[quote user="alondra" post="70830"]En fín Krimo, mucho escribir para no decir nada...que si deberia ser...que si patatin que si patatan, a mí lo que me interesa es, lo que es, no lo que deberia ser y no es.
Por otro lado, te recuerdo que la CE sitúa a la experiencia fruto de la antigüedad es el último valor a tenerse en cuenta, antes prima los méritos y la capacidad; recuerdas aquello de mérito, capacidad y antigüedad, no ?
Este debate iba de escala facultativa, no?[/quote]
Negativo, Alon, lo que ocurre es que eres poco receptivo a cuestiones que pueden ser tan obvias como otros "sin sentidos" que pregonan los de la Escala intocable.......quieren "brainstorming".....pues ahí lo tienen, y lo peor de todo que van a provocar lo que en la empresa privada se denomina "conflicto laboral" que en nada va a beneficiar a nadie en la Institución, pero si solo algunos se quieren beneficiar del sistema, que apechuguen con la debilidad del mismo.
Si esos valores primaran (igualdad de oportunidades, mérito, capacidad, antigüedad, etc.) y fueran objetivos, otro gallo cantaría en esta Institución, pero lo que hoy en día prima para cubrir vacantes y especialidades determinadas (...más conocido como destinos chupi-guais) es pertenecer a la ESO, después ser un "recomendado" o "familia de", y las que no interesan y hay que currar y partirse la cara para el resto de los mortales.
Este debate era de las E. Facultativas, pero como algunos no saben vivir sin sus "superiores equivalencias" ha terminado en este otro tema.
Un saludo a todos.
Créditos para la integracion escalas
Moderador: Administrador
Re: Créditos Para La Integracion Escalas
Última edición por KRIMOJU el 04 Mar 2010, 19:06, editado 2 veces en total.
"La vida es muy peligrosa, no por las personas que hacen el mal, sino por las que se sientan a ver lo que pasa".
"Nunca discutas con un imbécil, te hará descender a su nivel y allí te ganará por experiencia."
"Nunca discutas con un imbécil, te hará descender a su nivel y allí te ganará por experiencia."
Re: Créditos Para La Integracion Escalas
...la GC solamente depende del Ministerio del Interior en el cumplimiento y desarrollo de las funciones contempladas en la Ley Orgánica 2/86, solamente en esas.. y como cuerpo militar, aún cuando no esté integrado en las FAS, depende del Ministerio de Defensa, para aquellas funciones militares que el Ministro o el gobierno consideren oportuno encomendarle, al margen que en todo lo relativo a personal, ascensos y estructura de mando es puramente militar, por lo que la carrera que se cursa es la militar, como así está recogido en la Ley, me imagino que eso debes saberlo, cualquier otra es colateral... y no preguntes obviedades como aquello de que con la Universidad Nacional de Defensa bastaria, todo el mundo sabe que la GC tiene un dependencia bicéfala, aunque tú no la veas.
La EO, repite formación policial porque tiene déficil de formación policial, como la tiene de formación militar y dado que las funciones que desarrolla el cuerpo en su mayoria son policiales es lógico que se priorice en la primera.
Responde...por qué un EO que quiera cambiar de escala debe realizar dos años más de formación, casi el doble de lo que ya ha realizado de guardia a oficial ?
Esta es la última vez que respondo a este tema, porque o no se entiende o no se quiere entender.
Ésto viene en la Ley 42/99, adivina en qué parte:
..."La singularidad institucional de la Guardia Civil, por su pertenencia a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y por su naturaleza militar, hace imprescindible la promulgación de un estatuto de personal propio que se adapte a la tradición, naturaleza y funciones específicas del Cuerpo."
Se habla de singularidad, especificidad propia, y finalmente de similitud -que no identidad-, y sólo en lo fundamental. Por tanto no cabe hablar de carrera militar, sino de carrera de la Guardia Civil."En definitiva, la presente Ley reúne en un solo texto el régimen de personal del Cuerpo de la Guardia Civil, fiel reflejo de los principios constitucionales que afectan al personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en el que se recoge de forma suficiente su especificidad propia y se mantiene, en lo fundamental, un régimen similar al del personal de las Fuerzas Armadas."
Por otra parte, la enseñanza en la Guardia Civil
Por eso no es necesario la aplicación de modelos fragmentados en forma de requisitos del sistema general de educación, y por eso tampoco se resuelve el acceso como el resto de las Universidades -nota de selectividad pura y dura-. Eso sí, a día de hoy."se configura como un sistema unitario que garantiza la continuidad del proceso educativo"
Y por eso mismo digo yo: ...¿ por qué un EO que quiera cambiar de escala debe realizar dos años más de formación, casi el doble de lo que ya ha realizado de guardia a oficial ? , y encima para no impartir las asignaturas que se dan en la AGM, que sobre el papel son las que le faltan.
Con un ejemplo límite se ve mejor: Imagínate un Ingeniero Técnico Informático que para completar los créditos, en vez de realizar el segundo ciclo de Informática, hace los dos últimos años de Veterinaria y sale de veterinario sin cursar el primer ciclo. Esto es de traca, un dislate. Y esto es lo que ocurre, la carrera de la Guardia Civil no es militar, es un híbrido policial y militar, y es singular. Y ahora se contemporizan dos tipos de Oficiales ESO, los que han cursado sus estudios íntegramente en la Guardia Civil, y los que han accedido a través del modelo de acceso de los Cuerpos Comunes de los Ejércitos, es decir, para la misma titulación no han cursado las mismas materias. Ésto con Bolonia no puede existir y ya he explicado el porqué.
Sobre lo de que a los EO les falta formación policial, ..., mejor no pongo adjetivos a este desacierto. Y para las funciones militares que realizan -anecdóticas-, sobra con lo que se imparte en los propios Centros de Formación y/o Especialización.
Y esto es lo que es y no lo que debería ser.
Salu2 y me despido de este tema porque veo que la sombra del orgullo no deja ver el bosque de razones.
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Re: Créditos Para La Integracion Escalas
Kyohan, brillante deducción, pero el problema que tenemos la EO no es que tengamos razón, que tanto nosotros como la ESO sabe que la tenemos; el problema es que nos la den, que son dos cosas diferentes.
Re: Créditos Para La Integracion Escalas
No se trata de analizar si la enseñanza de unos y otros es buena, mala o regular. hay que partir de cuatro hechos.
1º Todos los oficiales han recibido una enseñanza correcta de acuerdo a lo que marcaba la normativa y de acuerdo a la escala a la que iba a ingresar y tanto la enseñanza de la escala superior como la de la escala de oficiales, mediante Ley se equiparan a enseñanzas superiores equivalentes a licenciado o a diplomado.
2º La enseñanza de la escala superior es equivalente a licenciado y la de la escala de oficiales es equivalente a diplomado.
3º Licenciado es equivalente a grado, diplomado no. Grado es igual a diplomado más 60 créditos ECTS, no créditos de los planes antiguos, sino créditos de los planes nuevos, en donde cada crédito supone 25 horas de trabajo y no 10 horas de clase lectiva.
4º Las asignaturas correspondientes a la enseñanza recibida en la GC y que no sea equivalente a diplomado o licenciado, o sea las de guardia, cabo y sargento no son susceptibles de convalidación de créditos por las universidades ( Yo curso derecho y sólo me convalidaron en su momento y por el plan antiguo, dos asignaturas optativas y los créditos de libre configuración en base a la enseñanza de la escala de oficiales únicamente, ignorando las de sargento).
Con todo lo expuesto si queremos que nuestro "equivalente" a diplomatura se equipare con un equivalente a grado, existen varias alternativas pero siempre partiendo del supuesto que nos faltan 60 créditos ECTS.
Esos 60 créditos ECTS se pueden solventar de tres maneras:
a) cursando un curso con asignaturas que sumen 60 créditos ECTS, que bien pueden ser a distancia. ( es lo que pretenden algunos de la ESO)
b) Que la experiencia laboral de los cuatro o cinco años de Alférez se convalide por esos 60 créditos, lo cual no es nada descabellado porque existen universidades que convalidan hasta 30 créditos ECTS de experiencia laboral, con unos años trabajados en el sector.
c) Que el oficial que haya superado una carrera universitaria o 60 créditos ECTS de cualquier carrera universitaria convalide los 60 créditos y con ello adquiera el "equivalente" a grado.
Es sólo una propuesta, creo razonable.
1º Todos los oficiales han recibido una enseñanza correcta de acuerdo a lo que marcaba la normativa y de acuerdo a la escala a la que iba a ingresar y tanto la enseñanza de la escala superior como la de la escala de oficiales, mediante Ley se equiparan a enseñanzas superiores equivalentes a licenciado o a diplomado.
2º La enseñanza de la escala superior es equivalente a licenciado y la de la escala de oficiales es equivalente a diplomado.
3º Licenciado es equivalente a grado, diplomado no. Grado es igual a diplomado más 60 créditos ECTS, no créditos de los planes antiguos, sino créditos de los planes nuevos, en donde cada crédito supone 25 horas de trabajo y no 10 horas de clase lectiva.
4º Las asignaturas correspondientes a la enseñanza recibida en la GC y que no sea equivalente a diplomado o licenciado, o sea las de guardia, cabo y sargento no son susceptibles de convalidación de créditos por las universidades ( Yo curso derecho y sólo me convalidaron en su momento y por el plan antiguo, dos asignaturas optativas y los créditos de libre configuración en base a la enseñanza de la escala de oficiales únicamente, ignorando las de sargento).
Con todo lo expuesto si queremos que nuestro "equivalente" a diplomatura se equipare con un equivalente a grado, existen varias alternativas pero siempre partiendo del supuesto que nos faltan 60 créditos ECTS.
Esos 60 créditos ECTS se pueden solventar de tres maneras:
a) cursando un curso con asignaturas que sumen 60 créditos ECTS, que bien pueden ser a distancia. ( es lo que pretenden algunos de la ESO)
b) Que la experiencia laboral de los cuatro o cinco años de Alférez se convalide por esos 60 créditos, lo cual no es nada descabellado porque existen universidades que convalidan hasta 30 créditos ECTS de experiencia laboral, con unos años trabajados en el sector.
c) Que el oficial que haya superado una carrera universitaria o 60 créditos ECTS de cualquier carrera universitaria convalide los 60 créditos y con ello adquiera el "equivalente" a grado.
Es sólo una propuesta, creo razonable.
Re: Créditos Para La Integracion Escalas
Sobre convalidación de experiencia laboral pongo algunos extractos y enlaces:
UNED http://portal.uned.es/portal/page?_page ... ema=PORTAL
10.- Puede servirme la experiencia laboral para convalidar algo en la UNED. Actualmente, en algunas Diplomaturas, Licenciaturas e Ingenierías de la UNED que tienen Prácticum o que así lo tienen establecido en su plan de estudios, se reconocen créditos por la experiencia laboral de nuestros alumnos. Este reconocimiento se potencia por la nueva filosofía del EEES, pudiendo establecerse en los nuevos títulos de Grado hasta 60 créditos de prácticas (un cuarto de la titulación). Será el plan de estudios correspondiente de cada Grado y la Comisión de Convalidaciones de cada Facultad o Escuela, dentro de los criterios generales establecidos por el Consejo de Gobierno, la que establezca qué actividades se reconocerán.
Universidad de Jaen http://www.ujaen.es/serv/secgen/normati ... F/D113.pdf
Solicitud de transferencia de créditos
CAPÍTULO V: Reconocimiento de otros estudios o actividades profesionales.
Artículo 8: Reconocimiento de otros estudios o actividades profesionales.
Conforme a los criterios y directrices que fije el Gobierno, y el procedimiento que establezca la Universidad de Jaén, podrán ser reconocidas como equivalentes a estudios universitarios: la experiencia laboral acreditada, las enseñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior, las enseñanzas deportivas de grado superior y cualesquiera otras que establezca como equivalentes el Estado o la Comunidad Autónoma.
-----------------------
hay numerosas universidades que ya convalidan la experiencia laboral pero además indagando por la red he conseguido un documento, el cual adjunto, procedente del ministerio de educación, secretaría de universidades que admite la posibilidad de convalidar la experiencia laboral en el cambio de diplomado a grado sin que exista ningún límite de créditos a convalidar por la universidad que proceda al caso
UNED http://portal.uned.es/portal/page?_page ... ema=PORTAL
10.- Puede servirme la experiencia laboral para convalidar algo en la UNED. Actualmente, en algunas Diplomaturas, Licenciaturas e Ingenierías de la UNED que tienen Prácticum o que así lo tienen establecido en su plan de estudios, se reconocen créditos por la experiencia laboral de nuestros alumnos. Este reconocimiento se potencia por la nueva filosofía del EEES, pudiendo establecerse en los nuevos títulos de Grado hasta 60 créditos de prácticas (un cuarto de la titulación). Será el plan de estudios correspondiente de cada Grado y la Comisión de Convalidaciones de cada Facultad o Escuela, dentro de los criterios generales establecidos por el Consejo de Gobierno, la que establezca qué actividades se reconocerán.
Universidad de Jaen http://www.ujaen.es/serv/secgen/normati ... F/D113.pdf
Solicitud de transferencia de créditos
CAPÍTULO V: Reconocimiento de otros estudios o actividades profesionales.
Artículo 8: Reconocimiento de otros estudios o actividades profesionales.
Conforme a los criterios y directrices que fije el Gobierno, y el procedimiento que establezca la Universidad de Jaén, podrán ser reconocidas como equivalentes a estudios universitarios: la experiencia laboral acreditada, las enseñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior, las enseñanzas deportivas de grado superior y cualesquiera otras que establezca como equivalentes el Estado o la Comunidad Autónoma.
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hay numerosas universidades que ya convalidan la experiencia laboral pero además indagando por la red he conseguido un documento, el cual adjunto, procedente del ministerio de educación, secretaría de universidades que admite la posibilidad de convalidar la experiencia laboral en el cambio de diplomado a grado sin que exista ningún límite de créditos a convalidar por la universidad que proceda al caso
Re: Créditos Para La Integracion Escalas
A ver si consigo subirlo
Re: Créditos Para La Integracion Escalas
Lo siento pero no consigo subir el documento. En otros foros es más fácil pero este es un lío subir archivos.
De todos modos el enlace es este:
http://www.humv.es/dmdocuments/noticias ... _grado.pdf
De todos modos el enlace es este:
http://www.humv.es/dmdocuments/noticias ... _grado.pdf
Re: Créditos Para La Integracion Escalas
Tengo noticias de que en Cádiz a los Diplomados en Enfermería (DUE) les van a equiparar a Grado a todos los que acrediten 3 años de experiencia profesional.
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- Teniente Coronel
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Re: Créditos Para La Integracion Escalas
me da a mi que los de promocion interna a la hora de integrarnos vamos a tener un problema con los creditos.....
.....que es que nos sobran....jajaja...y no precisamente los del banco......
.....que es que nos sobran....jajaja...y no precisamente los del banco......
¡Qué buen vasallo sería si tuviese buen señor!
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- Junta Directiva
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Re: Créditos Para La Integracion Escalas
Unas aclaraciones, pues me da a mi que hay cosas que no quedan claras:
Conforme a la Ley de Personal vigente, y el Real Decreto 1563/1995, la equivalencia del primer empleo de la Escala de Oficiales es al título del Sistema Educativo General de Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico (primer ciclo), y el primer empleo de la Escala Superior a Licenciado, Arquitecto o Ingeniero.
Artículo 9. Efectos del cumplimiento de los planes de estudios.
1. La superación de los planes de estudios objeto de las presentes directrices generales tendrá, para quien la logre, los siguientes efectos:
a) La atribución del primer empleo de la Escala correspondiente.
b) La obtención de una titulación que equivaldrá, según los casos, a los títulos oficiales de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero y de Diplomado, Arquitecto técnico o Ingeniero técnico, previstos para el sistema educativo general.
2. Las titulaciones a que se refiere el apartado 1.b) de este mismo artículo surtirán efectos académicos plenos y facultarán a quien las ostente, de igual modo que facultan los títulos a que equivalen, para acceder, en el caso de la enseñanza de grado superior, al tercer ciclo de los estudios universitarios y, en ambos casos, para participar en los procesos selectivos de ingreso en los correspondientes Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado y demás Administraciones públicas.
La Declaración de Bolonia y articulación del nuevo Espacio Europeo de Educación Superior suprime esta dicotomía, reuniendo las enseñanzas superiores en un único nivel educativo superior, que pasa a denominarse GRADO.
De acuerdo con el R.D. 1397/2007, los títulos universitarios anteriores (licenciados y diplomados), mantendrán TODOS sus efectos Académicos y Profesionales. Así queda recogido en la Disposición Adicional CUARTA. También se establece que en caso de pretender cursar estudios de Grado, unos y otros podrán ver convalidados sus créditos con acuerdo a lo dispuesto en el presente Real Decreto en su art. 13, sin que en ningún caso se establezca en la presente norma que los Licenciados queden directamente asimilados a un Grado de nueva creación.Disposición adicional cuarta. Efecto de los títulos universitarios oficiales correspondientes a la anterior
Ordenación.
1. Los títulos universitarios oficiales obtenidos conforme a planes de estudios anteriores a la entrada en
vigor del presente real decreto mantendrán todos sus efectos académicos y, en su caso, profesionales.
2. Quienes, estando en posesión de un titulo oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, pretendan acceder a enseñanzas conducentes a un titulo de Grado obtendrán el reconocimiento de créditos que proceda con arreglo a lo dispuesto en el articulo 13 del presente real decreto.
(…)
3. Quienes, estando en posesión de un titulo oficial de Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico, pretendan cursar enseñanzas dirigidas a la obtención de un titulo oficial de Grado, obtendrán el reconocimiento de créditos que proceda con arreglo a lo previsto en el articulo 13 del presente real decreto.
En el caso de los oficiales, con el nuevo plan de estudios y la nueva ley de personal, desaparecen las distintas escalas de oficiales, quedando unificadas en una única. En el caso de los alumnos de nuevo acceso a dicha escala única, la superación del correspondiente plan de estudios supondrá la obtención del título de Grado
Un saludo
Conforme a la Ley de Personal vigente, y el Real Decreto 1563/1995, la equivalencia del primer empleo de la Escala de Oficiales es al título del Sistema Educativo General de Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico (primer ciclo), y el primer empleo de la Escala Superior a Licenciado, Arquitecto o Ingeniero.
Artículo 9. Efectos del cumplimiento de los planes de estudios.
1. La superación de los planes de estudios objeto de las presentes directrices generales tendrá, para quien la logre, los siguientes efectos:
a) La atribución del primer empleo de la Escala correspondiente.
b) La obtención de una titulación que equivaldrá, según los casos, a los títulos oficiales de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero y de Diplomado, Arquitecto técnico o Ingeniero técnico, previstos para el sistema educativo general.
2. Las titulaciones a que se refiere el apartado 1.b) de este mismo artículo surtirán efectos académicos plenos y facultarán a quien las ostente, de igual modo que facultan los títulos a que equivalen, para acceder, en el caso de la enseñanza de grado superior, al tercer ciclo de los estudios universitarios y, en ambos casos, para participar en los procesos selectivos de ingreso en los correspondientes Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado y demás Administraciones públicas.
La Declaración de Bolonia y articulación del nuevo Espacio Europeo de Educación Superior suprime esta dicotomía, reuniendo las enseñanzas superiores en un único nivel educativo superior, que pasa a denominarse GRADO.
De acuerdo con el R.D. 1397/2007, los títulos universitarios anteriores (licenciados y diplomados), mantendrán TODOS sus efectos Académicos y Profesionales. Así queda recogido en la Disposición Adicional CUARTA. También se establece que en caso de pretender cursar estudios de Grado, unos y otros podrán ver convalidados sus créditos con acuerdo a lo dispuesto en el presente Real Decreto en su art. 13, sin que en ningún caso se establezca en la presente norma que los Licenciados queden directamente asimilados a un Grado de nueva creación.Disposición adicional cuarta. Efecto de los títulos universitarios oficiales correspondientes a la anterior
Ordenación.
1. Los títulos universitarios oficiales obtenidos conforme a planes de estudios anteriores a la entrada en
vigor del presente real decreto mantendrán todos sus efectos académicos y, en su caso, profesionales.
2. Quienes, estando en posesión de un titulo oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, pretendan acceder a enseñanzas conducentes a un titulo de Grado obtendrán el reconocimiento de créditos que proceda con arreglo a lo dispuesto en el articulo 13 del presente real decreto.
(…)
3. Quienes, estando en posesión de un titulo oficial de Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico, pretendan cursar enseñanzas dirigidas a la obtención de un titulo oficial de Grado, obtendrán el reconocimiento de créditos que proceda con arreglo a lo previsto en el articulo 13 del presente real decreto.
En el caso de los oficiales, con el nuevo plan de estudios y la nueva ley de personal, desaparecen las distintas escalas de oficiales, quedando unificadas en una única. En el caso de los alumnos de nuevo acceso a dicha escala única, la superación del correspondiente plan de estudios supondrá la obtención del título de Grado
Un saludo