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NOTICIA
 
17-03-2011 - Dirección - Union de Oficiales

Informe jurídico limite de velocidad-obligacion a denunciar
RADARES: ANTE LAS CONFUSAS INSTRUCCIONES “CLARITAS” DEL SR. PERE NAVARRO, LA UO DIFUNDE UN INFORME JURÍDICO ENTRE LOS GUARDIAS CIVILES
Informe jurídico limite de velocidad-obligacion a denunciar
RADARES: ANTE LAS CONFUSAS INSTRUCCIONES “CLARITAS” DEL SR. PERE NAVARRO, LA UO DIFUNDE UN INFORME JURÍDICO ENTRE LOS GUARDIAS CIVILES

La semana pasada, la Unión de Oficiales de la Guardia Civil (UO) alertaba sobre la confusión generada en la Guardia Civil de Tráfico ante la reducción de la velocidad permitida en autopistas y autovías y la existencia de órdenes verbales que instaban a mantener, a efectos de sanción, los límites vigentes con anterioridad.

A raíz del comunicado de la UO, el Director General de Tráfico respondió que la Guardia Civil había recibido instrucciones muy claritas al respecto sin precisar exactamente cuáles eran esas instrucciones. Pese a esas instrucciones “claritas” la realidad es que en muchas provincias se seguía operando en los radares con velocidades de hasta 135 km/h para el límite de 110 km/h.

Por ello, ante las dudas surgidas y dado que los Guardias Civiles seguimos careciendo de la clarividencia mostrada por el Sr. Pere Navarro, la Unión de Oficiales (UO) se vio obligada a solicitar el informe jurídico que adjuntamos.

De esta forma la Unión de Oficiales (UO) pretende evitar, ante la ausencia de instrucciones al respecto, que los agentes incurran en una responsabilidad que no les corresponde, pues no sería fruto de un comportamiento negligente sino de la actitud dubitativa de un Gobierno temeroso del rechazo social a una medida cuya aplicación estricta acarrearía un notable incremento de denuncias.

Por ello, la UO ha procedido a dar máxima difusión a dicho informe entre los guardias civiles, al objeto de que puedan contar con cierta seguridad jurídica en el ámbito de su actuación profesional así como dotarles de un criterio único que evite el trato discriminatorio a los conductores en función de la provincia por la que habitualmente circulen.

Incluso esperamos que el informe llegue a manos del Sr. Navarro, pues el Director de Tráfico no es ajeno a esta paradoja normativa, teniendo en cuenta que también incurre en responsabilidad aquel que da instrucciones, aunque fuesen verbales, encaminadas a incumplir la normativa de seguridad vial, como, por ejemplo, establecer que los radares actuasen por encima del límite al que deberían hacerlo.

DESCARGUE AQUI EL INFORME JURIDICO
.

Si realmente la finalidad de la norma es cumplir con el Plan de ahorro energético y reducir el consumo de carburantes, es incomprensible que, en la protección de un interés de carácter general, el Gobierno no ordene los máximos esfuerzos en la vigilancia del estricto cumplimiento del límite de velocidad, evitando así que dicha medida se convierta en papel mojado.

Lamentablemente, estamos acostumbrados a este tipo de contradicciones pues si no hace mucho era el Ministro del Interior quien pedía a los Guardias Civiles que “por favor denunciasen”, ahora el Sr. Navarro, desde la Dirección General de Tráfico parece querer llevarle la contraria dando instrucciones en sentido opuesto.

Es evidente que esta paradójica actitud, cual perro del hortelano, tiene una doble finalidad: Por un lado intentar lograr, en la medida de lo posible, el objetivo del ahorro energético y por otro evitar las numerosas críticas que generaría el incremento de denuncias si el límite de los 110 km/h se aplica de forma estricta, sobre todo teniendo en cuenta que nos acercamos al período electoral.

Esta forma de nadar y guardar la ropa, hace que sean, una vez más, los guardias civiles los que sufran las consecuencias de tan nefasta gestión. Para evitarlo, el Gobierno, a través de la Dirección General de Trafico, debe asumir su responsabilidad y dictar instrucciones específicas por escrito, alejándose así de la indefinición e imprecisión de órdenes verbales que solo generan confusión, máxime cuando estas órdenes pudieran contravenir lo expresamente establecido en las correspondientes normas.

Madrid, 17 de Marzo de 2011
JUNTA DIRECTIVA UNIÓN DE OFICIALES GUARDIA CIVIL PROFESIONAL
 
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