Bruselas expedienta a España por no respetar derechos GC

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Bruselas expedienta a España por no respetar derechos GC

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Bruselas expedienta a España por no respetar derechos de la Guardia Civil a periodos mínimos de descanso

23.01.14 | 12:01h. EUROPA PRESS | BRUSELAS

Denuncia que los trabajadores afectados se ven expuestos a un número excesivo de horas de trabajo

La Comisión Europea ha lanzado este jueves un ultimátum contra España por no respetar los derechos de la Guardia Civil a los periodos mínimos de descanso y al límite promedio de 48 horas semanales de trabajo que prevé la legislación española.

En la actual legislación nacional española no gozan de estos derechos determinadas categorías de trabajadores de la Guardia Civil, concretamente quienes ejercen funciones de mando, gestión, enseñanza e investigación, según denuncia Bruselas.

"Como consecuencia de ello, los trabajadores afectados de la Guardia Civil española se ven expuestos a un número excesivo de horas de trabajo sin períodos de descanso suficientes", ha dicho el Ejecutivo comunitario en un comunicado, en el explica que "ha recibido varias denuncias al respecto".

El ultimátum se ha transmitido mediante un dictamen motivado, segunda fase del procedimiento de infracción. Si en el plazo de dos meses las autoridades españolas no corrigen la situación, el Ejecutivo comunitario podría llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).

En virtud de la directiva de la UE sobre tiempo de trabajo, los Estados miembros pueden, cuando se trate de ejecutivos dirigentes u otras personas con poder de decisión autónomo, establecer excepciones al límite de 48 horas de duración media del tiempo de trabajo semanal y a los períodos mínimos de descanso.

Sin embargo, esta excepción solo se aplica a las personas con una autonomía real y efectiva en cuanto a la cantidad y la organización de su tiempo de trabajo, lo que no es el caso de la mayoría de estos trabajadores de la Guardia Civil, si no de todos, según la interpretación de Bruselas.

La directiva también permite a los Estados miembros excluir de las disposiciones relativas a los períodos mínimos de descanso las actividades caracterizadas por la necesidad de continuidad del servicio o que exijan una presencia continua con el fin de garantizar la protección de bienes y personas, pero a condición de que se concedan períodos equivalentes de descanso compensatorio a los trabajadores de que se trate, lo que la legislación nacional española no garantiza.

La Comisión ya ha llevado a España ante el Tribunal de Justicia por no aplicar a los miembros de la Guardia Civil la legislación de la UE en materia de salud y seguridad en el trabajo.

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Re: Bruselas expedienta a España por no respetar derechos GC

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La CE exige a España que respete horas extra y descansos de la Guardia Civil

Economía | 23/01/2014 - 13:03h

Bruselas, 23 ene (EFE).- La Comisión Europea (CE) exigió hoy a España que respete las normas comunitarias que rigen las horas extra de trabajo y los tiempos de descanso, al considerar que no las está aplicando correctamente a los miembros de la Guardia Civil.

El Ejecutivo comunitario envió un dictamen motivado a España con esta reclamación, lo que constituye el segundo paso del procedimiento comunitario de infracción, previo a la denuncia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE).

Bruselas explica que ha recibido numerosas quejas por la cantidad de horas extra que se ven forzados a hacer los miembros de la Guardia Civil, así como por el incumplimiento de los tiempos mínimos de descanso que establece la normativa comunitaria.

La legislación nacional española actual permite que ciertas categorías de guardias civiles no tengan derecho a disfrutar de estos derechos, sobre todo aquellos que desempeñan funciones de mando, gestión, enseñanza e investigación.

El derecho de la UE autoriza a excluir a directivos y otras personas con poder de decisión autónomo siempre que se respete una jornada máxima laboral de 48 horas semanales y unos periodos de descanso mínimo.

La CE aclara, no obstante, que esta excepción solo se explica a personas que verdaderamente tengan una autonomía efectiva y genuina, que no es el caso de la mayoría de los agentes de la Guardia Civil afectados.

La directiva comunitaria también permite a los Estados miembros no aplicar las reglas sobre los períodos mínimos de descanso si existe una necesidad de continuidad del servicio o se requiere una presencia permanente con el fin de proteger la propiedad y las personas.

Sin embargo, esta excepción está condicionada a que los trabajadores afectados reciban períodos compensatorios equivalente de descanso, algo que la ley española no garantiza, según Bruselas.

En consecuencia, la Comisión entiende que los agentes de la Guardia Civil están trabajando demasiadas horas y sin periodos de descanso adecuados.

España dispone ahora de dos meses para notificar a la CE las medidas que adopte para resolver esta situación, ya que de lo contrario Bruselas remitirá el caso al Tribunal de Justicia de la UE.

La Comisión ya envió a España al Tribunal en otra ocasión por no aplicar plenamente a los miembros de la Guardia Civil la directiva de la UE que establece normas básicas de protección de la salud y seguridad de los trabajadores.

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