Estoy instruyendo expediente por falta leve, el G.C. encartado, además de otras infracciones observadas, dirige su teléfono móvil hacia su Comte. de Puesto cada vez que tiene que hablar con él, grabando la conversación que mantienen.
Consultada jurisprudencia de la Sala V indica que únicamente se puede reprochar esta conducta cuando el G.C. difunda el contenido de lo grabado.
Considero que esta conducta, independientemente del fin que pretenda dar a la grabación efectuada, podría reprobarse al ir contra la lealtad de comportamiento y disciplina que debe imperar en la institución militar.
No obstante, creo que va cogido con pinzas, así que a ver si alguien me puede facilitar información sobre la norma, del rango que sea, que pueda haberse infringido concretamente con este comportamiento.
GRABAR CONVERSACIÓN MANTENIDA CON SUPERIOR
Moderador: Administrador
Re: GRABAR CONVERSACIÓN MANTENIDA CON SUPERIOR
[quote user="fouche" post="51978"][quote user="morfeo" post="51963"]Estoy instruyendo expediente por falta leve, el G.C. encartado, además de otras infracciones observadas, dirige su teléfono móvil hacia su Comte. de Puesto cada vez que tiene que hablar con él, grabando la conversación que mantienen.
Consultada jurisprudencia de la Sala V indica que únicamente se puede reprochar esta conducta cuando el G.C. difunda el contenido de lo grabado.
Considero que esta conducta, independientemente del fin que pretenda dar a la grabación efectuada, podría reprobarse al ir contra la lealtad de comportamiento y disciplina que debe imperar en la institución militar.
No obstante, creo que va cogido con pinzas, así que a ver si alguien me puede facilitar información sobre la norma, del rango que sea, que pueda haberse infringido concretamente con este comportamiento.[/quote]
Con mis respetos cualquier cosa siempre cabe dentro de los conceptos jurídicos indeterminados que tanto gustan utilizar las cráneotecas del Ministerio y, en concreto, de la DIGEGUCI. De ahí, y por ello, creo que pretender subsumir una acción totalmente legal (al menos no prohibida por el C.Penal vigente, al menos el civil) y que, en principio, sólo pretende acreditar la realidad de unos hechos a la autoridad judicial, en el hipotético caso de que se llegara a esa vía, bajo el tipo de
ir contra la lealtad de comportamiento y disciplina que debe imperar en la institución militar es sencillamente ridículo, al tiempo que dice bastante de la personalidad del oficial que actúa de tal forma.
Ya le puede dar gracias de que ese guardia (que puede que merezca una sanción, o no) en lugar de obrar como hay que hacerlo, grabando sin indicar al contrario lo que hace (!!hay que ser corto¡¡), haya jugado esas cartas de forma tan inocente.
Mucho tienen que cambiar determinadas mentes una vez que alcanzan el "estrellato", a tenor por cómo se resuelven en su actividad cotidiana. Afortunadamente para todos, la mayoría han evolucionado hasta nuestros días. Claro que saltar 40 años siempre es dificultoso (y con una Constitución por medio, más aún)[/quote]
En el ámbito civil esas sentencias estarán muy bien, pero en el ámbito militar yo creo que es diferente. Si un subordinado mío graba una conversación entre él y yo, sin mi consentimiento (que yo nunca le voy a dar) sobre cualquier asunto relacionado con el servicio o con nuestra relación profesional, está cometiendo deslealtad, que puede constituir falta disciplinaria o incluso delito militar, dependiendo de para qué utilice la grabación y de las consecuencias que tenga la utilización que haga de ella. Una vez leí una sentencia relacionada con esto, aunque ahora no la encuentro, tendría que buscarla.
Esa deslealtad existe siempre que haya una relación de subordinación militar entre el que graba y el grabado. Si no existe esa relación, no hay deslealtad. Yo mismo grabé una conversación telefónica que tuve con un comandante del ejército mientras hacía una información verbal por una queja que hizo el comandante contra un guardia de mi puesto que lo paró en carretera y tuvo un incidente con él. Gracias a la conversación que grabé pude demostrar que la actuación del guardia fue impecable, y que el malo de la película era el comandante. Y no pasó nada, pero claro, entre el comandante y yo no había ninguna relación de subordinación. En cambio, si le hiciera eso, pongamos por caso, a mi jefe de comandancia, seguramente me meterían un puro, y creo que con razón.
Me parece que hay mucha gente que confunde las churras con las merinas. Que somos militares, no toda la jurisprudencia ordinaria es aplicable en el ámbito militar. Ojo con eso...
Consultada jurisprudencia de la Sala V indica que únicamente se puede reprochar esta conducta cuando el G.C. difunda el contenido de lo grabado.
Considero que esta conducta, independientemente del fin que pretenda dar a la grabación efectuada, podría reprobarse al ir contra la lealtad de comportamiento y disciplina que debe imperar en la institución militar.
No obstante, creo que va cogido con pinzas, así que a ver si alguien me puede facilitar información sobre la norma, del rango que sea, que pueda haberse infringido concretamente con este comportamiento.[/quote]
Con mis respetos cualquier cosa siempre cabe dentro de los conceptos jurídicos indeterminados que tanto gustan utilizar las cráneotecas del Ministerio y, en concreto, de la DIGEGUCI. De ahí, y por ello, creo que pretender subsumir una acción totalmente legal (al menos no prohibida por el C.Penal vigente, al menos el civil) y que, en principio, sólo pretende acreditar la realidad de unos hechos a la autoridad judicial, en el hipotético caso de que se llegara a esa vía, bajo el tipo de
ir contra la lealtad de comportamiento y disciplina que debe imperar en la institución militar es sencillamente ridículo, al tiempo que dice bastante de la personalidad del oficial que actúa de tal forma.
Ya le puede dar gracias de que ese guardia (que puede que merezca una sanción, o no) en lugar de obrar como hay que hacerlo, grabando sin indicar al contrario lo que hace (!!hay que ser corto¡¡), haya jugado esas cartas de forma tan inocente.
Mucho tienen que cambiar determinadas mentes una vez que alcanzan el "estrellato", a tenor por cómo se resuelven en su actividad cotidiana. Afortunadamente para todos, la mayoría han evolucionado hasta nuestros días. Claro que saltar 40 años siempre es dificultoso (y con una Constitución por medio, más aún)[/quote]
En el ámbito civil esas sentencias estarán muy bien, pero en el ámbito militar yo creo que es diferente. Si un subordinado mío graba una conversación entre él y yo, sin mi consentimiento (que yo nunca le voy a dar) sobre cualquier asunto relacionado con el servicio o con nuestra relación profesional, está cometiendo deslealtad, que puede constituir falta disciplinaria o incluso delito militar, dependiendo de para qué utilice la grabación y de las consecuencias que tenga la utilización que haga de ella. Una vez leí una sentencia relacionada con esto, aunque ahora no la encuentro, tendría que buscarla.
Esa deslealtad existe siempre que haya una relación de subordinación militar entre el que graba y el grabado. Si no existe esa relación, no hay deslealtad. Yo mismo grabé una conversación telefónica que tuve con un comandante del ejército mientras hacía una información verbal por una queja que hizo el comandante contra un guardia de mi puesto que lo paró en carretera y tuvo un incidente con él. Gracias a la conversación que grabé pude demostrar que la actuación del guardia fue impecable, y que el malo de la película era el comandante. Y no pasó nada, pero claro, entre el comandante y yo no había ninguna relación de subordinación. En cambio, si le hiciera eso, pongamos por caso, a mi jefe de comandancia, seguramente me meterían un puro, y creo que con razón.
Me parece que hay mucha gente que confunde las churras con las merinas. Que somos militares, no toda la jurisprudencia ordinaria es aplicable en el ámbito militar. Ojo con eso...
Re: GRABAR CONVERSACIÓN MANTENIDA CON SUPERIOR
fouche escribió:Con mis respetos cualquier cosa siempre cabe dentro de los conceptos jurídicos indeterminados que tanto gustan utilizar las cráneotecas del Ministerio y, en concreto, de la DIGEGUCI. De ahí, y por ello, creo que pretender subsumir una acción totalmente legal (al menos no prohibida por el C.Penal vigente, al menos el civil) y que, en principio, sólo pretende acreditar la realidad de unos hechos a la autoridad judicial, en el hipotético caso de que se llegara a esa vía, bajo el tipo de
ir contra la lealtad de comportamiento y disciplina que debe imperar en la institución militar es sencillamente ridículo, al tiempo que dice bastante de la personalidad del oficial que actúa de tal forma.
Ya le puede dar gracias de que ese guardia (que puede que merezca una sanción, o no) en lugar de obrar como hay que hacerlo, grabando sin indicar al contrario lo que hace (!!hay que ser corto¡¡), haya jugado esas cartas de forma tan inocente.
Mucho tienen que cambiar determinadas mentes una vez que alcanzan el "estrellato", a tenor por cómo se resuelven en su actividad cotidiana. Afortunadamente para todos, la mayoría han evolucionado hasta nuestros días. Claro que saltar 40 años siempre es dificultoso (y con una Constitución por medio, más aún)
fouche gracias por tu aportación, por un instante he pensado que me había equivocado y colgado el tema en el foro del Faro Verde.
Si no recuerdo mal, la Sentencia que citas ya la había visto en el curso de Cabo, y posteriormente, junto con otras similares, en el de Sargento y Oficial. Creo que has pasado por alto dos palabras esenciales en mi post: G.C y Comandante de Puesto (es decir, la conversación se mantiene entre un superior jerárquico y un subordinado suyo), y por si esto fuera poco, el subordinado extiende la mano en la que porta el teléfono móvil hacia el superior.
La lealtad y disciplina deben mantenerse sea cual sea el empleo del superior jerárquico. Imagínate la escena de una reunión de Oficiales el la que cuando habla el Jefe de la Comandancia todos los demás Oficiales dirigen su teléfono hacia él (por si acaso)
Te recomiendo la lectura de la Sentencia de la Sala V de 22 de junio de 1998 la cual, entre otras, trata sobre este tema. Supongo que después dejarás de considerar "ridículo el intentar subsumir esta conducta bajo el tipo de ir contra la lealtad de comportamiento y disciplina"
En otro orden de cosas, si con las siete líneas de mi post eres capaz de hacer un juicio acerca de mi personalidad, no se que haces en la Guardia Civil, ¿no serás tú "El Mentalista"?
Por cierto, cuando veas una sentencia que verse sobre el ejercicio del derecho a la libertad sindical o el derecho de huelga, no vayas a pensar que se trata de Guardias Civiles...
En fin, gracias de todas formas por contestar, y espero que tu color siga siendo azul por mucho tiempo.
Re: GRABAR CONVERSACIÓN MANTENIDA CON SUPERIOR
[quote user="Aquiles" post="52045"]Platón, si te molestas un poco en mirar la jurisprudencia de la sala V, del T.S., verás varios conflictos entre guardias civiles con relación directa de subordinación en los que el Juez MILITAR valora claramente los hechos como atípicos; y digo atípicos porque lo que prima es el contenido de la grabación, y si ese contenido no es referido a los aspectos mas íntimos de las persona grabada, no será nula dicha aportación. Ya sabes de sobra que los hechos probados en las sentencias van a vincular directamente tus decisiones disciplinarias, por no hablar de si existió identidad de sujeto, hecho o fundamento; también sabes que EL DELITO MILITAR, sólo para misiones militares y, ¡pare V. de contar!. Referente a la "deslealtad administrativa" no creo que el Guardia, teniente o Capitán que graba hayan cometido nada, y mas, para salvaguardar sus interesases o simplemente porque tiene miedo de su superior o porque quiera demostrar un moobing, o por los motivos cualesquiera que sean. Las grabaciones subrepticias, te gusten o no, van por aquí:
"En la conversación telefónica grabada por el interlocutor del hoy demandante de amparo no hubo, por razón de su contenido, nada que pudiere entenderse como concerniente a su «vida íntima» (art. 7.1 de la Ley Orgánica 1/1982) o a su «intimidad personal» (art. 18.1 de la C. E.) de tal forma que falta el supuesto normativo para poder configurar como grabación ilegítima la obtenida de la conversación que aquí se considera".
Perdona por la vehemencia en el léxico, pero escucho en los tiempos que corren el DELITO MILITAR, y me subo por las paredes, lo siento, me sale salpullido; y por supuesto, amén de lo aportado por "fouche" y salvo mejor parecer de los partícipes en este magnífico foro.
Un saludo amigo y en los tiempos que corren te recomiendo una buena grabadora, la casa OLIMPUS, tienen buenos materiales.
[/quote]
La grabadora la tengo siempre preparada en el cajón de la mesa y con pilas nuevas. Pero sólo la he utilizado una vez, y fue para defender a un compañero, no para mi, ni para atacar a nadie.
Lo de DELITO MILITAR no lo he inventado yo. Y el código penal militar está vigente, y nos es aplicable a nosotros, que yo sepa, para bien o para mal...
En cuanto al caso que se expuso al principio, no sé si me equivoco, pero me da la impresión de que el guardia lo que pretendía era chulearle a su comandante de puesto, poniéndole el teléfono móvil al parecer descaradamente delante de su jeta cada vez que él abría la boca. Si a mi un subordinado mío me hace eso te aseguro de que la cosa no se queda ahí, aunque nos tengamos que ver en los tribunales. Una cosa es una cosa, y otra cosa es otra cosa.
Estoy ocupadísimo y no puedo ni quiero en este momento buscar jurisprudencia. Pero te aseguro que una vez leí una sentencia condenatoria a un guardia civil por grabar una conversación suya con un superior, y la condena era por delito de deslealtad. No sé si luego habrá cambiado el criterio de la Sala V, pero yo esa sentencia la he leído. Lástima que no la guardase.
Que conste que si estoy equivocado me da igual. Que yo recuerde nunca he tenido ninguna conversación con un subordinado de la que él tenga nada que temer, ni nada que reprocharme, con lo cual aunque grabe mis palabras de poco le pueden servir. Pero simplemente me parece hacer gala de demasiada chulería y falta de respeto sacar una grabadora del bolsillo, extender la mano y ponérsela al lado de la boca al superior cuando éste empieza a hablar. ¿Tú tolerarías eso? Yo desde luego que no, y tampoco se me ocurriría hacérselo a ningún compañero, sea subordinado, o superior.
Y no sé por qué te tienen que salir salpullido ni subirte por la paredes cuando escuchas delito militar. A mi hay muchas otras cosas que me dan ganas de vomitar, por ejemplo ....TEXTO SUPRIMIDO POR TRATARSE DE COMENTARIOS AJENOS AL TEMA QUE DESVIRTUAN LA LINEA DE OPINION ...Podría seguir contándote más cosas que me dan salpullido, pero no tengo tiempo.
No te subas por las paredes cuando escuches lo de delito militar , hombre.
Saludos cordiales.
"En la conversación telefónica grabada por el interlocutor del hoy demandante de amparo no hubo, por razón de su contenido, nada que pudiere entenderse como concerniente a su «vida íntima» (art. 7.1 de la Ley Orgánica 1/1982) o a su «intimidad personal» (art. 18.1 de la C. E.) de tal forma que falta el supuesto normativo para poder configurar como grabación ilegítima la obtenida de la conversación que aquí se considera".
Perdona por la vehemencia en el léxico, pero escucho en los tiempos que corren el DELITO MILITAR, y me subo por las paredes, lo siento, me sale salpullido; y por supuesto, amén de lo aportado por "fouche" y salvo mejor parecer de los partícipes en este magnífico foro.
Un saludo amigo y en los tiempos que corren te recomiendo una buena grabadora, la casa OLIMPUS, tienen buenos materiales.

La grabadora la tengo siempre preparada en el cajón de la mesa y con pilas nuevas. Pero sólo la he utilizado una vez, y fue para defender a un compañero, no para mi, ni para atacar a nadie.
Lo de DELITO MILITAR no lo he inventado yo. Y el código penal militar está vigente, y nos es aplicable a nosotros, que yo sepa, para bien o para mal...
En cuanto al caso que se expuso al principio, no sé si me equivoco, pero me da la impresión de que el guardia lo que pretendía era chulearle a su comandante de puesto, poniéndole el teléfono móvil al parecer descaradamente delante de su jeta cada vez que él abría la boca. Si a mi un subordinado mío me hace eso te aseguro de que la cosa no se queda ahí, aunque nos tengamos que ver en los tribunales. Una cosa es una cosa, y otra cosa es otra cosa.
Estoy ocupadísimo y no puedo ni quiero en este momento buscar jurisprudencia. Pero te aseguro que una vez leí una sentencia condenatoria a un guardia civil por grabar una conversación suya con un superior, y la condena era por delito de deslealtad. No sé si luego habrá cambiado el criterio de la Sala V, pero yo esa sentencia la he leído. Lástima que no la guardase.
Que conste que si estoy equivocado me da igual. Que yo recuerde nunca he tenido ninguna conversación con un subordinado de la que él tenga nada que temer, ni nada que reprocharme, con lo cual aunque grabe mis palabras de poco le pueden servir. Pero simplemente me parece hacer gala de demasiada chulería y falta de respeto sacar una grabadora del bolsillo, extender la mano y ponérsela al lado de la boca al superior cuando éste empieza a hablar. ¿Tú tolerarías eso? Yo desde luego que no, y tampoco se me ocurriría hacérselo a ningún compañero, sea subordinado, o superior.
Y no sé por qué te tienen que salir salpullido ni subirte por la paredes cuando escuchas delito militar. A mi hay muchas otras cosas que me dan ganas de vomitar, por ejemplo ....TEXTO SUPRIMIDO POR TRATARSE DE COMENTARIOS AJENOS AL TEMA QUE DESVIRTUAN LA LINEA DE OPINION ...Podría seguir contándote más cosas que me dan salpullido, pero no tengo tiempo.
No te subas por las paredes cuando escuches lo de delito militar , hombre.
Saludos cordiales.
Re: GRABAR CONVERSACIÓN MANTENIDA CON SUPERIOR
platon escribió:Lo de DELITO MILITAR no lo he inventado yo. Y el código penal militar está vigente, y nos es aplicable a nosotros, que yo sepa, para bien o para mal...
Platon, me parece que estás en un grave error en cuanto a la aplicación a los miembros del Cuerpo del Código Penal Militar.
Visto lo visto, creo que si en los actos cotidianos de prestación del servicio detienes o imputas a alguien un delito militar igual tienes más de un problemilla.
PRÁMBULO L.O. 12/2007, DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA GUARDIA CIVIL:
(...) De ahí que la aplicabilidad del Código Penal Militar, en su integridad, al Cuerpo de la Guardia Civil, pase a quedar circunscrita a aquellas situaciones extraordinarias que, por su propia naturaleza, exigen dicha sujeción, como sucede en tiempo de guerra, durante la vigencia del estado de sitio y en el cumplimiento de misiones de carácter militar, o cuando el personal de dicho Cuerpo se integre en Unidades Militares.
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA L.O. 12/2007.-. Modificación del Código Penal Militar.
La Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre, por la que se aprueba el Código Penal Militar, queda modificada en los siguientes términos:
Se añade un nuevo artículo 7 bis, con el siguiente texto:
«Las disposiciones de este Código no serán de aplicación a las acciones u omisiones de los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil en la realización de los actos propios del servicio que presten en el desempeño de las funciones que, para el cumplimiento de su misión de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana, les atribuya en cada momento la normativa reguladora de dicho Instituto.
No obstante, lo dispuesto en el párrafo anterior no será aplicable a los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil en tiempo de guerra, durante la vigencia del estado de sitio, durante el cumplimiento de misiones de carácter militar, o cuando el personal del citado Cuerpo se integre en Unidades Militares.»
Re: GRABAR CONVERSACIÓN MANTENIDA CON SUPERIOR
Visto lo anterior parece claro que no es de aplicación a nosotros el C.P.M. cuando se presta servicios regulados en la Ley O. 2/86 , pero me surge una duda ¿Puede aplicarse el C.P.M. cuando el hecho presuntamente delictivo se comete fuera de servicio?. Ej: si estando con descanso continuado insultamos a un superior.
Re: GRABAR CONVERSACIÓN MANTENIDA CON SUPERIOR
Me parece increible la forma en que algunos compañeros interpretan la modificación introducida en el CPM por nuestro Régimen Disciplinario, tal vez deberían pensarse pasar a ocupar una silla del Tribunas Supremo y no dedicarse a menudencias de la Guardia Civil. Para información de algunos, la Sala 5ª del Supremo aún no se ha pronunciado al respecto, pera hay varias sentencias de Tribunales Territoriales que se decantan por interpretar que el CPM no será de apliación a los Guardia Civiles cuando actuen en el cumplimiento de las competencias que le otorga la ley 2/86; es decir en el caso de que un Guardia estuviera de descanso e insultara a un superior SI podría ser de apliación el CPM.
Que eso nos guste o no es irrelevante, pero lo cierto es que la jurisdicción militar parece que estará más presente de lo que podría parecer en un principio, si bien, como ya he dicho, falta la interpretación que los Magistrados del Supremo den al asunto.
En cuanto al hecho que dio origen a la presente línea de opinión, podemos discrepar si los hechos son subsumibles en el tipo de la falta disciplinaria, pero lo que está claro es que el individuo en cuestión es un "jeta", y creo que al que le toque el marrón debe hacer todo lo posible para que dicha persona "reconduzca" su actitud, aún a riesgo de forzar un poco el tipo disciplinario. Señores somos Guardias Civiles y la interpretación de las Leyes corresponde a los Magistrados en vía de recurso.
Que eso nos guste o no es irrelevante, pero lo cierto es que la jurisdicción militar parece que estará más presente de lo que podría parecer en un principio, si bien, como ya he dicho, falta la interpretación que los Magistrados del Supremo den al asunto.
En cuanto al hecho que dio origen a la presente línea de opinión, podemos discrepar si los hechos son subsumibles en el tipo de la falta disciplinaria, pero lo que está claro es que el individuo en cuestión es un "jeta", y creo que al que le toque el marrón debe hacer todo lo posible para que dicha persona "reconduzca" su actitud, aún a riesgo de forzar un poco el tipo disciplinario. Señores somos Guardias Civiles y la interpretación de las Leyes corresponde a los Magistrados en vía de recurso.
Re: GRABAR CONVERSACIÓN MANTENIDA CON SUPERIOR
Aquiles, me gustaría que pudieses leer el texto que el administrador ha suprimido en mi anterior mensaje.
Como no lo puedes leer, y como si lo escribo de nuevo seguro que me lo vuelve a suprimir, prefiero no hablar más sobre este asunto.
Solamente decirte que no deberías subirte por las paredes al escuchar DELITO MILITAR. Te aseguro que hay muchísimas razones más importantes que deberían hacernos subir por las pareces, dar mordiscos a las esquinas, y que te salgan salpullidos en todo el cuerpo.
DELITO MILITAR? Eso no tiene la menor importancia comparado con las cosas que nos deberían de preocupar de verdad.
En cuanto a lo de la grabación a un superior, te aseguro que a mi no me preocupa que me graben subrepticiamente. Pero si lo hacen de la manera que parece ser que el guardia del caso que se comenta lo hacía con su comandante de puesto, ya me buscaría yo la manera de que al susodicho se le quitasen las tonterías, independientemente del criterio que sobre el asunto tenga la Sala V actualmente.
No contestaste a mi pregunta. ¿tú tolerarías que te hicieran eso?
P.D. ¿Porqué dices que perdone si en algo me has ofendido? ¿Por qué me vas a ofender?
Como no lo puedes leer, y como si lo escribo de nuevo seguro que me lo vuelve a suprimir, prefiero no hablar más sobre este asunto.
Solamente decirte que no deberías subirte por las paredes al escuchar DELITO MILITAR. Te aseguro que hay muchísimas razones más importantes que deberían hacernos subir por las pareces, dar mordiscos a las esquinas, y que te salgan salpullidos en todo el cuerpo.
DELITO MILITAR? Eso no tiene la menor importancia comparado con las cosas que nos deberían de preocupar de verdad.
En cuanto a lo de la grabación a un superior, te aseguro que a mi no me preocupa que me graben subrepticiamente. Pero si lo hacen de la manera que parece ser que el guardia del caso que se comenta lo hacía con su comandante de puesto, ya me buscaría yo la manera de que al susodicho se le quitasen las tonterías, independientemente del criterio que sobre el asunto tenga la Sala V actualmente.
No contestaste a mi pregunta. ¿tú tolerarías que te hicieran eso?
P.D. ¿Porqué dices que perdone si en algo me has ofendido? ¿Por qué me vas a ofender?
Re: GRABAR CONVERSACIÓN MANTENIDA CON SUPERIOR
Bueno, tampoco nos pasemos ahora, y que por .... el Oficial de turno tenga que ser una monjita de la caridad que le den la .... y ponga la otra mejilla. Ahora va a resultar que aquí hay que aceptar tan normal que otro componente del Cuerpo (ya no hablo ni de superiores o de subordinados) en una conversación saque la grabadora y....... aleee, se la plante delante de sus narices y a grabar por si acaso. Es evidente que el que hace eso es por y para algo.
Y resulta que ahora lo que se lleva, o ha de llevar según algunos, es que se acepte con total normalidad actitudes de un subordinado como la del presente caso, pero claro, luego acatar una simple orden eso no, eso no se acata, eso ya es demostración del ordeno y mando, y claro, como eso es totalmente inadmisible, y según cree el afectado, el superior se dirigió a él de malísimas formas, faltándole al respeto y dignidad, etc, etc, etc., pues se va al juzgado y lo denuncia, o se va llorando a la asociación de turno tergiversando totalmente los hechos, la cual, sin comprobación alguna y al ver una presa en el horizonte, arremete sin pensarlo manchando sin piedad el nombre de alguien que sólo cumplía su trabajo....y todo esto, porque el querido subordinado, como estamos en 2009, pues simplemente se dedica a hacer lo q está de moda, que es ser desobediente y no rebajarse a semejante fechoría que pretende el superior.
Una cosa es que una determinada actitud sea o no relevante penalmente y otra aceptar este tipo de situaciones hechas con total descaro y desvergüenza como normal.
Cuanta demagogia se ve por ahí, y cuanto discurso interesado según el momento y posición que se ocupa.
Y resulta que ahora lo que se lleva, o ha de llevar según algunos, es que se acepte con total normalidad actitudes de un subordinado como la del presente caso, pero claro, luego acatar una simple orden eso no, eso no se acata, eso ya es demostración del ordeno y mando, y claro, como eso es totalmente inadmisible, y según cree el afectado, el superior se dirigió a él de malísimas formas, faltándole al respeto y dignidad, etc, etc, etc., pues se va al juzgado y lo denuncia, o se va llorando a la asociación de turno tergiversando totalmente los hechos, la cual, sin comprobación alguna y al ver una presa en el horizonte, arremete sin pensarlo manchando sin piedad el nombre de alguien que sólo cumplía su trabajo....y todo esto, porque el querido subordinado, como estamos en 2009, pues simplemente se dedica a hacer lo q está de moda, que es ser desobediente y no rebajarse a semejante fechoría que pretende el superior.
Una cosa es que una determinada actitud sea o no relevante penalmente y otra aceptar este tipo de situaciones hechas con total descaro y desvergüenza como normal.
Cuanta demagogia se ve por ahí, y cuanto discurso interesado según el momento y posición que se ocupa.
Re: GRABAR CONVERSACIÓN MANTENIDA CON SUPERIOR
[quote user="fouche" post="52164"][quote user="Jayma" post="52140"]Bueno, tampoco nos pasemos ahora, y que por .... el Oficial de turno tenga que ser una monjita de la caridad que le den la .... y ponga la otra mejilla. Ahora va a resultar que aquí hay que aceptar tan normal que otro componente del Cuerpo (ya no hablo ni de superiores o de subordinados) en una conversación saque la grabadora y....... aleee, se la plante delante de sus narices y a grabar por si acaso. Es evidente que el que hace eso es por y para algo.
Y resulta que ahora lo que se lleva, o ha de llevar según algunos, es que se acepte con total normalidad actitudes de un subordinado como la del presente caso, pero claro, luego acatar una simple orden eso no, eso no se acata, eso ya es demostración del ordeno y mando, y claro, como eso es totalmente inadmisible, y según cree el afectado, el superior se dirigió a él de malísimas formas, faltándole al respeto y dignidad, etc, etc, etc., pues se va al juzgado y lo denuncia, o se va llorando a la asociación de turno tergiversando totalmente los hechos, la cual, sin comprobación alguna y al ver una presa en el horizonte, arremete sin pensarlo manchando sin piedad el nombre de alguien que sólo cumplía su trabajo....y todo esto, porque el querido subordinado, como estamos en 2009, pues simplemente se dedica a hacer lo q está de moda, que es ser desobediente y no rebajarse a semejante fechoría que pretende el superior.
Una cosa es que una determinada actitud sea o no relevante penalmente y otra aceptar este tipo de situaciones hechas con total descaro y desvergüenza como normal.
Cuanta demagogia se ve por ahí, y cuanto discurso interesado según el momento y posición que se ocupa.[/quote]
Mucha verdad hay en estas palabras. Pero ante qué situación estamos, podríamos estar o estaremos mañana: ¿comandante sobre teniente?, ¿coronel sobre alférez?, ¿capitán sobre guardia o suboficial?, ¿todos sobre un guardia?, ¿suboficial sobre guardia ? ....
Cuanta demagogia se ve por ahí ..., sí, sobre todo según el momento y posición que se ocupa pues no es lo mismo ser el grabador que el grabado.
Es evidente que el que hace eso es por y para algo, desde luego. Ahora bien, ¿qué oscuros, retorcidos e inconfesables intereses puede tener quien graba "su" conversación? Pues, al margen de intentar menospreciar, insultar, ofender, vilipendiar, etc. al mando correspondiente (el "superior", que no el "superior jerárquico"; la lengua siempre haciendo de las suyas), y teniendo presente que la quiebra del principio de disciplina, jerarquía, obediencia debida, etc. resultan siempre más que obvios, parece que con tal actitud, encima y para mayor ignominia corporativa, el sujeto activo de tal conducta busca el poder acreditar objetivamente unos simples hechos. Al menos eso es lo que las personas normales pretenden conseguir cuando graban determinadas conversaciones (el menos común de los sentidos dicta eso), ya sea éste guardia, sargento, capitán, coronel, general, carpintero, taxista, economista o pescador. Al fin y al cabo lo que se nos dice es:
[quote user="morfeo" post="51963"]... el G.C. encartado ... dirige su teléfono móvil hacia su Comte. de Puesto cada vez que tiene que hablar con él, grabando la conversación que mantienen.
....
[/quote]
cosa de la que no cabe elucubrar mucho.[/quote]
Desde luego que todo depende del punto de vista que se quiera tomar. Ahora bien después de llegar a la conclusión de que todo depende de la situación relativa en el que te encuentras, seas grabador o grabado, es el Guardia el último que siempre es víctima y por eso se defiende grabando a quien sea, ¿o no?
¿Qué pasa cuando es el Guardia el que viene pidiendo que se tomen medidas contra el ciudadano que ha grabado su actuación? Entonces ¿cómo es posible que se intente sancionar administrativamente o, en algunos casos, judicialmente a quien ha grabado a un agente para salvaguardar sus derechos?
Efectivamente depende mucho del punto de vista ¿verdad? Cuando somos los actuantes ya no gusta tanto eso de las grabaciones, pero si soy yo el pobrecito sobre el que se debe actuar entonces: grábese.
Y resulta que ahora lo que se lleva, o ha de llevar según algunos, es que se acepte con total normalidad actitudes de un subordinado como la del presente caso, pero claro, luego acatar una simple orden eso no, eso no se acata, eso ya es demostración del ordeno y mando, y claro, como eso es totalmente inadmisible, y según cree el afectado, el superior se dirigió a él de malísimas formas, faltándole al respeto y dignidad, etc, etc, etc., pues se va al juzgado y lo denuncia, o se va llorando a la asociación de turno tergiversando totalmente los hechos, la cual, sin comprobación alguna y al ver una presa en el horizonte, arremete sin pensarlo manchando sin piedad el nombre de alguien que sólo cumplía su trabajo....y todo esto, porque el querido subordinado, como estamos en 2009, pues simplemente se dedica a hacer lo q está de moda, que es ser desobediente y no rebajarse a semejante fechoría que pretende el superior.
Una cosa es que una determinada actitud sea o no relevante penalmente y otra aceptar este tipo de situaciones hechas con total descaro y desvergüenza como normal.
Cuanta demagogia se ve por ahí, y cuanto discurso interesado según el momento y posición que se ocupa.[/quote]
Mucha verdad hay en estas palabras. Pero ante qué situación estamos, podríamos estar o estaremos mañana: ¿comandante sobre teniente?, ¿coronel sobre alférez?, ¿capitán sobre guardia o suboficial?, ¿todos sobre un guardia?, ¿suboficial sobre guardia ? ....
Cuanta demagogia se ve por ahí ..., sí, sobre todo según el momento y posición que se ocupa pues no es lo mismo ser el grabador que el grabado.
Es evidente que el que hace eso es por y para algo, desde luego. Ahora bien, ¿qué oscuros, retorcidos e inconfesables intereses puede tener quien graba "su" conversación? Pues, al margen de intentar menospreciar, insultar, ofender, vilipendiar, etc. al mando correspondiente (el "superior", que no el "superior jerárquico"; la lengua siempre haciendo de las suyas), y teniendo presente que la quiebra del principio de disciplina, jerarquía, obediencia debida, etc. resultan siempre más que obvios, parece que con tal actitud, encima y para mayor ignominia corporativa, el sujeto activo de tal conducta busca el poder acreditar objetivamente unos simples hechos. Al menos eso es lo que las personas normales pretenden conseguir cuando graban determinadas conversaciones (el menos común de los sentidos dicta eso), ya sea éste guardia, sargento, capitán, coronel, general, carpintero, taxista, economista o pescador. Al fin y al cabo lo que se nos dice es:
[quote user="morfeo" post="51963"]... el G.C. encartado ... dirige su teléfono móvil hacia su Comte. de Puesto cada vez que tiene que hablar con él, grabando la conversación que mantienen.
....
[/quote]
cosa de la que no cabe elucubrar mucho.[/quote]
Desde luego que todo depende del punto de vista que se quiera tomar. Ahora bien después de llegar a la conclusión de que todo depende de la situación relativa en el que te encuentras, seas grabador o grabado, es el Guardia el último que siempre es víctima y por eso se defiende grabando a quien sea, ¿o no?
¿Qué pasa cuando es el Guardia el que viene pidiendo que se tomen medidas contra el ciudadano que ha grabado su actuación? Entonces ¿cómo es posible que se intente sancionar administrativamente o, en algunos casos, judicialmente a quien ha grabado a un agente para salvaguardar sus derechos?
Efectivamente depende mucho del punto de vista ¿verdad? Cuando somos los actuantes ya no gusta tanto eso de las grabaciones, pero si soy yo el pobrecito sobre el que se debe actuar entonces: grábese.