ffcc? o de lo contrario tener las ventajas limitadas por consideración y extensión de derechos a otros colectivos.
Quisiera abrir este hilo y que alguien versado en el tema exponga la situación actual.
Saludos.