Se nos queda cara de ........

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Se nos queda cara de ........

Mensaje por Administrador »

....

14.12.10 - 00:02 -

FRANCISCO CANTALAPIEDRA |

Espero no ser el único al que se le queda cara de .... al enterarse de la sentencia que absuelve al clan de 'los Pelusos', sabiendo que todos los condenados traficaban con mandanga de la más variada especie.

Antes de que los señores magistrados me llamen ignorante, añadiré que estoy convencido de que si han dejado en libertad a estos angelitos habrá sido por una cuestión de procedimiento, y que incluso a alguno de ellos (de los jueces, digo) también se le habrá quedado cara de lelo. Y a la Justicia, esa señora de vestido vaporoso con balanza y ojos tapados, seguro que también. Pero digo yo que alguien la habrá pifiado con ventanas a la calle; que alguien no habrá hecho bien su trabajo, sea policía, instructor, juez, magistrado o cualquier otro eslabón de la cadena que, en teoría, nos protege de los delincuentes.

Nadie debería sentirse orgulloso de que estos pavos pillados in fraganti con un surtido de heroína y cocaína y unas pistolas para lo que haga falta, se hayan ido de rositas por la ausencia de rigor de los que hicieron lo que no debían o autorizaron lo que no estaba en sus manos consentir. Enhorabuena a los premiados, que en esta ocasión son todos del mismo clan. Menos mal que la operación se llamaba 'Plata', que si se llega a llamar 'Caca', además de libres igual les habían dado la medalla al espíritu emprendedor.

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Re: Se nos queda cara de ........

Mensaje por Administrador »

Un «grave error policial» deja en libertad a los 18 miembros del clan de Los Pelusos

El Tribunal Supremo anula las escuchas que facilitaron su condena a 90 años de prisión

14.12.10 - 00:05 -
J. SANZ | VALLADOLID.

LAS FRASES DE LA SENTENCIA

«El oficio policial para las escuchas carecía de una investigación que lo respaldara»
«La omisión de datos objetivos evidencia que se trataba de meras conjeturas»
El primer delincuente al que pincharon el móvil «nada tenía que ver con los hechos investigados»
«La Audiencia Provincial debió ponderar que la supuesta base indiciaria estaba viciada de raíz»
Los sustitutos naturales de los Monchines al frente del lucrativo negocio de las drogas, es decir, el clan de los Pelusos, no son tales. Eso, al menos, es lo que dice ahora el Tribunal Supremo en una sentencia que invalida la condena a penas que suman 90 años impuesta por la Audiencia Provincial a los 18 miembros de la red en el mayor proceso judicial celebrado en la capital en junio de 2009. Y todo por culpa de un «grave error policial» como fue la falta de motivación de los pinchazos telefónicos que dieron origen a la denominada 'operación Plata' a mediados del 2006. Invalidadas las escuchas quedan anuladas todas las pruebas obtenidas después por los agentes, incluida la incautación de 2,8 kilos de 'coca' y heroína a los implicados.
El varapalo judicial viene a confirmar punto por punto los motivos de los recursos de casación interpuestos en su día por los nueve abogados que defienden los intereses de los ahora presuntos miembros del clan. Los letrados alegaron la vulneración del derecho al secreto de las comunicaciones y, por consiguiente, también de los derechos a un proceso con todas las garantías y a la presunción de inocencia sobre la base de la primera orden judicial que permitió a los policías pinchar los teléfonos de dos de los supuestos cabecillas de la trama.
«No solo el oficio policial carecía de una investigación que lo respaldara y de unos datos objetivos mínimamente verificables que la apoyaran sino que los datos aportados no era ciertos. Y, desde luego, si se había practicado alguna investigación -que todo apunta hacia que no es así-, no se especifica en modo alguno en el oficio policial» remitido en su día al Juzgado de Instrucción número 2 para solicitar la intervención inicial del móvil de un delincuente habitual, integrante a su vez de un clan de atracadores, los Manzanos, pero sin condena alguna en su haber por narcotráfico, recoge literalmente la resolución.

«Opacidad total»

Los agentes solicitaron la intervención del móvil de aquel sospechoso y de otros tres teléfonos con los que mantenía relación alegando que «había contactado con un grupo de gitanos del entorno de los Monchines» y que podía estar dedicándose al tráfico de drogas dada su presencia habitual en Pajarillos y el hecho de que «adoptaba medidas de seguridad para no ser visto». Esos, prosigue el fallo del alto tribunal, «son todos los datos que aportan en el oficio» los policías.
Los propios agentes, además, justificaban en su petición de intervención telefónica que resulta «imposible llevar a cabo vigilancias y seguimientos con éxito al encontrarse las calles de Pajarillos ocupadas de día y de noche por miembros de clanes relacionados con el mundo de la delincuencia». El juez tragó y concedió la orden el 14 de marzo de 2006 que inició la operación.
La sentencia del Tribunal Supremo advierte de que aquel permiso nunca debió darse dado que los policías «no describieron ningún seguimiento de los que se dice que realizaron al sospechoso ni explicaron las razones que lo hacían sospechoso y tampoco concretaron movimiento alguno que constatara su vinculación con el tráfico de drogas». Tampoco indicaron, continúan los magistrados, indicio alguno de su relación con los Monchines. «La opacidad en el oficio policial es total», concluye el fallo.
«La omisión de toda esa clase de datos objetivos evidencia que nos hallamos ante el prototipo de investigación prospectiva y que se trataba de meras conjeturas», argumentan los ponentes de la sentencia. Ese vacío de pruebas se concretó quince días después del comienzo de las escuchas, cuando los propios policías comprueban que el teléfono del 'manzano' «nada tenía que ver con los hechos investigados». La posterior sentencia condenatoria emitida por la Audiencia Provincial el 31 de julio de 2009 defendía que dos de los cuatro teléfonos intervenidos si pertenecían a dos miembros del clan de los Pelusos. Tanto es así que sus conversaciones permitieron la detención del líder de la red, José Antonio, 'Peluso', y la incautación de los primeros 199,5 gramos de cocaína en la Ronda Norte el 23 de junio de 2006.

Rapapolvo a los agentes

El alto tribunal advierte ahora a los magistrados de la Sección II de la Audiencia vallisoletana de que «olvida la sala que sobre esas dos personas no se inició investigación alguna ni aportó la policía ningún indicio contra ellas» y añade que «debieron ponderar que la supuesta base indiciaria que llegó hasta esas dos acusadas estaba viciada de raíz». El juez instructor, por tanto, nunca debió autorizar las escuchas y el tribunal que después condenó al clan «tampoco debió avalar una medida que no se ajusta a los parámetros que marca la jurisprudencia del Tribunal Constitucional».
Los magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo justifican, por último, que la condena de los acusados se sustentó sobre «pruebas ilícitas» y añaden que eso «significa que no tienen validez» ni las escuchas ni los registros domiciliarios. El alto tribunal, en consecuencia, admite a trámite los recursos de las defensa y acuerda absolver a los 18 condenados por esta causa.
Los 37 folios del fallo tumban así los 103 que conformaban la sentencia más abultada emitida por la Audiencia Provincial y suponen un rapapolvo tremendo tanto para el tribunal como para el trabajo, de meses, realizado en su día por los agentes del Cuerpo Nacional de Policía.

CRONOLOGÍA DE LA 'OPERACIÓN PLATA'

14 de marzo de 2006. El juez de Instrucción número 2 concede la autorización para las primeras escuchas telefónicas a un presunto 'narco' luego exculpado. La intervención permite a los agentes llegar hasta el líder del clan de Los Pelusos e hijo de La Guaja.
23 de junio de 2006. Detenidos el cabecilla del clan y su supuesto lugarteniente en la Ronda Norte. Llevaban encima 199,5 gramos de cocaína que iban a entregar a un camello de León. Esa misma noche arranca la denominada 'operación Plata' contra la red.
24 de junio de 2006. Comienzan los registros domiciliarios y la detenciones del resto de implicados (19 en total). Los agentes se incautan en total de 1,8 kilos de cocaína y de un kilo de heroína.
6 de febrero de 2009. Primer día del juicio contra 18 acusados -la que falta estaba y continúa huida, aunque ahora, en principio, también debe ser absuelta-.
26 de marzo de 2009. Concluye el proceso tras mes y medio de largas sesiones que incluyeron la audición de las escuchas.
24 de julio de 2009. El cabecilla, Peluso, y su mujer huyen de la ciudad para evitar su arresto preventivo.
31 de julio de 2009. La Audiencia Provincial impone un conjunto de penas que suman 90 años a los 18 imputados en la causa.
17 de febrero de 2010. Detenidos Peluso y su mujer acusados, además, de formar parte de la red del clan de los García Carro.
13 de diciembre de 2010. El Supremo absuelto a los condenados.

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fouche
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Re: Se Nos Queda Cara De ........

Mensaje por fouche »

A falta de una completa lectura de la sentencia que ha dictado el TS y a priori, basándonos sólo en lo que dice la prensa (y siempre hay que tener cuidado con ella), da la impresión de que aquí ha fallado primero la policía (con sus eternas ganas de correr en busca de ....., en lugar de justificar de forma fáctica los pasos que va dando) y, segundo, el juez instructor y los juzgadores.
Parece mentira que a estas alturas y con una asentada y clara jurisprudencia del TS y TC se siga fallando en los oficios donde se solicitan las intervenciones telefónicas (toda quiebra de un derecho fundamental debe estar siempre motivada y basada en elementos FÁCTICOS constatables, no en elucubraciones más o menos lógicas).
Ahora vendrá cuando unos tirarán la mierd... a otros y viceversa, pero el resultado de este público esperpento es que tenemos a una banda de narcos en la calle volviendo a hacer de las suyas.
Como siempre, no se exigirá responsabilidad alguna a los policías y jueces responsables del desaguisado ya que para las instituciones en las que se encuadran no ha pasado nada, ellos han obrado profesional y excelentemente y la culpa es de otros, faltaría más. No se puede exigir responsabilidad a individuos tan abnegados y honrosos.
Tendrían que poner de patitas en la calle a los funcionarios responsables que fallan de forma tan estrepitosa ante unos hechos que deberían conocer con detalle. Los oficios solicitando la intervención sobre derechos fundamentales deben incorporar unos requisitos concretados millones de veces por la jurisprudencia, cosa que deberían saber todos los agentes de la autoridad (muchos siguen sin tener n.p.i.). Y respecto a los jueces y fiscales otro tanto.
Lamentable pero tristemente demasiado habitual.

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depeche
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Re: Se Nos Queda Cara De ........

Mensaje por depeche »

se tendria que instaurar otro estado de alarma, por estos hechos, ya esta bien de la coaccion de los jueces al pueblo, como diria el inclito pepiño el bufon.

saludos.
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TYLER
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Re: Se Nos Queda Cara De ........

Mensaje por TYLER »

LA pregunta es, devolverán las medallas que a buen seguro se colgaron los agentes actuantes?

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