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En base a las exigencias del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas (RGPD), así como de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE o LSSI).

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- Asistencia en expediente disciplinario

Bella Villanueva Abogados
Calle Cea Bermúdez 56, 1º derecha.
Semiesquina Guzmán el Bueno
C.P. 28003.- MADRID
Letrada Directora: Dª María Bella García Villanueva
E-Mail: bella@bvillanuevaabogados.com

- Confección de instancias o recursos no judiciales

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- Contencioso administrativo

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Alauda Abogados, Bufete Multidisciplinar
Calle Hermanos Pinzón, 3, Bajo Izquierda
C.P. 28036- MADRID
Página Web: www.alaudaabogados.com
Letrado: D. Jesús Martín Vázquez
E-mail consultas: consultas@unionoficiales.org

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Asociate
NOTICIA
 
27-07-2010 - Dirección - Secretario

CARTA AL GENERAL JEFE DE LA AGRUPACION DE TRAFICO
D. ANTONIO DÍCHAS GÓMEZ
General Jefe de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil
C/ Guzmán el Bueno, 110.


Excmo. Sr.

Me di
CARTA AL GENERAL JEFE DE LA AGRUPACION DE TRAFICO
D. ANTONIO DÍCHAS GÓMEZ
General Jefe de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil
C/ Guzmán el Bueno, 110.


Excmo. Sr.

Me dirijo a Vd. para trasladarle, en nombre de la Unión de Oficiales (UO) nuestra felicitación por su reciente resolución de fecha 11 de junio de 2010, en la que acuerda ESTIMAR EL RECURSO interpuesto por un Oficial que había sido sancionado por “negligencia o inexactitud en el cumplimiento de los deberes u obligaciones y de las órdenes recibidas”

Como sabe, el supuesto hecho causante de la sanción fue la decisión que adoptó el Oficial, en ejercicio de su capacidad de mando y autoorganización, de no dirigir de forma presencial un punto de verificación de alcoholemia. Sin embargo la falta de presencia física, como bien dice su resolución, no supuso la falta de dirección del servicio, pues en todo momento estuvo comunicado e informado de las incidencias que le participaba el Suboficial Jefe del dispositivo. Como consta en el expediente, el Oficial, al conocer uno de los incidentes concretos que se produjeron se ofreció a personarse pero el Suboficial le indicó que no era necesario, que todo se había solucionado.

Pese a lo expuesto, al mencionado Oficial se le impuso sanción de pérdida de haberes por no haber dirigido el servicio de forma presencial, entendiendo sus superiores que había faltado a sus obligaciones.

Queremos resaltar un apartado de su resolución que no es otro que el implícito reconocimiento a las necesidades de conciliación familiar de los oficiales.


Entre los fundamentos que justifican la improcedencia de la sanción, dice, literalmente:

“(…) Otro dato a tener en cuenta, apuntado también por el Sargento 1º en su declaración, además de por el hoy recurrente en todas y cada una de sus actuaciones dentro del procedimiento, es el hecho de haber tenido guardia durante tres días seguidos y, aunque es cierto que un Guardia Civil está las veinticuatro horas dispuesto para el servicio, no es menos cierto que la necesidad de descanso y la racionalidad en el nombramiento de los servicios para favorecerlo, puede atemperar, en el caso que nos ocupa, la circunstancia de no haber estado presente durante todo el servicio de control de alcoholemia masivo del día de los hechos, siempre y cuando, como ocurrió, el Oficial esté en contacto con el Jefe del Control y dispuesto a acudir, si ello fuese necesario
(…)”


Por ello, no por el mero hecho de levantar la sanción sino por el reconocimiento a la necesidad de conciliar la vida familiar y laboral, por el reconocimiento del agotamiento que supone estar tres días consecutivos de guardia las 24 horas, queremos trasmitirle nuestro agradecimiento. Es necesario que los máximos responsables de la Guardia Civil tomen conciencia de que todos los guardias civiles, también los mandos, tienen derecho a una jornada digna, que les permita conciliar trabajo y familia.

Entendemos que su resolución sigue esa línea, todo lo contrario de quienes con cuestionable capacidad de organización no sólo permiten guardias y servicios que, como ha quedado constatado, se prolongan de forma continuada durante varios días, dificultando el descanso y poniendo en peligro la salud. ¿No serían esos a quienes hay que pedir responsabilidades y sancionar?

Si bien la Unión de Oficiales ha podido ser crítica en anteriores ocasiones, este caso concreto, este avance que demuestra la sensibilidad con las condiciones laborales en que se presta el servicio, se merece nuestro más sincero reconocimiento que le reitero en nombre de esta asociación profesional, la Unión de Oficiales.

Quedo a su entera disposición.

Francisco García Ruiz
Presidente de la Unión de Oficiales Guardia Civil Profesional
 
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