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Re: COMPLEMENTO DISPONIBILIDAD

Publicado: 15 Sep 2012, 22:25
por peligro
Está claro que se trata de los "recortes" del Gobierno.

Solo se le ha dado publicidad al tema de la "extra de navidad", pero seguro que en la misma norma que recorta la extra, en la letra pequeña, está la respuesta a tu pregunta.

No eres el único que se ha visto con esa "sorpresa", si navegas por el foro de EL FARO VERDE veras que hay varios guardias que plantean la misma problemática respecto de recortes en las retribuciones del personal en reserva.

Echale un ojo a este enlace:

http://www.elfaroverde.com/foro/viewtop ... 14&t=15783


Un saludo

Re: COMPLEMENTO DISPONIBILIDAD

Publicado: 16 Sep 2012, 12:39
por ulises5
EL recorte de la paga extra no se aplica lo mismo al personal en Activo que al que está en la situación de Reserva, al primero se le recorta de un tirón, en el mes de diciembre, sin más contemplaciones mientras que al segundo esa misma cantidad - paga extra- se la prorratea en los meses anteriores, es decir cada mes tenga una parte proporcional lo que viene a ser lo mismo.

Saludos

Re: COMPLEMENTO DISPONIBILIDAD

Publicado: 16 Sep 2012, 20:39
por sieteleguas
El complemento de disponibilidad nada tiene que ver con el suedo base ni complemento que afecte a la extra de Navidad. Considero que habrá otro motivo.

Re: COMPLEMENTO DISPONIBILIDAD

Publicado: 21 Sep 2012, 16:03
por Administrador
Imagen

Re: COMPLEMENTO DISPONIBILIDAD

Publicado: 27 Sep 2012, 20:01
por sieteleguas
Si no ha cambiado


Real Decreto 29/2009, de 16 de enero, por el que se modifican determinados complementos retributivos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Importe de los complementos de disponibilidad correspondiente al personal de la Guardia Civil que haya pasado o pase a la situación de reserva sin destino a partir de la entrada en vigor de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre.


Cuantía anual (en euros)


Teniente General

27.288,72

General de División

22.857,48

General de Brigada

20.196,96


Coronel

18.071,52

Teniente Coronel

17.708,64

Comandante

17.606,04

Capitán

14.945,64

Teniente

13.123,92

Alférez

12.061,92

Suboficial Mayor

14.091,00

Subteniente

13.059,12

Brigada

10.701,36

Sargento Primero

9.972,00

Sargento

9.367,44

Cabo Mayor

11.857,08

Cabo Primero

10.950,36

Cabo

10.270,44


Guardia Civil

9.063,00


ANEXO V.
Importe de los complementos de disponibilidad correspondientes al personal del Cuerpo Nacional de Policía que haya pasado o pase a segunda actividad sin destino a partir de la entrada en vigor de la Ley 26/1994, de 24 de septiembre.