[quote user="ISIDRO" post="36212"]Hola, sabe alguien si pueden quitarte algún tipo de complemento tras seis meses en la situación de activo sin destino.
Según la 42/99 a los 6 meses habrá de proveerlo de destino, yo he solicitado destino en dos ocasiones y no me lo han dado, he oído que a un Capitán le dieron la razón precisamente porque él había pedido y no se lo habían concedido, alguien sabe algo?. Gracias[/quote]
En el bloque de descargas para ASOCIADOS, el equipo de Estudios Legales - Asistencia Juridica de la Asociacion, ha colgado el modelo de instancia para solicitar el CES.
Si eres socio, allí puedes conseguirlo.
Un saludo a todos
Activo Sin Destino, Pueden Tocarte El Sueldo A Los 6 Meses?
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Re: Activo Sin Destino, Pueden Tocarte El Sueldo A Los 6 Mes
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Re: Activo Sin Destino, Pueden Tocarte El Sueldo A Los 6 Mes
[quote user="ISIDRO" post="36212"]Hola, sabe alguien si pueden quitarte algún tipo de complemento tras seis meses en la situación de activo sin destino.
Según la 42/99 a los 6 meses habrá de proveerlo de destino, yo he solicitado destino en dos ocasiones y no me lo han dado, he oído que a un Capitán le dieron la razón precisamente porque él había pedido y no se lo habían concedido, alguien sabe algo?. Gracias[/quote]
no es a los 6meses si no a los tres mesese
Según la 42/99 a los 6 meses habrá de proveerlo de destino, yo he solicitado destino en dos ocasiones y no me lo han dado, he oído que a un Capitán le dieron la razón precisamente porque él había pedido y no se lo habían concedido, alguien sabe algo?. Gracias[/quote]
no es a los 6meses si no a los tres mesese
Re: Activo Sin Destino, Pueden Tocarte El Sueldo A Los 6 Mes
Bueno.... Yo he estado en tu misma situación. A los tres meses, te quitan el CES específico que cobrabas (Comte. pto., Jefe Dtmto., etc.), porque así lo determina el RD que regula las retribuciones de las FCSE. (te lo conservan tres meses, si has cesado por ascenso, disolución de unidad...). El CES general, lo percibes, porque estás "en activo", aunque pendiente de destino. Es lo llamado "Componente General del Complemento Específico". Tus retribuciones básicas son eso, básicas: el sueldo y los trienios que te correspondan. El Complemento de Destino (CD) no te lo han de tocar, porque es algo que retribuye tu nivel en la administración (el grado personal delque hablaba la 30/84). P. ej., Sgto. 20, Alférez 23... Viene marcado, como el sueldo base, en las leyes de presupuestos de cada año.
En resumen: Que te zumbarán el CES "SINGULAR" y, si eras un chico/a afortunado/a, la productividad (pero esto es de lo más normal....).
Si alguien lo tiene más claro, pues a postear.
En resumen: Que te zumbarán el CES "SINGULAR" y, si eras un chico/a afortunado/a, la productividad (pero esto es de lo más normal....).
Si alguien lo tiene más claro, pues a postear.
Re: Activo Sin Destino, Pueden Tocarte El Sueldo A Los 6 Mes
Respecto del CES:
El personal del Cuerpo de la Guardia Civil en situación de servicio activo pendiente de asignación de destino por ascenso de empleo o categoría, o acceso a una escala, percibirá también, durante los tres primeros meses que permanezca en tal situación, el componente singular del complemento específico de menor cuantía correspondiente a los puestos de su nuevo empleo o categoría, salvo que por desempeñar, en comisión de servicio, los cometidos inherentes a un puesto de trabajo, le corresponda el de dicho puesto, o cuando el componente singular del complemento específico del puesto de trabajo que viniera desempeñando fuese superior al que, conforme lo establecido en este párrafo, le correspondería como consecuencia del ascenso o el acceso a una escala; en tal caso, percibirá aquel componente singular. (artículo 4.B).e) del Real Decreto 950/2005, 29 de julio).
Respecto de la Productividad:
Estructural: cero pelotero.
Por Objetivos:
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 7.4 de la Orden General número 10, de 16 de junio de 2006, modificada por la Orden General número 14, de 26 de diciembre de 2007, sobre Regulación del sistema de gestión del complemento de productividad y de retribución de los sobreesfuerzos por el personal con motivo del servicios, percibirá la modalidad O1 de productividad por objetivos todo el personal que en el periodo de valoración, del 1 de octubre del año anterior y el 30 de septiembre del año correspondiente, no se encuentre en alguno de los siguientes supuestos:
Haber permanecido de baja médica para el servicio durante más de 36 días.
Haber permanecido 2 ó más meses en situación administrativa que suponga la no prestación efectiva de servicios.
Haber estado acogido durante 3 ó más meses a reducción de jornada.
Haber tenido dictaminadas limitaciones para prestar servicios o desempeñar cometidos especificos del puesto de trabajo que ocupa.
Un saludo.
El personal del Cuerpo de la Guardia Civil en situación de servicio activo pendiente de asignación de destino por ascenso de empleo o categoría, o acceso a una escala, percibirá también, durante los tres primeros meses que permanezca en tal situación, el componente singular del complemento específico de menor cuantía correspondiente a los puestos de su nuevo empleo o categoría, salvo que por desempeñar, en comisión de servicio, los cometidos inherentes a un puesto de trabajo, le corresponda el de dicho puesto, o cuando el componente singular del complemento específico del puesto de trabajo que viniera desempeñando fuese superior al que, conforme lo establecido en este párrafo, le correspondería como consecuencia del ascenso o el acceso a una escala; en tal caso, percibirá aquel componente singular. (artículo 4.B).e) del Real Decreto 950/2005, 29 de julio).
Respecto de la Productividad:
Estructural: cero pelotero.
Por Objetivos:
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 7.4 de la Orden General número 10, de 16 de junio de 2006, modificada por la Orden General número 14, de 26 de diciembre de 2007, sobre Regulación del sistema de gestión del complemento de productividad y de retribución de los sobreesfuerzos por el personal con motivo del servicios, percibirá la modalidad O1 de productividad por objetivos todo el personal que en el periodo de valoración, del 1 de octubre del año anterior y el 30 de septiembre del año correspondiente, no se encuentre en alguno de los siguientes supuestos:
Haber permanecido de baja médica para el servicio durante más de 36 días.
Haber permanecido 2 ó más meses en situación administrativa que suponga la no prestación efectiva de servicios.
Haber estado acogido durante 3 ó más meses a reducción de jornada.
Haber tenido dictaminadas limitaciones para prestar servicios o desempeñar cometidos especificos del puesto de trabajo que ocupa.
Un saludo.
Re: Activo Sin Destino, Pueden Tocarte El Sueldo A Los 6 Mes
Pelopo, yo te hablo por experiencia personal (dos ocasiones laaaaaargaaaaameeeennnte sin destino), y mis retribuciones han sido las que expliqué. A mi entender, el CD es intocable, porque retribuye tu categoría en la administración. Y el CES general, es inherente al empleo. También tengo que reconocerte que ese largamente que cito, no superó los seis meses. Sería interesante que algún compañero que haya superado ese tiempo nos diese un poquito más de luz.
Salu2.....
Salu2.....
Re: Activo Sin Destino, Pueden Tocarte El Sueldo A Los 6 Mes
El complemento especifico singular, te lo quitan al tercer mes despues de quedar en activo sin destino.
¿ como se calcula ? pues los tres dias uno de los meses siguientes a la fecha de paso a la situación de activo sin destino.
¿cuando se recupera? pues el día uno del mes que te incorpores a tu destino, siempre que te incorpores dentro del plazo de un mes establecido.
Ejemplo, los ultimos alferez se incorporan en su mayoria el día 9 de diciembre, sí lo hicieran se les daria de alta en el CES y cobrarian diciembre, no se si en esa nomina o en enero como atrasos, pero de información interesada y calentita eso es lo que me han dicho.
¿ como se calcula ? pues los tres dias uno de los meses siguientes a la fecha de paso a la situación de activo sin destino.
¿cuando se recupera? pues el día uno del mes que te incorpores a tu destino, siempre que te incorpores dentro del plazo de un mes establecido.
Ejemplo, los ultimos alferez se incorporan en su mayoria el día 9 de diciembre, sí lo hicieran se les daria de alta en el CES y cobrarian diciembre, no se si en esa nomina o en enero como atrasos, pero de información interesada y calentita eso es lo que me han dicho.
Re: Activo Sin Destino, Pueden Tocarte El Sueldo A Los 6 Mes
Rectificar es de sabios, se cobra los tres meses siguientes y se pierde al cuarto. Osea, que los que pasaron a esa situación en Julio, han visto el premio....en la nomina de noviembre.
Re: Activo Sin Destino, Pueden Tocarte El Sueldo A Los 6 Mes
No se si la cosa habrá cambiado, pero a los que hemos salido el 08 de julio de este año (2009), nos lo han quitado ya en la primera nomina de Agosto. Haciendo gestiones.............
Re: Activo Sin Destino, Pueden Tocarte El Sueldo A Los 6 Mes
Compañero SANTIGLO, la verdad es que me ha sorprendido que siendo oficial desde el 8 de julio actual, aún no hayas cambiado al verde. Es el momento de que todos los oficiales estemos unidos en la UO, única forma de mejorar y de luchar contra las discriminaciones............por ello es necesario que te unas a nosotros. Con el tiempo nos arrepentimos de no haber estado donde debimos estar cuando fuimos necesarios, es como la insatisfacción del deber incumplido....