VACANTES TENIENTES
Moderador: Administrador
Re: VACANTES TENIENTES
¿ Alguien sabe cuando sale el adelanto?
Re: VACANTES TENIENTES
Esperemos que pronto; si no, yo sé de tres que se inmolan.
"Nunca atribuya a malicia lo que puede ser explicado adecuadamente como estupidez declarada"
J.C. Collins
J.C. Collins
Re: VACANTES TENIENTES
Si se confirma lo del ARS, que pasa con el que asciende en fecha y no puede pedir por no haber sido publicado en el BOD,..................
A por ellos, es el momento,..........
A por ellos, es el momento,..........
Re: VACANTES TENIENTES
[quote user="jade" post="48907"]
A por ellos, es el momento,..........[/quote]
Sin comentarios
A por ellos, es el momento,..........[/quote]
Sin comentarios
"Nunca atribuya a malicia lo que puede ser explicado adecuadamente como estupidez declarada"
J.C. Collins
J.C. Collins
Re: VACANTES TENIENTES
Mi hermano, después de llevar varios años de Sargento destinado en el GRS, haber estado de Cabo en el escuadrón de caballería y tener el curso ecuestre de control de masas, al ascender a Alférez, le quisieron hacer la puñeta y le dijeron que no le convalidaban e curso y la permanencia por el de control de masas, y o hacía el curso o cogía carretera y manta............querían colocar a alguien................pero no tuvieron c...jnes............comenzó a mandar recursos y a insinuar al SER SUPREMO que iría a la vía judicial si hacía falta...........y al final, firma de convalidación y sigue en la vacante.
Hacen lo que les da la gana..............mejor dicho..............HACÍAN.
Hacen lo que les da la gana..............mejor dicho..............HACÍAN.
Re: VACANTES TENIENTES
Bueno, pues para intentar aportar algo de luz a mucho indocumentado, ahi va lo siguiente:
Plazo limite solicitudes: 05 de enero 2009
Fecha publicación resolución aptitud ARS: boletin 09 enero 2009
Fecha resolucion concesion aptitud ARS: 03 de enero
Viéndolo así, resulta que los peticionarios si reunían las condiciones objetivas para solicitar los destinos antes de la finalizacion del plazo de admision de solicitudes, independientemente de que la publicacion fuera posterior.
Asi es que señores, los destinos del ARS a envainarselos, no existen indicios de prevaricación administrativa.
Los de Tráfico son otro cantar.
Saludos al post, y uno especial al administrador, para que vea que tambien aporto cosas positivas al foro.
Plazo limite solicitudes: 05 de enero 2009
Fecha publicación resolución aptitud ARS: boletin 09 enero 2009
Fecha resolucion concesion aptitud ARS: 03 de enero
Viéndolo así, resulta que los peticionarios si reunían las condiciones objetivas para solicitar los destinos antes de la finalizacion del plazo de admision de solicitudes, independientemente de que la publicacion fuera posterior.
Asi es que señores, los destinos del ARS a envainarselos, no existen indicios de prevaricación administrativa.
Los de Tráfico son otro cantar.
Saludos al post, y uno especial al administrador, para que vea que tambien aporto cosas positivas al foro.
- depeche
- Coronel
- Mensajes: 6234
- Registrado: 21 Nov 2005, 02:00
- Ubicación: en primera linea luchando contra los tiranos y sus bufones
Re: VACANTES TENIENTES
me cago en la leche............no me sale esa palabra en el wikipediaindocumentado


"Rebelarse es el más sagrado de los derechos y el deber más indispensable." Marquis de La Fayette.
"EL unico simbolo de superioridad que conozco, es la bondad"
"EL unico simbolo de superioridad que conozco, es la bondad"
- Administrador
- Teniente General
- Mensajes: 6755
- Registrado: 26 Jul 2005, 02:00
Re: VACANTES TENIENTES
[quote user="Socrates" post="48958"]Plazo limite solicitudes: 05 de enero 2009
Fecha publicación resolución aptitud ARS: boletin 09 enero 2009
Fecha resolucion concesion aptitud ARS: 03 de enero
Viéndolo así, resulta que los peticionarios si reunían las condiciones objetivas para solicitar los destinos antes de la finalizacion del plazo de admision de solicitudes, independientemente de que la publicacion fuera posterior.
Asi es que señores, los destinos del ARS a envainarselos, no existen indicios de prevaricación administrativa.
Los de Tráfico son otro cantar.
[/quote]
Resolución publicada en el BOGC (10/02/2009) de fecha 6 de febrero de 2009, por la que se declaran desiertas vacantes de de Sargentos primeros o Sargentos en situación de activo.
" De conformidad con lo establecido en el Reglamento de provisión de destinos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, aprobado por Real Decreto 1250/2001, de 19 denoviembre (BOE núm. 290), he dispuesto declarar desiertos los concursos 16, 31, 36, 39, de la Resolución 830079 de 17-11-2009, (BOGC núm. 32), por la que se anuncian vacantes de la especialidad del Servicio de Material Móvil, siendo excluidos los Sargentos don XXXXXXXXXXXXXXXXXXX por no cumplir plazo de mínima permanencia en destino y don XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX,por no haber sido publicada aptitud de la especialidad, antes de la finalización del plazo admisión de solicitudes.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Guardia Civil."
Madrid, 6 de febrero de 2009
El Director General
(P.D. O.INT/985/05 y 2853/06)
El Teniente General, Subdirector General de Personal,
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
SR. DIRECTOR: Exigiremos el mismo trato para las vacantes de Teniente del GRS pendientes de publicación. Muchas gracias por facilitarnos el camino a seguir.
O TODOS MOROS, O TODOS CRISTIANOS.
Fecha publicación resolución aptitud ARS: boletin 09 enero 2009
Fecha resolucion concesion aptitud ARS: 03 de enero
Viéndolo así, resulta que los peticionarios si reunían las condiciones objetivas para solicitar los destinos antes de la finalizacion del plazo de admision de solicitudes, independientemente de que la publicacion fuera posterior.
Asi es que señores, los destinos del ARS a envainarselos, no existen indicios de prevaricación administrativa.
Los de Tráfico son otro cantar.
[/quote]
Resolución publicada en el BOGC (10/02/2009) de fecha 6 de febrero de 2009, por la que se declaran desiertas vacantes de de Sargentos primeros o Sargentos en situación de activo.
" De conformidad con lo establecido en el Reglamento de provisión de destinos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, aprobado por Real Decreto 1250/2001, de 19 denoviembre (BOE núm. 290), he dispuesto declarar desiertos los concursos 16, 31, 36, 39, de la Resolución 830079 de 17-11-2009, (BOGC núm. 32), por la que se anuncian vacantes de la especialidad del Servicio de Material Móvil, siendo excluidos los Sargentos don XXXXXXXXXXXXXXXXXXX por no cumplir plazo de mínima permanencia en destino y don XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX,por no haber sido publicada aptitud de la especialidad, antes de la finalización del plazo admisión de solicitudes.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Guardia Civil."
Madrid, 6 de febrero de 2009
El Director General
(P.D. O.INT/985/05 y 2853/06)
El Teniente General, Subdirector General de Personal,
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
SR. DIRECTOR: Exigiremos el mismo trato para las vacantes de Teniente del GRS pendientes de publicación. Muchas gracias por facilitarnos el camino a seguir.
O TODOS MOROS, O TODOS CRISTIANOS.
administrador@unionoficiales.org
Teléfono de contacto:672036030
Teléfono de contacto:672036030
Re: VACANTES TENIENTES
[quote user="Socrates" post="48958"]Bueno, pues para intentar aportar algo de luz a mucho indocumentado, ahi va lo siguiente:
Plazo limite solicitudes: 05 de enero 2009
Fecha publicación resolución aptitud ARS: boletin 09 enero 2009
Fecha resolucion concesion aptitud ARS: 03 de enero
Viéndolo así, resulta que los peticionarios si reunían las condiciones objetivas para solicitar los destinos antes de la finalizacion del plazo de admision de solicitudes, independientemente de que la publicacion fuera posterior.
Asi es que señores, los destinos del ARS a envainarselos, no existen indicios de prevaricación administrativa.
Los de Tráfico son otro cantar.
Saludos al post, y uno especial al administrador, para que vea que tambien aporto cosas positivas al foro.[/quote]
Sin embargo, teniendo en cuenta la Resolución de convocatoria de las vacantes, publicada en el BOGC núm.35, que por supuesto prevalece sobre tus interesadas interpretaciones, sus peticiones NO reunen esas condiciones objetivas para solicitar las vacantes, pues entre los requisitos fijados en la Resolución de convocatoria, figura textualmente:
B.O.G.C. núm. 35 de 20 de diciembre de 2008 Pág. 8499R
Resolución número 0810071 de 17 de diciembre de 2008, por la que se anuncian vacantes de libre designación
para Tenientes de las Escalas Superior de Oficiales (ESO) y de Oficiales (EO), en situación de activo (nivel 24).
. . . . .
Para los destinos que se exija estar en posesión de titulación, la Resolución por la que se concede la aptitud en la correspondiente especialidad, deberá haber sido publicada en el Boletín Oficial antes de la finalización del plazo de solicitudes.
Condición objetiva, sin necesidad de interpretación, que sin duda alguna no se cumple, luego, obviamente, deberías tomar de tu propia medicina y documentarte tú, antes de aportar luz a tanto indocumentado ¿verdad?
Un saludo.
.
Plazo limite solicitudes: 05 de enero 2009
Fecha publicación resolución aptitud ARS: boletin 09 enero 2009
Fecha resolucion concesion aptitud ARS: 03 de enero
Viéndolo así, resulta que los peticionarios si reunían las condiciones objetivas para solicitar los destinos antes de la finalizacion del plazo de admision de solicitudes, independientemente de que la publicacion fuera posterior.
Asi es que señores, los destinos del ARS a envainarselos, no existen indicios de prevaricación administrativa.
Los de Tráfico son otro cantar.
Saludos al post, y uno especial al administrador, para que vea que tambien aporto cosas positivas al foro.[/quote]
Sin embargo, teniendo en cuenta la Resolución de convocatoria de las vacantes, publicada en el BOGC núm.35, que por supuesto prevalece sobre tus interesadas interpretaciones, sus peticiones NO reunen esas condiciones objetivas para solicitar las vacantes, pues entre los requisitos fijados en la Resolución de convocatoria, figura textualmente:
B.O.G.C. núm. 35 de 20 de diciembre de 2008 Pág. 8499R
Resolución número 0810071 de 17 de diciembre de 2008, por la que se anuncian vacantes de libre designación
para Tenientes de las Escalas Superior de Oficiales (ESO) y de Oficiales (EO), en situación de activo (nivel 24).
. . . . .
Para los destinos que se exija estar en posesión de titulación, la Resolución por la que se concede la aptitud en la correspondiente especialidad, deberá haber sido publicada en el Boletín Oficial antes de la finalización del plazo de solicitudes.
Condición objetiva, sin necesidad de interpretación, que sin duda alguna no se cumple, luego, obviamente, deberías tomar de tu propia medicina y documentarte tú, antes de aportar luz a tanto indocumentado ¿verdad?
Un saludo.
.
Re: VACANTES TENIENTES
Respondiendo a post anteriores, considero que efectivamente hay que estar bien documentado, y sigo pensando que alguno no lo está.
Para los destinos de sargentos hemos de tener en cuenta los siguientes plazos:
Plazo admisión solicitudes : 05 diciembre 2008
Fecha publicación aptitud Material Movil: 31 de diciembre 2008
Fecha resolucion concesion aptitud Material Movil: 22 de diciembre
Pues bien, esta solicitud tampoco estaba publicada dentro del plazo, pero lo maás importante es que tampoco lo estaba la resolucion de la concesión de la aptitud, a diferencia del caso de la ARS.
Asi, la fecha de la resolucion de la concesion de la aptitud para los Tenientes de la ARS lo es para todos los efectos y no es achacable a los interesados que no se publicara la misma, reuniendo pues dentro del plazo de admisión las condiciones objetivas para ocupar el destino.
Bien hace pues la Autoridad que concede los destinos en reconocerles a ambos el ejercicio de sus derechos para ocupar los destinos (cosa distinta es que sean los más idóneos), garantizando el cumplimiento de lo establecido en la legalidad vigente, y en concreto en el articulo 13.1.b y 13.2 del Real Decreto 1250-2001, de provisión de destinos en la Guardia Civil, teniendo éste más fuerza normativa que una Resolución (la de 20 de diciembre de 2008) dictada por el Subdirector General de Personal de la Guardia Civil (¿le suena a alguien aquello de la jerarquía normativa?).
Dicho esto, espero que la Union de Oficiales no cometa el error de dar palos de ciego, denunciando en Juzgados supuestos delitos de prevaricación (para estas concretas vacantes del ARS). Como mucho, recursos administrativos tanto por el resto de peticionarios como por aquél sargento si lo estima oportuno.
Y ahora Oleaje7, te parece bien documentado y argumentado este post? Y a usted, señor administrador?
Para los destinos de sargentos hemos de tener en cuenta los siguientes plazos:
Plazo admisión solicitudes : 05 diciembre 2008
Fecha publicación aptitud Material Movil: 31 de diciembre 2008
Fecha resolucion concesion aptitud Material Movil: 22 de diciembre
Pues bien, esta solicitud tampoco estaba publicada dentro del plazo, pero lo maás importante es que tampoco lo estaba la resolucion de la concesión de la aptitud, a diferencia del caso de la ARS.
Asi, la fecha de la resolucion de la concesion de la aptitud para los Tenientes de la ARS lo es para todos los efectos y no es achacable a los interesados que no se publicara la misma, reuniendo pues dentro del plazo de admisión las condiciones objetivas para ocupar el destino.
Bien hace pues la Autoridad que concede los destinos en reconocerles a ambos el ejercicio de sus derechos para ocupar los destinos (cosa distinta es que sean los más idóneos), garantizando el cumplimiento de lo establecido en la legalidad vigente, y en concreto en el articulo 13.1.b y 13.2 del Real Decreto 1250-2001, de provisión de destinos en la Guardia Civil, teniendo éste más fuerza normativa que una Resolución (la de 20 de diciembre de 2008) dictada por el Subdirector General de Personal de la Guardia Civil (¿le suena a alguien aquello de la jerarquía normativa?).
Dicho esto, espero que la Union de Oficiales no cometa el error de dar palos de ciego, denunciando en Juzgados supuestos delitos de prevaricación (para estas concretas vacantes del ARS). Como mucho, recursos administrativos tanto por el resto de peticionarios como por aquél sargento si lo estima oportuno.
Y ahora Oleaje7, te parece bien documentado y argumentado este post? Y a usted, señor administrador?